CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. LA PALMA, PARA GASTO CORRIENTE
Convoca CARTAGENA
Para qué es
Regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026, dirigidas a asociaciones, con el fin de potenciar el tejido social y vecinal en el territorio de las Juntas Municipales de Cartagena, dinamizar la vida colectiva, incentivar actividades que fomenten la participación ciudadana y el asociacionismo, y sufragar el mantenimiento de los locales sociales e inversiones en el ámbito de las Juntas Municipales.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Número de asociados de la entidad solicitanteSe toma el número de asociados registrados tras la última renovación o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones; a mayor número, mayor puntuación proporcional15 puntos
- Realización de pequeñas obras y reparaciones para mantenimiento del localDemostrar la necesidad, idoneidad y urgencia de las obras o reparaciones propuestas en el Anexo II30 puntos
- Desarrollo de proyectos y actividades que potencien la participación ciudadana y el asociacionismoProyectos, acciones formativas o jornadas que fomenten la participación ciudadana, el asociacionismo, las relaciones vecinales, la sensibilización, la igualdad, las conductas cívicas, las nuevas tecnologías y la innovación; se valora la colaboración entre asociaciones. No puntúan las actividades normales de funcionamiento de la asociación25 puntos
- Continuidad de actuaciones que fomenten las tradiciones culturales y costumbres popularesNúmero de actuaciones continuadas de ejercicios anteriores que promuevan las tradiciones culturales y costumbres populares15 puntos
- Proyectos que fomenten la educación, el deporte y el cuidado del medio ambienteNúmero de actuaciones que promuevan la educación, el deporte y el medio ambiente10 puntos
- Actividades de interés social para colectivos vulnerables o desfavorecidos de la zonaSe otorga la puntuación completa o nada, según se cumpla o no: desarrollar o participar en actividades de interés social que beneficien a colectivos vulnerables de la zona de actuación5 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas estar inscrita y con la inscripción RENOVADA en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM; la renovación debía hacerse durante el primer trimestre de 2026
- Tu asociación tiene que desarrollar actividades dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente y de la misma índole que las del objeto de la convocatoria
- Si no has justificado ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cartagena en convocatorias anteriores, quedas excluida
- Si pides inversiones (Anexo III) y no adjuntas el presupuesto, tu solicitud será desestimada
- El plazo es muy corto: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM, y la presentación es obligatoriamente por Sede Electrónica
- Debes estar al corriente de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la AEAT y la Seguridad Social (se comprueba de oficio)
- Si no atiendes el requerimiento de subsanación en diez días hábiles improrrogables, se te tendrá por desistida
Requisitos
- Ser asociación legalmente constituida
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Cartagena, la AEAT y la Tesorería General de la Seguridad Social
- Estar inscrita y renovada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto en el BORM, con renovación efectuada en el primer trimestre de 2026
- Desarrollar, dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente, actividades de la misma índole que las del objeto de la convocatoria
- No estar incursa en las causas de prohibición del artículo 49.2 y 3 de las Bases Reguladoras ni en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002
- Haber justificado ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento en convocatorias anteriores
- Mantener los requisitos durante todo el procedimiento y hasta el fin del plazo de justificación
- Indicar en la solicitud una dirección de correo electrónico única (Dirección Electrónica Habilitada) para las notificaciones
Documentación que piden
- Instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana
- Solicitud de la subvención según modelo normalizado
- Anexo I (Actividades), si se solicita esta modalidad
- Anexo II (Mantenimiento de local), con al menos un presupuesto de las pequeñas reparaciones u obras, si se solicita esta modalidad
- Anexo III (Inversiones) con presupuesto adjunto, si se solicita esta modalidad
- Declaración Responsable
- Presupuestos
- Certificación bancaria actualizada a 2026 de la cuenta bancaria