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GanaSubvenciones

CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. CASCO HISTORICO, PARA GASTO CORRIENTE

Convoca CARTAGENA

Para qué es

Financiar a asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas de Cartagena para que realicen actividades que fomenten la participación ciudadana y el asociacionismo, y para sufragar el mantenimiento de sus locales sociales y pequeñas inversiones, dentro del ámbito territorial de las Juntas Municipales, ejercicio 2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Número de asociados de la entidad solicitanteSe toma el número de asociados que consta registrado tras la última renovación o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones; a mayor número, mayor puntuación proporcional.15 puntos
  2. Realización de pequeñas obras y reparaciones para mantenimiento del localQue justifiques la necesidad, idoneidad y urgencia de las obras o reparaciones del local social, con presupuesto (Anexo II).30 puntos
  3. Proyectos y actividades que potencien la participación ciudadana y el asociacionismoProyectos, acciones formativas o jornadas que fomenten la participación, el asociacionismo, las relaciones vecinales, la igualdad, las conductas cívicas, las nuevas tecnologías y la innovación, valorándose la colaboración entre asociaciones; no puntúan las actividades normales de funcionamiento de la asociación.25 puntos
  4. Continuidad de actuaciones que fomenten las tradiciones culturales y costumbres popularesNúmero de actuaciones continuadas de ejercicios anteriores que promuevan las tradiciones culturales y costumbres populares.15 puntos
  5. Proyectos que fomenten la educación, el deporte y el cuidado del medio ambienteNúmero de actuaciones que promuevan la educación, el deporte y el medio ambiente.10 puntos
  6. Actividades de interés social para colectivos vulnerables o desfavorecidos de la zonaSe otorgan los 5 puntos completos o ninguno, según se cumpla o no el criterio: desarrollar o participar en actividades de interés social que beneficien a colectivos vulnerables de la zona de actuación.5 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena y con la inscripción renovada en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM: si no lo estás, no puedes ser beneficiaria.
  • La renovación de la inscripción debía hacerse durante el primer trimestre de 2026, según la Ordenanza de Participación Ciudadana.
  • Tienes que desarrollar tu actividad dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente.
  • Si no has justificado ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cartagena en convocatorias anteriores, quedas excluida.
  • Solo tienes DIEZ DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM para presentar la solicitud, y obligatoriamente por la Sede Electrónica Municipal.
  • Si pides inversiones (Anexo III) y no adjuntas el presupuesto, tu solicitud será desestimada.
  • Si te requieren subsanación y no la atiendes en diez días hábiles improrrogables, se te tiene por desistida.
  • Debes estar al corriente con el Ayuntamiento de Cartagena, la AEAT y la Seguridad Social (se comprueba de oficio).

Requisitos

  • Ser una asociación legalmente constituida e inscrita y renovada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto en el BORM.
  • Tener renovada la inscripción durante el primer trimestre de 2026.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la AEAT y la Seguridad Social (se acredita de oficio, basta la declaración responsable).
  • Desarrollar, dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente, actividades de la misma índole que las del objeto de la convocatoria.
  • No estar incursa en las causas de exclusión del artículo 49.2 y 3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto ni en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002.
  • Haber justificado las ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cartagena en convocatorias anteriores.
  • Mantener los requisitos durante todo el procedimiento de concesión y hasta el fin del plazo de justificación.
  • Indicar en la solicitud una dirección de correo electrónico única (Dirección Electrónica Habilitada) para las notificaciones.

Documentación que piden

  • Instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana
  • Solicitud de la subvención según modelo normalizado
  • Anexo I (Actividades), Anexo II (Mantenimiento de local) y/o Anexo III (Inversiones), según lo que se solicite
  • Declaración Responsable
  • Presupuestos (obligatorio el presupuesto en el Anexo III de inversiones, y al menos un presupuesto de las pequeñas reparaciones u obras en el Anexo II)
  • Certificación bancaria actualizada a 2026 de la cuenta bancaria
  • Anexo IV de aceptación, tras la propuesta de resolución definitiva
  • Anexos V a VIII de justificación (memorias de ejecución y memoria económica) con las facturas, hasta el 31 de enero de 2027

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