CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FOMENTO DE LA PART. CIUDADANA Y EL ASOCIACIONISMO, ASÍ COMO EL MTTO. E INVERSIÓN EN LOS LOCALES SOCIALES, EN LA J.M. CASCO HISTORICO, PARA GASTO CORRIENTE
Convoca CARTAGENA
Para qué es
Financiar a asociaciones de vecinos y entidades ciudadanas de Cartagena para que realicen actividades que fomenten la participación ciudadana y el asociacionismo, y para sufragar el mantenimiento de sus locales sociales y pequeñas inversiones, dentro del ámbito territorial de las Juntas Municipales, ejercicio 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Número de asociados de la entidad solicitanteSe toma el número de asociados que consta registrado tras la última renovación o inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones; a mayor número, mayor puntuación proporcional.15 puntos
- Realización de pequeñas obras y reparaciones para mantenimiento del localQue justifiques la necesidad, idoneidad y urgencia de las obras o reparaciones del local social, con presupuesto (Anexo II).30 puntos
- Proyectos y actividades que potencien la participación ciudadana y el asociacionismoProyectos, acciones formativas o jornadas que fomenten la participación, el asociacionismo, las relaciones vecinales, la igualdad, las conductas cívicas, las nuevas tecnologías y la innovación, valorándose la colaboración entre asociaciones; no puntúan las actividades normales de funcionamiento de la asociación.25 puntos
- Continuidad de actuaciones que fomenten las tradiciones culturales y costumbres popularesNúmero de actuaciones continuadas de ejercicios anteriores que promuevan las tradiciones culturales y costumbres populares.15 puntos
- Proyectos que fomenten la educación, el deporte y el cuidado del medio ambienteNúmero de actuaciones que promuevan la educación, el deporte y el medio ambiente.10 puntos
- Actividades de interés social para colectivos vulnerables o desfavorecidos de la zonaSe otorgan los 5 puntos completos o ninguno, según se cumpla o no el criterio: desarrollar o participar en actividades de interés social que beneficien a colectivos vulnerables de la zona de actuación.5 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena y con la inscripción renovada en la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM: si no lo estás, no puedes ser beneficiaria.
- La renovación de la inscripción debía hacerse durante el primer trimestre de 2026, según la Ordenanza de Participación Ciudadana.
- Tienes que desarrollar tu actividad dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente.
- Si no has justificado ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cartagena en convocatorias anteriores, quedas excluida.
- Solo tienes DIEZ DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BORM para presentar la solicitud, y obligatoriamente por la Sede Electrónica Municipal.
- Si pides inversiones (Anexo III) y no adjuntas el presupuesto, tu solicitud será desestimada.
- Si te requieren subsanación y no la atiendes en diez días hábiles improrrogables, se te tiene por desistida.
- Debes estar al corriente con el Ayuntamiento de Cartagena, la AEAT y la Seguridad Social (se comprueba de oficio).
Requisitos
- Ser una asociación legalmente constituida e inscrita y renovada en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Cartagena en la fecha de publicación del extracto en el BORM.
- Tener renovada la inscripción durante el primer trimestre de 2026.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la AEAT y la Seguridad Social (se acredita de oficio, basta la declaración responsable).
- Desarrollar, dentro del ámbito territorial de la Junta Municipal correspondiente, actividades de la misma índole que las del objeto de la convocatoria.
- No estar incursa en las causas de exclusión del artículo 49.2 y 3 de las Bases de Ejecución del Presupuesto ni en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002.
- Haber justificado las ayudas o subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Cartagena en convocatorias anteriores.
- Mantener los requisitos durante todo el procedimiento de concesión y hasta el fin del plazo de justificación.
- Indicar en la solicitud una dirección de correo electrónico única (Dirección Electrónica Habilitada) para las notificaciones.
Documentación que piden
- Instancia del trámite de la Concejalía de Desconcentración y Participación Ciudadana
- Solicitud de la subvención según modelo normalizado
- Anexo I (Actividades), Anexo II (Mantenimiento de local) y/o Anexo III (Inversiones), según lo que se solicite
- Declaración Responsable
- Presupuestos (obligatorio el presupuesto en el Anexo III de inversiones, y al menos un presupuesto de las pequeñas reparaciones u obras en el Anexo II)
- Certificación bancaria actualizada a 2026 de la cuenta bancaria
- Anexo IV de aceptación, tras la propuesta de resolución definitiva
- Anexos V a VIII de justificación (memorias de ejecución y memoria económica) con las facturas, hasta el 31 de enero de 2027