CONV. PROGRAMAS TELEFORMACIÓN TRANSVERSALES Y SECTORIALES P. OCUPADAS 2026-2028
Convoca LA RIOJA
Para qué es
Financiar, en régimen de concurrencia competitiva, programas de teleformación transversales (Anexo II.A) y sectoriales (Anexo II.B) dirigidos a personas trabajadoras ocupadas en el ámbito de La Rioja, para atender a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, la adaptación a los cambios del sistema productivo y la mejora de la empleabilidad y promoción profesional de las personas trabajadoras.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Capacidad de la entidad (bloque 1)Bloque global que agrupa cuatro subcriterios sobre la solvencia y trayectoria de la entidad: certificaciones de calidad, especialización, grado de ejecución previo y calidad de la formación impartida.50 puntos
- Certificaciones de calidad (ISO 9001/EFQM, e-learning, medioambiente, RSC, seguridad informática)Acreditar certificaciones vigentes emitidas por entidades acreditadas: 15 puntos si tienes la UNE 66.181 de calidad e-learning más otra adicional (ISO 9001 o EFQM, ISO 14001, SA 8000, ISO 27001); 8 puntos si solo tienes la UNE 66.181; 0 puntos si no la tienes. Hay que aportar la documentación acreditativa con la solicitud.15 puntos
- Nivel de especialización de la entidadConcentrar las especialidades solicitadas en pocas familias profesionales: hasta 3 familias, 15 puntos; hasta 4, 8 puntos; hasta 5, 4 puntos; más de 5 familias, 0 puntos.15 puntos
- Grado de ejecución en programaciones anterioresPorcentaje de participantes realmente formados sobre los aprobados en convocatorias anteriores citadas. Se parte de 15 puntos y se descuenta: 5 puntos si la ejecución está entre 90% y 70%, 8 puntos si entre menos del 70% y 50%, y 12 puntos si es inferior al 50%.15 puntos
- Calidad de la formación (satisfacción de participantes)Media del grado de satisfacción general de los cuestionarios de calidad de convocatorias anteriores: más de 3,5 son 5 puntos; entre 2,5 y 3,5 son 2 puntos. Las entidades sin histórico reciben la puntuación media del resto.5 puntos
- Adecuación de la acción (bloque 2)Bloque global que valora la diversificación de la oferta solicitada y su vinculación con las áreas prioritarias.50 puntos
- Diversificación de la oferta formativaPorcentaje de especialidades distintas solicitadas sobre el total de la oferta planificada (Anexo II.A o II.B): menos del 10% da 15 puntos; del 10% a menos del 20%, 20 puntos; del 20% a menos del 30%, 25 puntos; el 30% o más, 30 puntos.30 puntos
- Vinculación de la acción a áreas prioritariasQue el área profesional de la especialidad esté clasificada en el nivel de vinculación prioritario: nivel 1 otorga 20 puntos y nivel 2 otorga 15 puntos, según la tabla de áreas del Anexo IV (transición demográfica, verde, digital y 'future').20 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas estar inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación (REEF), en modalidad de teleformación y para la especialidad concreta que solicites: si no cumples los requisitos de inscripción no puedes ser beneficiaria en ningún caso.
- La inscripción en el REEF tiene que ser anterior a la publicación de la convocatoria; no vale inscribirse después de que salga.
- Solo puedes pedir las especialidades formativas que figuran en la oferta planificada del Anexo II: si solicitas otras, tu solicitud queda excluida por no ser objeto de la convocatoria.
- Tienes que sacar al menos 50 puntos sobre 100 para entrar en la programación final.
- Tu solicitud debe incluir como mínimo acciones formativas para la anualidad 2026; no puedes pedir solo acciones de 2027.
- Tope de 500.000 € de importe subvencionable por entidad y de 250.000 € por cada anualidad (2026 y 2027).
- No puedes subcontratar la actividad formativa con terceros: tienes que ejecutarla directamente (contratar personas físicas como docentes no cuenta como subcontratación).
- Las especialidades solicitadas en teleformación deben estar registradas en el sistema SIGFE-EVAFOR.
- La solicitud es obligatoriamente electrónica y firmada por el representante legal; el plazo es de solo 15 días hábiles desde la publicación en el BOR.
Requisitos
- Ser entidad de formación inscrita en el Registro Estatal de Entidades de Formación (REEF), en la modalidad de teleformación, para la especialidad correspondiente.
- Cumplir los requisitos de inscripción en el REEF: si no los cumples no puedes resultar beneficiaria.
- Tener la inscripción en el Registro con carácter previo a la publicación de la convocatoria.
- Impartir la actividad formativa en la plataforma de teleformación inscrita para esa especialidad.
- Tener las especialidades solicitadas registradas en el sistema SIGFE-EVAFOR.
- Facilitar una dirección de acceso a la plataforma y credenciales con permiso de administrador para el seguimiento virtual.
- Ajustar la solicitud a la oferta de formación planificada del Anexo II.
- Incluir en la solicitud, como mínimo, acciones formativas para la anualidad 2026.
- Comprometerte a iniciar los cursos en el año propuesto, sin posibilidad de prórrogas.
- Ejecutar directamente las acciones formativas, sin subcontratarlas con terceros.
- No estar incursa en las circunstancias del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003 que impiden obtener la condición de beneficiario.
- No tener pendientes deudas por reintegro de subvenciones públicas en periodo ejecutivo.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con carácter previo a la concesión y al cobro del anticipo.
- Presentar la solicitud de forma electrónica y firmada por el representante legal de la entidad.
- Contar con recursos humanos y materiales propios y asumir la total responsabilidad de la ejecución frente a la Administración.
- Disponer de medios telemáticos suficientes y usar la aplicación informática SIGFE-EVAFOR para gestión, seguimiento y justificación.
- Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado para las transacciones de la operación.
- Garantizar la gratuidad total de las acciones formativas para las personas participantes.
- Suscribir seguro de accidentes y póliza de responsabilidad civil para los participantes (en sesiones presenciales o prácticas).
Documentación que piden
- Solicitud de subvención en el modelo del Anexo III, cumplimentada en la aplicación informática y firmada electrónicamente por el representante legal
- Acreditación de la representación legal del firmante (por cualquier medio válido en derecho)
- Relación de acciones formativas solicitadas por anualidad (2026 y 2027) con la subvención solicitada de cada una
- Declaración responsable de conocimiento y aceptación de las condiciones, veracidad de datos y no incurrir en las prohibiciones del art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003
- Declaración responsable de otras ayudas solicitadas u obtenidas para el mismo proyecto
- Certificados de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, la AEAT y la Dirección General de Tributos, si te opones o no autorizas la consulta por la Administración
- Declaración responsable de copia fiel del original, si presentas copias de documentos