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GanaSubvenciones

convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales_Ámbito D

Convoca PRINCIPADO DE ASTURIAS

Para qué es

Financiar programas de interés general para fines sociales en el Principado de Asturias a ejecutar en 2027, en cinco ámbitos de actuación: A-Longevidad activa, inclusiva y significativa; B-Garantía de derechos de la infancia y la familia; C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia; D-Inserción social e inclusión activa de población de especial vulnerabilidad; y E-Participación solidaria de la ciudadanía. Se financia con el 0,7% del IRPF y del Impuesto de Sociedades, en régimen de concurrencia competitiva, con un crédito de 9.690.000,00 € (ampliable hasta en 4.000.000,00 €).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Criterios de valoración de la entidad y del proyecto establecidos en la base sexta de las bases reguladoras (no reproducidos en la convocatoria)La convocatoria remite a la base sexta de las bases reguladoras de 29 de noviembre de 2022, donde se recogen los criterios y puntuaciones; no los reproduce. Se valora por un lado la entidad y por otro el proyecto, con umbrales mínimos del 15% y 35% respectivamente, y el 100% se corresponde con 210 puntos.210 puntos (puntuación máxima posible)
  2. Puntuación mínima de la valoración de la entidadUmbral eliminatorio: la valoración de la entidad debe alcanzar al menos el 15% de la puntuación máxima de ese apartado.15% de la puntuación máxima del apartado
  3. Puntuación mínima de la valoración del proyectoUmbral eliminatorio: la valoración del proyecto debe alcanzar al menos el 35% de la puntuación máxima prevista para ese apartado.35% de la puntuación máxima del apartado
  4. Impacto territorial del proyectoSe valora el alcance territorial según la clasificación de concejos del Anexo II (concejos que conforman distritos, de más de 10.000 habitantes, de más de 3.000 y menos de 10.000, de menos de 3.000, y concejos de zona especial de servicios sociales).no consta

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes solo 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPA para presentar la solicitud: "El plazo de presentación de solicitudes es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto".
  • Hay dos notas de corte: si no alcanzas al menos el 15% de la puntuación máxima de la valoración de la entidad Y el 35% de la máxima de la valoración del proyecto, te deniegan la solicitud.
  • Tienes que usar obligatoriamente el modelo oficial de solicitud y sus anexos, sin alterarlos (ni encabezados, ni logotipos adicionales, ni epígrafes nuevos). Lo que no esté recogido en el modelo oficial no se valora: los criterios cuantitativos cuyo valor no indiques en el apartado previsto no puntúan.
  • Una solicitud por proyecto, indicando un ámbito (y línea) y un programa/subprograma concretos. No se admiten más de dos solicitudes para un mismo programa o subprograma: si presentas más, solo se valoran las dos primeras por orden de registro.
  • Si presentas más de una solicitud para el mismo programa o subprograma sin memoria que justifique plenamente la singularidad de cada proyecto, solo se valora la registrada en primer lugar y se deniega el resto.
  • Si el proyecto se desarrolla en varias localidades con actuaciones idénticas, tienes que presentarlo agrupado en una sola solicitud; si no, solo se valora la primera registrada.
  • Los gastos deben corresponder a actividades realizadas en el ámbito territorial del Principado de Asturias (con las excepciones de la base cuarta).
  • Para el ámbito E (voluntariado) necesitas ser entidad de voluntariado e estar inscrita en el Registro de Voluntariado del Principado de Asturias; la inscripción se verifica de oficio.
  • Si haces acompañamiento con personal voluntario a personas en soledad no deseada (ámbitos A, C, D-12.3, D-16), debe ejecutarse a través de entidades de voluntariado conforme a la Ley 10/2001 de Voluntariado.
  • Para acciones de atención sociosanitaria a personas con problemas de drogodependencias necesitas la autorización del artículo 48 de la Ley 4/2015, de 6 de marzo.
  • Varios programas del ámbito B exigen autorización previa: autorización de la Dirección General de Infancia y Familias (programas 5, 6 y 7), reconocimiento vigente de Ciudad Amiga de la Infancia (4.1), acreditación municipal del Plan de Infancia (4.2) o autorización del Observatorio de la Infancia y Adolescencia (4.3).
  • No puedes dirigir el proyecto en exclusiva a un colectivo que tenga línea propia con crédito diferenciado en esta convocatoria, salvo que justifiques que esa línea no prevé las acciones de que se trate.
  • Quedan fuera los actos, actividades o eventos puntuales, aislados y sin continuidad que agoten en sí mismos el contenido del programa (charlas, coloquios, premios, congresos, mercadillos, actos conmemorativos).

Requisitos

  • Debes reunir los requisitos de la base segunda de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 29 de noviembre de 2022.
  • Debes presentar la solicitud en el modelo oficial específico de cada ámbito de actuación, sin introducir alteraciones de ningún tipo.
  • Debes presentar una solicitud por cada proyecto diferenciado, especificando un ámbito y, en su caso, una línea, y un programa y en su caso subprograma.
  • Tienes que declarar responsablemente que estás al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que no eres deudora de la Hacienda del Principado y que no estás incursa en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003.
  • Antes de cobrar tienes que acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (salvo subvenciones inferiores a 3.005,06 €).
  • Para tener derecho a subvención debes alcanzar al menos el 15% de la puntuación máxima de valoración de la entidad y el 35% de la del proyecto.
  • En el ámbito E debes ser entidad de voluntariado e estar inscrita en el Registro de Voluntariado del Principado de Asturias.
  • En el ámbito E debes aportar el plan de voluntariado aprobado por la entidad (no basta la mera descripción de actividades).
  • Debes obtener de las personas participantes su autorización para la cesión y uso de datos personales y mantener una base de datos que permita su identificación.
  • En la mayoría de programas del ámbito D debes acreditar por escrito mecanismos de coordinación y colaboración con los servicios sociales públicos municipales o autonómicos de la zona, referidos al proyecto concreto y no a la actividad general de la entidad.
  • Debes concretar el número de personas beneficiarias directas, sus perfiles y los criterios objetivos establecidos para su selección.
  • En los proyectos que se desarrollen en centros educativos necesitas su autorización y colaboración acreditada por escrito.
  • En los programas dirigidos a jóvenes, las personas destinatarias deben tener entre 14 años cumplidos y 30 sin cumplir.
  • En proyectos penitenciarios debes aportar con la solicitud las instrucciones de la Administración penitenciaria o un acuerdo de la dirección del centro para la colaboración.
  • Si el proyecto penitenciario ya estaba en funcionamiento, debes acompañar memoria de evaluación de resultados e informe favorable del centro penitenciario.
  • El personal vinculado al proyecto debe contar con formación y experiencia acreditadas en relación con la intervención de que se trate.
  • Debes incorporar indicadores de calidad y de cumplimiento de objetivos (ámbito A).

Documentación que piden

  • Solicitud en el modelo oficial específico del ámbito de actuación y sus anexos (identificada con la denominación literal "solicitud")
  • Memoria explicativa de la entidad (identificada con esa denominación literal)
  • Memoria explicativa del proyecto (identificada con esa denominación literal)
  • Declaración responsable incluida en la solicitud (obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no ser deudora de la Hacienda del Principado, justificación de subvenciones anteriores, no incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 y subvenciones solicitadas y concedidas para la misma finalidad)
  • Resto de documentación recogida en la base tercera de las bases reguladoras
  • Memoria explicativa de la singularidad del proyecto, si se presenta más de una solicitud para un mismo programa o subprograma
  • Acreditación escrita de la coordinación o colaboración con los servicios sociales públicos municipales o autonómicos (o cartas de apoyo, cuando se admitan), referida al proyecto concreto
  • Reconocimiento vigente de Ciudad Amiga de la Infancia (subprograma 4.1)
  • Acreditación municipal para el año en curso para la realización del Plan de Infancia (subprograma 4.2)
  • Autorización del Observatorio de la Infancia y Adolescencia del Principado de Asturias (subprograma 4.3)
  • Autorización de la Dirección General de Infancia y Familias (programas 5, 6 y 7)
  • Acuerdos de colaboración por escrito con el centro público o concertado, en proyectos de acompañamiento (ámbito A)
  • Instrucciones de la Administración penitenciaria o acuerdo de la dirección del centro penitenciario (programas 21 y 22)
  • Memoria de evaluación de resultados e informe favorable del centro penitenciario, en proyectos ya en funcionamiento (programas 21 y 22)
  • Autorización del artículo 48 de la Ley 4/2015 para acciones de atención sociosanitaria a personas con problemas de drogodependencias
  • Plan de voluntariado aprobado por la entidad (ámbito E)
  • Acreditación de la formación y experiencia del personal del proyecto
  • Proyecto educativo, en proyectos para menores infractores
  • Acuerdos de colaboración detallados con empresas tecnológicas, en proyectos de innovación digital (subprograma 17.3)

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