convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales_Ámbito D
Convoca PRINCIPADO DE ASTURIAS
Para qué es
Financiar programas de interés general para fines sociales en el Principado de Asturias a ejecutar en 2027, en cinco ámbitos de actuación: A-Longevidad activa, inclusiva y significativa; B-Garantía de derechos de la infancia y la familia; C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia; D-Inserción social e inclusión activa de población de especial vulnerabilidad; y E-Participación solidaria de la ciudadanía. Se financia con el 0,7% del IRPF y del Impuesto de Sociedades, en régimen de concurrencia competitiva, con un crédito de 9.690.000,00 € (ampliable hasta en 4.000.000,00 €).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Criterios de valoración de la entidad y del proyecto establecidos en la base sexta de las bases reguladoras (no reproducidos en la convocatoria)La convocatoria remite a la base sexta de las bases reguladoras de 29 de noviembre de 2022, donde se recogen los criterios y puntuaciones; no los reproduce. Se valora por un lado la entidad y por otro el proyecto, con umbrales mínimos del 15% y 35% respectivamente, y el 100% se corresponde con 210 puntos.210 puntos (puntuación máxima posible)
- Puntuación mínima de la valoración de la entidadUmbral eliminatorio: la valoración de la entidad debe alcanzar al menos el 15% de la puntuación máxima de ese apartado.15% de la puntuación máxima del apartado
- Puntuación mínima de la valoración del proyectoUmbral eliminatorio: la valoración del proyecto debe alcanzar al menos el 35% de la puntuación máxima prevista para ese apartado.35% de la puntuación máxima del apartado
- Impacto territorial del proyectoSe valora el alcance territorial según la clasificación de concejos del Anexo II (concejos que conforman distritos, de más de 10.000 habitantes, de más de 3.000 y menos de 10.000, de menos de 3.000, y concejos de zona especial de servicios sociales).no consta
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes solo 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPA para presentar la solicitud: "El plazo de presentación de solicitudes es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto".
- Hay dos notas de corte: si no alcanzas al menos el 15% de la puntuación máxima de la valoración de la entidad Y el 35% de la máxima de la valoración del proyecto, te deniegan la solicitud.
- Tienes que usar obligatoriamente el modelo oficial de solicitud y sus anexos, sin alterarlos (ni encabezados, ni logotipos adicionales, ni epígrafes nuevos). Lo que no esté recogido en el modelo oficial no se valora: los criterios cuantitativos cuyo valor no indiques en el apartado previsto no puntúan.
- Una solicitud por proyecto, indicando un ámbito (y línea) y un programa/subprograma concretos. No se admiten más de dos solicitudes para un mismo programa o subprograma: si presentas más, solo se valoran las dos primeras por orden de registro.
- Si presentas más de una solicitud para el mismo programa o subprograma sin memoria que justifique plenamente la singularidad de cada proyecto, solo se valora la registrada en primer lugar y se deniega el resto.
- Si el proyecto se desarrolla en varias localidades con actuaciones idénticas, tienes que presentarlo agrupado en una sola solicitud; si no, solo se valora la primera registrada.
- Los gastos deben corresponder a actividades realizadas en el ámbito territorial del Principado de Asturias (con las excepciones de la base cuarta).
- Para el ámbito E (voluntariado) necesitas ser entidad de voluntariado e estar inscrita en el Registro de Voluntariado del Principado de Asturias; la inscripción se verifica de oficio.
- Si haces acompañamiento con personal voluntario a personas en soledad no deseada (ámbitos A, C, D-12.3, D-16), debe ejecutarse a través de entidades de voluntariado conforme a la Ley 10/2001 de Voluntariado.
- Para acciones de atención sociosanitaria a personas con problemas de drogodependencias necesitas la autorización del artículo 48 de la Ley 4/2015, de 6 de marzo.
- Varios programas del ámbito B exigen autorización previa: autorización de la Dirección General de Infancia y Familias (programas 5, 6 y 7), reconocimiento vigente de Ciudad Amiga de la Infancia (4.1), acreditación municipal del Plan de Infancia (4.2) o autorización del Observatorio de la Infancia y Adolescencia (4.3).
- No puedes dirigir el proyecto en exclusiva a un colectivo que tenga línea propia con crédito diferenciado en esta convocatoria, salvo que justifiques que esa línea no prevé las acciones de que se trate.
- Quedan fuera los actos, actividades o eventos puntuales, aislados y sin continuidad que agoten en sí mismos el contenido del programa (charlas, coloquios, premios, congresos, mercadillos, actos conmemorativos).
Requisitos
- Debes reunir los requisitos de la base segunda de las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 29 de noviembre de 2022.
- Debes presentar la solicitud en el modelo oficial específico de cada ámbito de actuación, sin introducir alteraciones de ningún tipo.
- Debes presentar una solicitud por cada proyecto diferenciado, especificando un ámbito y, en su caso, una línea, y un programa y en su caso subprograma.
- Tienes que declarar responsablemente que estás al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que no eres deudora de la Hacienda del Principado y que no estás incursa en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003.
- Antes de cobrar tienes que acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (salvo subvenciones inferiores a 3.005,06 €).
- Para tener derecho a subvención debes alcanzar al menos el 15% de la puntuación máxima de valoración de la entidad y el 35% de la del proyecto.
- En el ámbito E debes ser entidad de voluntariado e estar inscrita en el Registro de Voluntariado del Principado de Asturias.
- En el ámbito E debes aportar el plan de voluntariado aprobado por la entidad (no basta la mera descripción de actividades).
- Debes obtener de las personas participantes su autorización para la cesión y uso de datos personales y mantener una base de datos que permita su identificación.
- En la mayoría de programas del ámbito D debes acreditar por escrito mecanismos de coordinación y colaboración con los servicios sociales públicos municipales o autonómicos de la zona, referidos al proyecto concreto y no a la actividad general de la entidad.
- Debes concretar el número de personas beneficiarias directas, sus perfiles y los criterios objetivos establecidos para su selección.
- En los proyectos que se desarrollen en centros educativos necesitas su autorización y colaboración acreditada por escrito.
- En los programas dirigidos a jóvenes, las personas destinatarias deben tener entre 14 años cumplidos y 30 sin cumplir.
- En proyectos penitenciarios debes aportar con la solicitud las instrucciones de la Administración penitenciaria o un acuerdo de la dirección del centro para la colaboración.
- Si el proyecto penitenciario ya estaba en funcionamiento, debes acompañar memoria de evaluación de resultados e informe favorable del centro penitenciario.
- El personal vinculado al proyecto debe contar con formación y experiencia acreditadas en relación con la intervención de que se trate.
- Debes incorporar indicadores de calidad y de cumplimiento de objetivos (ámbito A).
Documentación que piden
- Solicitud en el modelo oficial específico del ámbito de actuación y sus anexos (identificada con la denominación literal "solicitud")
- Memoria explicativa de la entidad (identificada con esa denominación literal)
- Memoria explicativa del proyecto (identificada con esa denominación literal)
- Declaración responsable incluida en la solicitud (obligaciones tributarias y de Seguridad Social, no ser deudora de la Hacienda del Principado, justificación de subvenciones anteriores, no incurrir en las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 y subvenciones solicitadas y concedidas para la misma finalidad)
- Resto de documentación recogida en la base tercera de las bases reguladoras
- Memoria explicativa de la singularidad del proyecto, si se presenta más de una solicitud para un mismo programa o subprograma
- Acreditación escrita de la coordinación o colaboración con los servicios sociales públicos municipales o autonómicos (o cartas de apoyo, cuando se admitan), referida al proyecto concreto
- Reconocimiento vigente de Ciudad Amiga de la Infancia (subprograma 4.1)
- Acreditación municipal para el año en curso para la realización del Plan de Infancia (subprograma 4.2)
- Autorización del Observatorio de la Infancia y Adolescencia del Principado de Asturias (subprograma 4.3)
- Autorización de la Dirección General de Infancia y Familias (programas 5, 6 y 7)
- Acuerdos de colaboración por escrito con el centro público o concertado, en proyectos de acompañamiento (ámbito A)
- Instrucciones de la Administración penitenciaria o acuerdo de la dirección del centro penitenciario (programas 21 y 22)
- Memoria de evaluación de resultados e informe favorable del centro penitenciario, en proyectos ya en funcionamiento (programas 21 y 22)
- Autorización del artículo 48 de la Ley 4/2015 para acciones de atención sociosanitaria a personas con problemas de drogodependencias
- Plan de voluntariado aprobado por la entidad (ámbito E)
- Acreditación de la formación y experiencia del personal del proyecto
- Proyecto educativo, en proyectos para menores infractores
- Acuerdos de colaboración detallados con empresas tecnológicas, en proyectos de innovación digital (subprograma 17.3)