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GanaSubvenciones

Convocatoria abierta de ayudas económicas para la instalación de ascensores en edificios de viviendas.

Convoca ZAMUDIO

Para qué es

Regular los requisitos y plazos para obtener las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Zamudio concede para la nueva instalación de ascensores en inmuebles residenciales del municipio que carezcan de ellos, o para la supresión de barreras arquitectónicas que impidan el acceso a cualquiera de las viviendas.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración: régimen de concurrencia no competitiva; el orden de prelación es la fecha de presentación de la solicitud completa (todas las solicitudes del mismo mes natural tienen la misma consideración), con prioridad para los supuestos del artículo 2.1.b.

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla las comunidades de propietarios de edificios residenciales legalmente constituidas en el municipio de Zamudio: no es una convocatoria para asociaciones, fundaciones ni otras entidades del tercer sector.
  • El edificio necesita 10 años o más de antigüedad desde la fecha de la convocatoria; solo se libran los inmuebles donde vivan personas con movilidad reducida permanente o personas mayores de 70 años (hay que acreditarlo).
  • Tiene que ser un inmueble residencial colectivo de tres o más viviendas, con viviendas en 1ª planta o más; quedan fuera las viviendas unifamiliares, bifamiliares o adosadas.
  • El uso principal del inmueble debe ser residencial.
  • Las obras deben tener ya la licencia municipal, estar finalizadas y no haber sido subvencionadas antes: no se financian obras pendientes ni ya subvencionadas.
  • El acceso al ascensor no puede tener ningún obstáculo que dificulte o impida su uso por personas con discapacidad.
  • Tienes que estar al corriente de cualquier obligación tributaria con el Ayuntamiento de Zamudio (condición indispensable), y también con la Hacienda Foral y la Seguridad Social.
  • El plazo es cerrado: del 1 al 31 de octubre de 2026. Fuera de plazo la solicitud se deniega por extemporánea.
  • Si el edificio tiene más de 50 años hay que aportar la ITE; si la ITE detecta desperfectos de estabilidad, seguridad, estanqueidad o consolidación estructural no reparados, pueden denegarte la ayuda.
  • El crédito es de 12.000 € en total y se resuelve por orden de fecha de presentación: agotada la consignación, las ayudas se suspenden hasta nueva dotación.

Requisitos

  • Ser comunidad propietaria de un edificio residencial, legalmente constituida en el municipio de Zamudio
  • El uso principal del inmueble debe ser residencial
  • El edificio debe tener una antigüedad igual o superior a 10 años desde la fecha de la convocatoria
  • Excepción a la antigüedad: inmuebles en los que habiten personas con movilidad reducida permanente o capacidad disminuida para andar, subir escaleras o salvar barreras
  • Excepción a la antigüedad: inmuebles en los que habiten personas mayores de 70 años
  • Debe ser un inmueble residencial colectivo de tres o más viviendas, con viviendas en 1ª planta o más
  • No puede tratarse de viviendas unifamiliares, bifamiliares o adosadas
  • El acceso al ascensor debe carecer de obstáculos que dificulten o impidan su acceso y utilización por personas con discapacidad
  • Las obras deben haber obtenido licencia municipal, estar finalizadas y no haber sido objeto anteriormente de subvención
  • Estar al corriente de pago de cualquier clase de obligación tributaria con el Ayuntamiento de Zamudio
  • No estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones
  • La suma de esta ayuda con otras subvenciones no puede superar el coste total de la obra o instalación subvencionada
  • La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de resolver

Documentación que piden

  • Solicitud presentada por la persona presidenta o administradora de la comunidad a quien se ha asignado la tramitación
  • Proyecto formulado por técnico/a competente y presupuesto descompuesto por partidas (no hace falta repetirlo si ya se presentó con la licencia de obras)
  • Fotocopia del CIF de la comunidad
  • Fotocopia del DNI del solicitante
  • Copia del acuerdo de la Junta de la Comunidad donde conste la solicitud de la subvención municipal y la designación expresa de la persona responsable de tramitarla
  • Certificado bancario de titularidad de cuenta a nombre de la comunidad de propietarios beneficiaria
  • Si procede, certificado de empadronamiento y DNI de vecino de la comunidad mayor de 70 años
  • Si procede, DNI, certificado de empadronamiento e informe médico oficial o foral de discapacidad que acredite la situación de movilidad reducida del artículo 2.1.b
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Declaración responsable de otras ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin y, en caso afirmativo, copia de la resolución de concesión
  • Certificado de estar al corriente del pago de impuestos con la Hacienda Foral
  • Certificado de estar al corriente del pago de las obligaciones con la Seguridad Social
  • ITE del edificio si tiene más de 50 años
  • Justificantes de los pagos realizados a la empresa contratista
  • Certificado de puesta en servicio del ascensor
  • Copia del contrato de mantenimiento del ascensor
  • Manifestación expresa de las solicitudes de financiación presentadas ante otros organismos públicos o privados con indicación de las cuantías, o declaración jurada de no haber solicitado ni obtenido ninguna ayuda, suscrita por quien presida la Comunidad

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