CONVOCATÒRIA ANTICIPADA SUBVENCIONS MATÈRIA FORESTAL I PREVENCIÓ INCENDIS FORESTALS 2026-2027
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE GIRONA
Para qué es
Financiar, en régimen de concurrencia pública, actuaciones en materia forestal y de prevención de incendios forestales en la provincia de Girona, a través de seis líneas: gestión forestal sostenible y tratamientos silvícolas municipales, apoyo a las agrupaciones de defensa forestal (ADF), trabajos de prevención en municipios de menos de 20.000 habitantes, gestión forestal conjunta de asociaciones de propietarios, actuaciones urgentes con tractor de las ADF y unidades operativas de verano de vigilancia en perímetros de protección prioritaria.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Línea 1 – Creación de reservas forestales en bosques madurosQue el proyecto municipal cree una reserva forestal en bosque maduro; se valora según los criterios del anexo I de las bases, con el umbral mínimo de 5 puntos para que el bosque sea subvencionable.Hasta 9 puntos
- Línea 1 – Ampliación de reservas forestales en bosques madurosQue se amplíe una reserva forestal ya existente en bosque maduro, valorada según los anexos I o II de las bases según el año de establecimiento de la reserva.Hasta 10 puntos
- Línea 1 – Fomento de la ganadería extensivaQue la actuación forestal municipal fomente la ganadería extensiva.7 puntos
- Línea 1 – Recuperación de espacios abiertos para uso de pastoQue la actuación recupere espacios abiertos destinados a pasto.6 puntos
- Línea 1 – Actuaciones del Programa Anual de Mejoras en Montes de Utilidad PúblicaQue las actuaciones estén incluidas en el Programa Anual de Mejoras en Montes de Utilidad Pública.5 puntos
- Línea 1 – Trabajos de mejora forestal previstos en un instrumento de ordenación forestal (IOF) o en un plan de prevención de incendios en terrenos municipalesQue los trabajos de mejora forestal estén previstos en un IOF o en un plan de prevención de incendios sobre terrenos de titularidad municipal.3 puntos
- Línea 1 – Custodia de bosques de titularidad privadaQue el ayuntamiento actúe mediante custodia de bosques de propiedad privada.4 puntos
- Línea 1 – Gestión técnica del monteQue exista gestión técnica del monte objeto de la actuación.2 puntos
- Línea 1 – Compromiso de compensar las emisiones generadasQue se comprometa por escrito la compensación de las emisiones generadas con la acción subvencionada.2 puntos
- Línea 3 – Haber establecido el servicio municipal de prevención de incendiosHaber aprobado la ordenanza reguladora del servicio municipal de prevención de incendios.2 puntos
- Línea 3 – Municipio de menor número de habitantesSe pondera a favor de los municipios más pequeños, según los datos de población del Institut d’Estadística de Catalunya.Fórmula: 2 – (n.º habitantes / 20.000)
- Línea 3 – Municipio de mayor superficieSe pondera a favor de los municipios con mayor superficie respecto al mayor municipio solicitante.Fórmula: 2 × (superficie del municipio / superficie del municipio de más superficie solicitante)
- Línea 3 – Municipio de alto riesgo de incendio (Decreto 64/1995)Que el municipio esté declarado de alto riesgo de incendio según el Decreto 64/1995.2 puntos
- Línea 3 – Municipio situado dentro de un perímetro de protección prioritaria (PPP)Que el municipio se encuentre dentro de un perímetro de protección prioritaria, comprobable en la cartografía del Departamento de Acción Climática.2 puntos
- Línea 3 – Compromiso de compensar las emisiones generadasComprometerse a compensar las emisiones generadas con la acción subvencionada.2 puntos
- Línea 4 – Superficie forestal objeto del instrumento de ordenación forestal (IOF) conjunto o del documento de planificación estratégicaAcreditar la superficie forestal incluida en el IOF conjunto o documento de planificación estratégica de la asociación: cuanta más superficie, más puntos.Máximo 2 puntos (más de 50 ha: 2; entre 25 y 50 ha: 1,5; inferior a 25 ha: 1)
- Línea 4 – Superficie forestal gestionada el año anterior al período subvencionableAcreditar la superficie gestionada el año anterior aportando las comunicaciones al Centro de la Propiedad Forestal de los trabajos hechos o los informes finales de obra.Máximo 2 puntos (más de 20 ha: 2; más de 5 y hasta 20 ha: 1,5; entre 0,1 y 5 ha: 1)
- Línea 4 – Número de propietarios forestales socios de la asociaciónDemostrar el número de propietarios forestales asociados: a más socios, más puntuación.Máximo 2 puntos (más de 50: 2; de 15 a 50: 1,5; entre 0 y 15: 1)
- Línea 4 – Acuerdos de colaboración con ayuntamientos o entes localesAportar acuerdos de colaboración firmados con ayuntamientos o entes locales.Máximo 2 puntos (3 o más acuerdos: 2; 2 acuerdos: 1,5; 1 acuerdo: 1)
- Línea 4 – Asociaciones de entes locales propietarios de terrenos forestalesSer una asociación formada por entes locales propietarios de terrenos forestales.6 puntos
- Línea 4 – Compromiso de compensar las emisiones generadasComprometerse a compensar las emisiones generadas con la acción subvencionada.2 puntos
- Línea 4 – Actuaciones dentro de un perímetro de protección prioritaria (PPP)Que las actuaciones se ejecuten dentro de un perímetro de protección prioritaria.2 puntos
- Orden de prelación y disponibilidad presupuestaria (líneas 1 y 3)Aunque cumplas y puntúes, la concesión depende del crédito: las solicitudes con menor puntuación pueden quedar sin atender.Selección por orden de mayor a menor puntuación
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Cada línea tiene su beneficiario cerrado: si no eres ayuntamiento (líneas 1 y 3), ADF (líneas 2 y 5), federación o asociación de ADF (líneas 2 y 6) o asociación de propietarios forestales (línea 4), no puedes presentarte.
- Para la línea 3 tu municipio tiene que tener menos de 20.000 habitantes.
- Las ADF beneficiarias son las de las comarcas gerundenses (ámbito territorial de la Diputació de Girona).
- Plazo de solicitud muy marcado: líneas 1, 2, 3, 4 y 6 hasta el 13 de febrero de 2026; línea 5 hasta el 30 de septiembre de 2026. Fuera de plazo no hay opción.
- Solo se admite tramitación electrónica con firma digital de la persona interesada o del representante legal de la entidad.
- En la línea 1, si pides creación o ampliación de reservas forestales en bosques maduros, el bosque solo es subvencionable si alcanza un mínimo de 5 puntos según los anexos I o II de las bases (y, para reservas desde 2017, además puntuar en el criterio 5 y en uno de los criterios 7 u 8).
- Aunque te concedan, tienes que aceptar expresamente la subvención en el plazo de un mes desde la notificación: si no, se da por desistida.
- Aun puntuando, la concesión depende del crédito: las solicitudes con menos puntuación pueden no ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria (en la línea 2 hubo lista de espera).
- En la línea 6 las actuaciones deben ser unidades operativas de verano en espacios naturales protegidos incluidos en los perímetros de protección prioritaria del macizo de la Albera, cabo de Creus, Montgrí-Muntanya Gran, las Gavarres y macizo de Cadiretes.
Requisitos
- Ser ayuntamiento para la línea 1 (gestión forestal sostenible y tratamientos silvícolas de mejora).
- Ser agrupación de defensa forestal (ADF) de las comarcas gerundenses para la línea 2.
- Ser ayuntamiento de menos de 20.000 habitantes para la línea 3, con trabajos previstos en la Ley 5/2003 o en los planes municipales de prevención de incendios.
- Ser asociación de propietarios forestales para la línea 4, con proyecto de gestión forestal conjunta orientada a adaptación al cambio climático, prevención de incendios y/o producción de biomasa.
- En la línea 5, las actuaciones urgentes con tractor deben haber sido solicitadas por los bomberos a las ADF.
- Ser federación y/o asociación de ADF para la línea 6, para organizar y hacer funcionar unidades operativas de verano de vigilancia en los perímetros de protección prioritaria indicados.
- Presentar la solicitud con el modelo normalizado, por el canal electrónico y con la documentación anexa exigida en las bases.
- Firmar digitalmente la solicitud la persona interesada o quien represente legalmente a la entidad.
- Aceptar expresamente la subvención y sus condiciones en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión (esa aceptación vale como solicitud del anticipo).
- En la línea 1, para reservas forestales en bosques maduros creadas o ampliadas desde 2017, el bosque debe obtener un mínimo de 5 puntos y puntuar en el criterio 5 y en uno de los criterios 7 u 8 del anexo I.
- En la línea 1, para ampliación de reservas forestales establecidas antes de 2017, el bosque debe obtener un mínimo de 5 puntos según el anexo II.
Documentación que piden
- Solicitud según el modelo normalizado, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente por la persona interesada o el representante legal de la entidad, presentada por el canal electrónico
- Documentación anexa requerida en las bases reguladoras específicas (BOPG n.º 189, de 3 de octubre de 2025)
- Línea 4: comunicaciones al Centro de la Propiedad Forestal (CPF) de los trabajos realizados o informes finales de obra, para acreditar la superficie forestal gestionada el año anterior
- Documentación justificativa de los gastos una vez finalizadas las actuaciones subvencionadas
- Aceptación expresa de la subvención en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión