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Convocatoria ayudas económicas para el curso 2025-2026 para contribuir al sostenimiento de las escuelas de música y/o danza públicas

Convoca ILLES BALEARS

Para qué es

Contribuir al sostenimiento, durante el curso 2025-2026, de las escuelas de música y/o danza públicas reconocidas por la Consejería de Educación y Universidades cuyos titulares sean administraciones públicas territoriales, corporaciones locales o patronatos municipales, y de los conservatorios municipales de las Illes Balears, financiando parcialmente los gastos de funcionamiento ordinarios y la adquisición de instrumentos, para impartir enseñanzas elementales y profesionales regladas, enseñanzas no regladas y el Programa de Enseñanzas Profesionales (PREP).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Especialidades instrumentales implantadasAcreditar mediante certificado del director del centro (anexo 6) cuántas especialidades instrumentales tiene implantadas el centro durante el curso 2025-2026: se asignan 200 euros por cada una.200 euros por especialidad instrumental
  2. Alumnado matriculado en enseñanzas elementalesNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas elementales al inicio del curso 2025-2026, certificado por la dirección del centro.90 euros por alumno
  3. Alumnado matriculado en enseñanzas profesionales o programa PREPNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas profesionales o en el Programa de Enseñanzas Profesionales (PREP) al inicio del curso 2025-2026.150 euros por alumno
  4. Alumnado matriculado en enseñanzas no regladasNúmero de alumnos matriculados en enseñanzas no regladas de música y/o danza al inicio del curso 2025-2026.50 euros por alumno
  5. Reparto proporcional si el conjunto de solicitudes excede o no agota el créditoNo depende de la solicitud: si la suma de todas las cuantías calculadas supera los 500.000 euros, se reparte esa cantidad proporcionalmente; si es inferior, el sobrante también se reparte proporcionalmente.Prorrateo proporcional sobre 500.000 euros

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes pedirla si eres una escuela de música y/o danza pública ya reconocida por la Consejería de Educación y Universidades (Decreto 37/1999) o un conservatorio municipal creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno, y el reconocimiento o creación debe ser anterior a la publicación de esta Resolución.
  • El titular del centro tiene que ser una administración pública territorial, corporación local o patronato municipal: las entidades privadas sin ánimo de lucro no pueden presentarse.
  • Tienes que haber subido la Programación General Anual (PGA) del centro al GestIB ANTES de la publicación de la convocatoria; si no está subida a esa fecha, ya no se puede arreglar.
  • Tienes que haber introducido en el GestIB, también antes de la publicación de la convocatoria, los datos del expediente académico de todo el alumnado de enseñanzas elementales o profesionales de música del curso 2025-2026.
  • El plazo acaba el 18 de septiembre de 2026 y la solicitud debe presentarse electrónicamente por el Registro Electrónico Común (REC), firmada electrónicamente.
  • Si te requieren subsanar, solo tienes tres días hábiles; si no aportas la documentación, te tienen por desistida.
  • No puedes estar sometida a las prohibiciones del artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005 ni del artículo 11 de la Ley 11/2016 de igualdad de mujeres y hombres.

Requisitos

  • Ser escuela de música y/o danza pública reconocida por la Consejería de Educación y Universidades según el Decreto 37/1999, o conservatorio municipal creado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en fecha anterior a la publicación de la Resolución.
  • El titular del centro debe ser una administración pública territorial, corporación local o patronato municipal.
  • Haber adjuntado la Programación General Anual (PGA) del centro en el GestIB antes de la publicación de la convocatoria.
  • Haber introducido en el GestIB, antes de la publicación de la convocatoria, los datos del expediente académico de todo el alumnado de enseñanzas elementales o profesionales de música del curso 2025-2026.
  • No estar sometida a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiaria (art. 10 del Decreto legislativo 2/2005 y art. 11 de la Ley 11/2016 de igualdad de mujeres y hombres).
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT y la hacienda autonómica y con la Seguridad Social (se comprueba de oficio salvo que te opongas, en cuyo caso debes aportar los certificados).
  • Presentar la solicitud dentro del plazo y de forma electrónica mediante el Registro Electrónico Común (REC), firmada electrónicamente.

Documentación que piden

  • Impreso de solicitud según modelo oficial (anexo 2), dirigido a la directora general de Planificación y Gestión Educativas
  • Documento original o fotocopia compulsada del certificado del órgano competente de la entidad acreditativo de la representación de la persona firmante
  • Fotocopia del DNI del representante legal de la entidad
  • Copia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Declaración responsable relativa a las subvenciones o ayudas obtenidas y/o solicitadas a otras instituciones (anexo 3)
  • Declaración responsable de veracidad de los datos, aceptación de las bases y no incursión en causa de prohibición para ser beneficiaria (anexo 4)
  • Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios aportados (anexo 5)
  • Certificado detallado de las especialidades instrumentales implantadas y del número de alumnos matriculados en el curso 2025-2026, firmado por el director o directora del centro (anexo 6)
  • Relación de gastos y presupuesto desglosado de la actividad del centro del curso 2025-2026 (anexo 7)
  • Si te opones a la consulta de oficio: certificados de estar al corriente con la Seguridad Social, con la AEAT y con la hacienda autonómica

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