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CONVOCATORIA DE AYUDAS A ENTIDADES CULTURALES DE BURLADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y CULTURALES 2026

Convoca BURLADA/BURLATA

Para qué es

Apoyar económicamente actividades culturales (danza, música, teatro, artes plásticas, fiestas y celebraciones tradicionales y otras análogas) organizadas por entidades culturales de Burlada y realizadas en la localidad de Burlada entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Trayectoria de la asociación y actividades realizadas en los últimos 5 añosQue acredites el recorrido de la asociación y las actividades hechas en los últimos 5 años, o desde su constitución si es más reciente.15 puntos
  2. Calidad del programaQue el programa detallado de la actividad esté bien planteado y sea de calidad (Anexos II y III).25 puntos
  3. Coherencia entre objetivos y actividades propuestasQue las actividades que propones sirvan realmente a los objetivos que declaras.10 puntos
  4. Impacto de la actividad en la ciudadaníaQue demuestres el alcance y efecto de la actividad sobre la ciudadanía de Burlada.15 puntos
  5. Viabilidad económica del programa y capacidad de autofinanciaciónQue el presupuesto sea viable y que indiques los recursos propios obtenidos (barras, aportaciones de las personas socias, etc.).25 puntos
  6. Publicidad conforme al punto 9 de la convocatoriaQue la publicidad realizada incluya los logotipos exigidos y esté en euskera y castellano, aportando los soportes de difusión.10 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que ser una asociación sin ánimo de lucro: no se admiten otros tipos de entidad.
  • Necesitas estar legalmente constituida con al menos un año de antigüedad respecto a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
  • Necesitas tener domicilio social y fiscal en Burlada.
  • Tienes que estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Burlada y con los datos actualizados.
  • Tienes que estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (y no se te podrá pagar la ayuda si no lo estás).
  • El plazo es improrrogable: las solicitudes presentadas fuera de plazo (6 de noviembre, 14:00 h) se deniegan automáticamente.
  • La actividad tiene que haberse realizado entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026: se solicita y se justifica a la vez.
  • Si no incluyes los logotipos del Ayuntamiento (y en su caso de la Casa de Cultura) en la publicidad, te deniegan la ayuda o tendrás que reintegrarla.
  • La publicidad de la actividad debe estar redactada en euskera y castellano (cartelería y redes sociales).
  • Tienes que cumplimentar todos los apartados de las fichas de los Anexos II, III y IV: si no, no se puede valorar tu petición.
  • No entran actividades ya financiadas por el Ayuntamiento de Burlada mediante convenios de colaboración.
  • Si no ejecutas la actividad o no la justificas con la documentación exigida y en plazo, no te conceden la subvención.

Requisitos

  • Ser una asociación sin ánimo de lucro.
  • Estar legalmente constituida con más de un año de antigüedad respecto a la publicación de la convocatoria en el BON.
  • Tener domicilio social y fiscal en Burlada.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones.
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Burlada con los datos actualizados.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir el Decreto Foral 36/2024, de 17 de abril, de Eventos Públicos y Sostenibilidad.
  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión y justificarla ante el órgano concedente.

Documentación que piden

  • Modelo de solicitud del Anexo I
  • Un ejemplar de los estatutos (no necesario si has participado en convocatorias anteriores o estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones, salvo modificación de estatutos)
  • Fotocopia del CIF de la asociación (no necesaria si has participado en convocatorias anteriores o estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones)
  • Programa detallado y presupuesto desglosado de gastos e ingresos conforme a los Anexos II y III
  • Certificado de la persona representante con la relación de subvenciones solicitadas a otras entidades públicas o privadas (o declaración responsable de no haberlas solicitado ni recibido)
  • Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Memoria de la actividad conforme al modelo de justificación del Anexo IV
  • Un ejemplar de todos los soportes de difusión realizados, incluidos los digitales difundidos en redes sociales
  • Facturas y justificantes de pago de los gastos realizados (extracto bancario o recibí firmado y sellado si el pago fue en efectivo)
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre de la asociación solicitante
  • Plan de medidas de sostenibilidad ambiental, prevención, separación y gestión de residuos y comunicación y sensibilización conforme al Anexo V, si aplica el Decreto Foral 36/2024
  • Declaración jurada sobre otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, tanto en la solicitud como en la justificación anual

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