Convocatoria de ayudas destinadas a fomentar la negociación colectiva en el ámbito de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, 2026
Convoca MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES
Para qué es
Financiar a organizaciones sindicales con capacidad de negociación en el ámbito estatal de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos, para que puedan mantener representantes sindicales con dedicación exclusiva durante 2026 (salarios, cargas sociales y gastos de gestión).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Representatividad de la organización sindicalSe mide el número de delegados y miembros de comité de empresa obtenidos en centros incluidos en el ámbito del Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenida con fondos públicos, según certificación del Ministerio de Trabajo y Economía Social referida a la fecha de publicación del extracto en el BOE.70% (máximo 7 puntos)
- Memoria de actividadesCalidad del plan de actividades que desarrollarán los docentes liberados durante 2026: justificación, actividades previstas, objetivos, viabilidad, impacto y evaluación.30% (máximo 3 puntos)
- Justificación del proyecto de actividadesExplicar por qué son necesarias las actividades sindicales propuestas y su encaje con la negociación colectiva del sector.0,5 puntos
- Actividades a desarrollarDescribir el conjunto de actuaciones previstas (mesa de negociación, información y asesoramiento, órganos consultivos, jornadas, mediación en conflictos, supervisión normativa).2,5 puntos
- Objetivos de las actividadesObjetivos claros y concretos de cada actividad prevista.0,5 puntos
- Viabilidad de realización de las actividadesDemostrar que las actividades son realizables con los medios y liberados disponibles.0,5 puntos
- Beneficio, impacto y relevancia sobre los docentesMostrar el efecto real de las actuaciones sobre el profesorado del sector.1,0 punto
- Evaluación y seguimientoIncluir mecanismos de evaluación y seguimiento de las actividades.0,5 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla organizaciones sindicales: o bien tienes la consideración de sindicato más representativo a nivel estatal (arts. 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985), o bien ostentas capacidad para negociar el convenio estatal de empresas de enseñanza privada sostenida con fondos públicos. Cualquier otra entidad queda fuera.
- Esa condición debe cumplirse a la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, y debes acreditarla con certificado del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
- Solo puedes presentar una única solicitud.
- La solicitud es obligatoriamente electrónica por la Oficina Virtual del Ministerio (con certificado electrónico o Cl@ve); no vale presentarla en papel.
- El plazo es de 30 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOE.
- Los representantes sindicales que retribuyas con la ayuda no pueden percibir nada de la nómina de pago delegado y deben tener cargo electivo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior en el sector.
- Antes de cobrar tienes que estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social y no ser deudora por resolución de reintegro.
- Si te requieren subsanar, solo tienes diez días hábiles.
Requisitos
- Ser organización sindical que, a la fecha de fin del plazo de solicitudes, tenga la consideración de sindicato más representativo a nivel estatal
- Alternativamente, ostentar capacidad para participar en la negociación colectiva de ámbito estatal de las empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos
- Los representantes sindicales retribuidos deben cumplir las condiciones de afiliación de los artículos primero.2 y tercero.1 de la Ley Orgánica 11/1985
- Los representantes deben ostentar cargo electivo o funciones sindicales de ámbito provincial o superior relacionadas con el sector
- Los representantes no pueden percibir retribución con cargo a la nómina de pago delegado
- Presentar una única solicitud con toda la documentación
- Presentar la solicitud obligatoriamente en forma electrónica
- Acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de percibir la ayuda
- No ser deudora por resolución de procedencia de reintegro
- Presentar la solicitud dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el BOE
Documentación que piden
- Certificado del Ministerio de Trabajo y Economía Social que acredite la consideración de sindicato más representativo a nivel estatal
- Certificado del Ministerio de Trabajo y Economía Social que acredite la capacidad para participar en la negociación colectiva de ámbito estatal de las empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos
- Tarjeta con el número de identificación fiscal del sindicato solicitante
- Certificado del acuerdo del órgano competente de la organización sindical por el que se acuerda solicitar la ayuda
- Declaración firmada por el Secretario General o cargo directivo equivalente comprometiéndose a devolver en 15 días la totalidad o parte de la ayuda cuando le sea requerido
- Declaración responsable de las ayudas o subvenciones para el mismo fin concedidas en 2025 y solicitadas en el presente año
- Plan de actividades que desarrollan los docentes liberados en la Organización Sindical durante el año 2026