CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CREACIÓN DE EMPLEO RUBIK 13
Convoca CONSELL COMARCAL DE BAGES
Para qué es
Financiar, mediante ayudas a los 29 ayuntamientos del Área Básica de Servicios Sociales del Bages, la contratación laboral por un mínimo de seis meses de personas empleables en situación de vulnerabilidad social, para evitar la exclusión y favorecer la reinserción social y laboral (proyecto RUBIK 13, ejercicio 2026).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Criterios sociales del municipioSe aplica solo a las segundas ofertas laborales presentadas (la primera oferta de cada ayuntamiento tiene ayuda garantizada). Valora indicadores del municipio: tasa de paro, tasa de paro femenino, mujeres desempleadas mayores de 55 años, personas beneficiarias de la renta garantizada de ciudadanía y habitantes.40% del total
- Mejoras contractualesSe aplica también a las segundas ofertas: se puntúa ofrecer contratos que superen los 6 meses y jornadas de más de 30 horas semanales.60% del total
- Duración del contrato (dentro de mejoras contractuales)Alargar el contrato por encima del mínimo de 6 meses, sin pasar de 12 meses.0 puntos a 6 meses; 1 punto de más de 6 y hasta 9 meses; 2 puntos de más de 9 y hasta 12 meses
- Horas semanales (dentro de mejoras contractuales)Ampliar la jornada semanal por encima del mínimo de 30 horas.0 puntos a 30 h/semana; 1 punto de más de 30 y hasta 35 h; 2 puntos de más de 35 y hasta 37,5 h
- Ayuda garantizada a la primera oferta laboralLa primera oferta laboral que presentes en la solicitud tiene ayuda garantizada si cumple los requisitos; solo las segundas ofertas compiten con los criterios de puntuación.Se garantiza un ayuda por ayuntamiento
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla los 29 ayuntamientos que forman el Área Básica de Servicios Sociales de la comarca del Bages: si eres una asociación, fundación u otra entidad privada no puedes presentarte a esta convocatoria.
- El contrato que subvenciones tiene que ser de al menos 6 meses y de al menos 30 horas semanales; por debajo de eso no encaja en la ayuda.
- El contrato no puede superar los 12 meses.
- Tienes que presentar la solicitud en el registro electrónico del Consell Comarcal, con el modelo normalizado, antes del 15 de septiembre de 2026.
- Si tu ayuntamiento tiene plantilla igual o superior a 50 personas, necesitas cumplir la cuota del 2% de personas con discapacidad o las medidas alternativas.
- Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, tienes que indicar los medios para prevenir y detectar el acoso sexual y por razón de sexo.
- Con más de 250 personas trabajadoras necesitas tener elaborado y aplicado un Plan de Igualdad.
- Una vez concedida, tienes 30 días naturales desde la comunicación de la resolución para presentar el contrato por EACAT: sin eso no se paga la ayuda.
- Las ayudas se conceden hasta agotar la partida presupuestaria (importe máximo 140.000,00 €).
- No puedes tener deudas pendientes con el Estado, la Generalitat ni el Consell Comarcal del Bages, ni antes de la resolución ni antes de cobrar.
Requisitos
- Ser uno de los 29 ayuntamientos que configuran el Área Básica de Servicios Sociales de la comarca del Bages
- Dar empleo al menos a un 2% de personas trabajadoras con discapacidad o aplicar las medidas alternativas (solo si la plantilla es igual o superior a 50 personas)
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 que impiden ser beneficiario
- Indicar los medios que se usan para prevenir, detectar e intervenir en casos de acoso sexual y por razón de sexo (solo si la plantilla es igual o superior a 25 personas)
- Cumplir los requisitos de los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998 de política lingüística
- No haber sido sancionado en resolución firme por infracción grave en integración laboral de personas con discapacidad o muy grave en relaciones laborales o seguridad y salud, o haber aplicado ya las medidas correctoras y abonado las cantidades
- Cumplir las obligaciones y no incurrir en las prohibiciones de los artículos 90.bis y 92.bis del Decreto legislativo 3/2002 (finanzas públicas de Cataluña)
- Disponer de un sistema de organización y gestión de la prevención de riesgos laborales
- Respetar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral y, con más de 250 personas trabajadoras, elaborar y aplicar un Plan de Igualdad
- Acreditar todos estos requisitos firmando las declaraciones responsables incluidas en la solicitud
- No tener deudas pendientes con el Estado, la Generalitat ni el Consell Comarcal del Bages, antes de la resolución y antes de cada pago
- El contrato laboral debe ser de un período mínimo de 6 meses y de al menos 30 horas semanales
- El contrato laboral no puede superar los 12 meses
- La persona contratada debe estar valorada como persona en situación de vulnerabilidad social por los profesionales de los servicios sociales básicos
Documentación que piden
- Impreso de solicitud según modelo normalizado (ANEXO 1), con nombre del ente local, dirección, NIF, persona de contacto, cargo, correo electrónico y teléfono
- Oferta u ofertas de puesto de trabajo por orden de prioridad, con denominación, descripción de tareas, dependencia funcional, fechas de inicio y fin, duración, jornada en horas semanales, categoría laboral y sueldo bruto mensual
- Declaración responsable firmada
- Contrato de trabajo (para el pago), presentado por la plataforma EACAT en 30 días naturales desde la comunicación de la resolución, con el importe bruto mensual, número de pagas extras y la frase «contrato subvencionado parcialmente por el Consell Comarcal del Bages en el marco del proyecto RUBIK 13, ejercicio 2026»
- Certificado del interventor/a del gasto de los 6 meses de contratación desglosando sueldo, cuota patronal e indemnización por finalización (modelo del anexo 2)
- IDC (Informe de Datos para la Cotización de trabajadores por cuenta ajena) del sistema RED de la Seguridad Social de la persona contratada
- Nóminas y recibos de pagos