Convocatoria de ayudas para actividades y gastos de funcionamiento de las asociaciones de familias de alumnos y sus federaciones y confederaciones, y asociaciones de alumnos y sus federaciones y asociaciones
Convoca ILLES BALEARS
- Infancia y familia
- Educación y formación
- Universidades
- Illes Balears
Para qué es
Apoyar económicamente las actividades escolares y el mantenimiento (gastos de funcionamiento) de las asociaciones de familias de alumnos (AFA), las asociaciones de alumnos (AA) y sus federaciones y confederaciones que actúan en las Illes Balears, con un crédito global de 350.000 euros.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Primera fase (AFA y AA): importe justificado y elegible hasta un tope por entidadNo hay puntuación: se reparte según el gasto que hayas justificado y que la Administración considere elegible, con un máximo de 603,44 € en esta primera fase; si pides menos, se te da lo justificado.hasta 603,44 euros por entidad
- Segunda fase (AFA y AA): reparto proporcional del crédito sobranteSi sobra crédito tras la primera fase, el resto se reparte entre las entidades que hayan justificado más de 603,44 €, en proporción al gasto justificado y elegible: interesa justificar bien y con facturas correctas.proporcional a los importes justificados y elegibles
- Prorrateo si el crédito no cubre lo justificado (AFA y AA)Si los 280.000 € no llegan, se prorratea todo el crédito entre todas las solicitantes en proporción a los importes justificados y elegibles.proporcional a los importes justificados y elegibles
- Federaciones y confederaciones: partida fijaBasta con ser admitida: cada federación o confederación recibe una cantidad fija.2.000 euros por entidad admitida
- Federaciones y confederaciones: partida variable por entidades afiliadasCuenta el número de entidades afiliadas que estén reconocidas en el Censo de asociaciones de familias de alumnos y de alumnos: conviene tener las afiliadas censadas y al corriente de cuotas.proporcional al número de entidades afiliadas reconocidas en el Censo
- Redistribución del remanente entre federaciones y confederacionesEl sobrante de la partida de federaciones se reparte otra vez entre las demás federaciones y confederaciones en proporción a sus afiliadas, solo si el gasto queda justificado.proporcional al número de entidades afiliadas y siempre que quede justificado
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que ser AFA, AA o federación/confederación de estas asociaciones y de ámbito NO estatal: si tu entidad es de ámbito estatal, queda fuera.
- Necesitas estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Servicio de Entidades Jurídicas (Consejería de Presidencia) Y además en el censo de la Consejería de Educación y Universidades: los dos, no basta uno.
- Tienes que desarrollar tu actividad en las Illes Balears.
- Solo vale el trámite telemático concreto habilitado en la Sede Electrónica de la CAIB y con certificado digital del representante legal: si lo presentas por otra vía telemática, no se tiene por presentada.
- El plazo acaba el 11 de septiembre de 2026 y en ese mismo plazo hay que presentar ya la documentación justificativa de los gastos.
- Si te requieren enmiendas solo tienes cuatro días hábiles para subsanar; si no lo haces, se considera que desistes.
- Si solicitas más de 6.000 €, tienes que adjuntar en el trámite la relación de facturas (anexo 4) y los justificantes de gasto o no se hará efectivo el pago.
Requisitos
- Ser AFA, AA o federación/confederación de estas asociaciones, de ámbito no estatal y legalmente constituida.
- Estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Servicio de Entidades Jurídicas y en el censo de la Consejería de Educación y Universidades, y desarrollar la actividad en las Illes Balears.
- Presentar la solicitud y la documentación requerida en plazo mediante el trámite electrónico habilitado en la Sede Electrónica.
- Fomentar la creación y el desarrollo de actividades escolares en el centro educativo.
- Solicitarla con el certificado digital del representante legal y firmar con Autofirma.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y con la Seguridad Social; si no autorizas la consulta de oficio, tienes que aportar los certificados.
- No incurrir en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones.
- Si eres federación o confederación, acreditar la lista de asociados y que están al corriente del pago de cuotas.
- Comunicar al órgano instructor, en tres días hábiles, la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad.
Documentación que piden
- Solicitud mediante el trámite telemático de la Sede Electrónica, firmada con Autofirma
- Anexo 2: Memoria justificativa de las actividades escolares realizadas
- Anexo 3: Memoria económica en formato hoja de cálculo y PDF
- Anexo 4: Relación de facturas justificantes de los gastos (obligatorio si solicitas un importe superior a 6.000 €)
- Anexo 5: Declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios
- Federaciones y confederaciones: lista de los asociados que las integran
- Federaciones y confederaciones: certificado del secretario que acredite que los asociados están al corriente del pago de las cuotas
- Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (solo si deniegas la autorización de consulta de oficio o te opones)
- Certificado del Registro de Asocioaciones en el que conste la representación y copia del resguardo de la solicitud del certificado digital (solo si el certificado digital del representante legal se está tramitando)
- Documentos justificativos de los gastos de funcionamiento (obligatorio para quienes soliciten más de 6.000 €)