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CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS E INSTALACIÓN DE ASCENSORES 2026

Convoca PICANYA

Para qué es

Financiar actuaciones de eliminación de barreras arquitectónicas y de instalación de ascensores en los edificios del municipio de Picanya, para modernizar el parque edificado, mejorar la accesibilidad de las edificaciones más antiguas y garantizar el acceso a personas con movilidad reducida y personas mayores.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Orden de entrada de la solicitudNo hay baremo de puntuación: la prioridad se decide por la fecha en que registras la solicitud, así que interesa presentarla cuanto antes (el crédito máximo es de 40.000 €, ampliable al alza si hay más demanda).Prioridad por fecha de entrada de la solicitud

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes pedirla si el edificio está en el municipio de Picanya: las beneficiarias son las comunidades de propietarios radicadas en Picanya (y viviendas unifamiliares solo para salvaescaleras/elevadores o reparación de ascensor afectado por la DANA).
  • El edificio tiene que ser de tipología residencial colectiva: las viviendas unifamiliares quedan excluidas salvo para instalar sillas elevadoras o elevadores.
  • El edificio tiene que estar finalizado antes de 1997, salvo si lo que instalas es un salvaescaleras o elevador.
  • Al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda y al menos el 70 % de las viviendas ser domicilio habitual de sus propietarios o usuarios.
  • Para instalar ascensor necesitas el acuerdo de la comunidad de propietarios y sumar como mínimo ocho viviendas (excepcionalmente menos si habitan personas con movilidad reducida y/o mayores de 65 años).
  • Necesitas el Informe de Evaluación del Edificio suscrito por técnico competente, salvo si se trata de un salvaescaleras o elevador.
  • El plazo de presentación termina el 30 de noviembre de 2026.
  • Si eres persona jurídica, la solicitud solo se admite por vía telemática a través de la Sede electrónica municipal.
  • Si pides la reparación excepcional de ascensor dañado por la DANA del 29 de octubre de 2024, no puedes haber accedido a las anteriores convocatorias ni haber recibido subvención de otra administración pública.

Requisitos

  • Ser una comunidad de propietarios radicada en el municipio de Picanya; las viviendas unifamiliares solo pueden pedirla para salvaescaleras o elevadores, o para reparación del ascensor afectado por la DANA.
  • El edificio debe ser de tipología residencial colectiva y estar en Picanya (excepto sillas elevadoras o elevadores, que también admiten unifamiliares).
  • El edificio debe estar finalizado antes de 1997, salvo instalación de salvaescaleras o elevadores.
  • Al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda.
  • Al menos el 70 % de las viviendas debe ser el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios.
  • El edificio debe contar con el Informe de Evaluación del Edificio, cumplimentado y suscrito por técnico competente (no se exige para salvaescaleras o elevador).
  • Para instalar ascensor necesitas acuerdo de la comunidad de propietarios y un mínimo de ocho viviendas.
  • Debes aportar proyecto o memoria suscrita por técnico competente que justifique la adecuación al Código Técnico de la Edificación (no se exige para salvaescaleras o elevadores).
  • Debes destinar el importe íntegro de la ayuda al pago de las actuaciones.
  • Excepcionalmente se admiten edificios que no cumplen las condiciones anteriores si están habitados por al menos un 50 % de personas mayores de 65 años o incluyen alguna persona con discapacidad severa.

Documentación que piden

  • Instancia de solicitud del Ayuntamiento de Picanya
  • Comunidades de propietarios: DNI o NIE del representante legal de la Comunidad
  • Comunidades de propietarios: acreditación de la representación mediante fotocopia del acta donde se le otorga la representación
  • Comunidades de propietarios: CIF de la Comunidad de Propietarios
  • Comunidades de propietarios: acuerdo de la Comunidad de Vecinos donde se solicita la concesión de la subvención
  • Declaración responsable de no concurrencia de subvenciones para el mismo objeto y en el importe concurrente
  • Comunidades de propietarios: ficha de mantenimiento de terceros con el número de cuenta o certificado de titularidad de la cuenta
  • Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social
  • Proyecto o Memoria de la actuación a realizar
  • Presupuesto de la actuación a realizar
  • Viviendas unifamiliares: DNI de la persona propietaria y, en su caso, acreditación de la representación (anexo I)
  • Viviendas unifamiliares: certificado de titularidad de la cuenta
  • Viviendas unifamiliares: presupuesto de la actuación a realizar o factura acreditativa del gasto o inversión realizada
  • Informe de Evaluación del Edificio (salvo salvaescaleras o elevador)
  • En reparaciones de ascensor por la DANA: declaración responsable de no haber recibido subvención de ninguna otra administración pública
  • Para el abono: facturas acreditativas del gasto o inversión realizada
  • Para el abono: certificado de completa ejecución de la instalación firmado por la empresa instaladora y el propietario o presidente de la comunidad, o certificado final de obra del facultativo competente

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