CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS E INSTALACIÓN DE ASCENSORES 2026
Convoca PICANYA
Para qué es
Financiar actuaciones de eliminación de barreras arquitectónicas y de instalación de ascensores en los edificios del municipio de Picanya, para modernizar el parque edificado, mejorar la accesibilidad de las edificaciones más antiguas y garantizar el acceso a personas con movilidad reducida y personas mayores.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Orden de entrada de la solicitudNo hay baremo de puntuación: la prioridad se decide por la fecha en que registras la solicitud, así que interesa presentarla cuanto antes (el crédito máximo es de 40.000 €, ampliable al alza si hay más demanda).Prioridad por fecha de entrada de la solicitud
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes pedirla si el edificio está en el municipio de Picanya: las beneficiarias son las comunidades de propietarios radicadas en Picanya (y viviendas unifamiliares solo para salvaescaleras/elevadores o reparación de ascensor afectado por la DANA).
- El edificio tiene que ser de tipología residencial colectiva: las viviendas unifamiliares quedan excluidas salvo para instalar sillas elevadoras o elevadores.
- El edificio tiene que estar finalizado antes de 1997, salvo si lo que instalas es un salvaescaleras o elevador.
- Al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda y al menos el 70 % de las viviendas ser domicilio habitual de sus propietarios o usuarios.
- Para instalar ascensor necesitas el acuerdo de la comunidad de propietarios y sumar como mínimo ocho viviendas (excepcionalmente menos si habitan personas con movilidad reducida y/o mayores de 65 años).
- Necesitas el Informe de Evaluación del Edificio suscrito por técnico competente, salvo si se trata de un salvaescaleras o elevador.
- El plazo de presentación termina el 30 de noviembre de 2026.
- Si eres persona jurídica, la solicitud solo se admite por vía telemática a través de la Sede electrónica municipal.
- Si pides la reparación excepcional de ascensor dañado por la DANA del 29 de octubre de 2024, no puedes haber accedido a las anteriores convocatorias ni haber recibido subvención de otra administración pública.
Requisitos
- Ser una comunidad de propietarios radicada en el municipio de Picanya; las viviendas unifamiliares solo pueden pedirla para salvaescaleras o elevadores, o para reparación del ascensor afectado por la DANA.
- El edificio debe ser de tipología residencial colectiva y estar en Picanya (excepto sillas elevadoras o elevadores, que también admiten unifamiliares).
- El edificio debe estar finalizado antes de 1997, salvo instalación de salvaescaleras o elevadores.
- Al menos el 70 % de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda.
- Al menos el 70 % de las viviendas debe ser el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios.
- El edificio debe contar con el Informe de Evaluación del Edificio, cumplimentado y suscrito por técnico competente (no se exige para salvaescaleras o elevador).
- Para instalar ascensor necesitas acuerdo de la comunidad de propietarios y un mínimo de ocho viviendas.
- Debes aportar proyecto o memoria suscrita por técnico competente que justifique la adecuación al Código Técnico de la Edificación (no se exige para salvaescaleras o elevadores).
- Debes destinar el importe íntegro de la ayuda al pago de las actuaciones.
- Excepcionalmente se admiten edificios que no cumplen las condiciones anteriores si están habitados por al menos un 50 % de personas mayores de 65 años o incluyen alguna persona con discapacidad severa.
Documentación que piden
- Instancia de solicitud del Ayuntamiento de Picanya
- Comunidades de propietarios: DNI o NIE del representante legal de la Comunidad
- Comunidades de propietarios: acreditación de la representación mediante fotocopia del acta donde se le otorga la representación
- Comunidades de propietarios: CIF de la Comunidad de Propietarios
- Comunidades de propietarios: acuerdo de la Comunidad de Vecinos donde se solicita la concesión de la subvención
- Declaración responsable de no concurrencia de subvenciones para el mismo objeto y en el importe concurrente
- Comunidades de propietarios: ficha de mantenimiento de terceros con el número de cuenta o certificado de titularidad de la cuenta
- Declaración responsable de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social
- Proyecto o Memoria de la actuación a realizar
- Presupuesto de la actuación a realizar
- Viviendas unifamiliares: DNI de la persona propietaria y, en su caso, acreditación de la representación (anexo I)
- Viviendas unifamiliares: certificado de titularidad de la cuenta
- Viviendas unifamiliares: presupuesto de la actuación a realizar o factura acreditativa del gasto o inversión realizada
- Informe de Evaluación del Edificio (salvo salvaescaleras o elevador)
- En reparaciones de ascensor por la DANA: declaración responsable de no haber recibido subvención de ninguna otra administración pública
- Para el abono: facturas acreditativas del gasto o inversión realizada
- Para el abono: certificado de completa ejecución de la instalación firmado por la empresa instaladora y el propietario o presidente de la comunidad, o certificado final de obra del facultativo competente