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Convocatoria de concesión subvenciones PIIIL 2026 FSE+ Canarias 2021-2027

Convoca CANARIAS

Para qué es

Financiar Proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral (PIIIL) ejecutados por fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro en Canarias, para mejorar la empleabilidad y la inserción laboral estable de personas desempleadas con especiales dificultades de apoyo o de inserción laboral pertenecientes a tres colectivos: personas en exclusión social o riesgo de padecerla, personas inmigrantes y personas con discapacidad. La actuación se cofinancia al 85% por el Programa FSE+ Canarias 2021-2027 y el crédito de la convocatoria 2026 es de 8.500.000,00 euros.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Valoración de la entidad beneficiaria solicitantePuntúa las características y capacidad de la entidad solicitante. El desglose concreto está en el Anexo "Criterios de Valoración" de la Orden de Bases Reguladoras de los PIIIL, no en esta convocatoria.35 puntos
  2. Valoración del PIIIL presentadoPuntúa el proyecto de itinerario integrado presentado. Es el apartado eliminatorio: hay que alcanzar 25 puntos o más. El desglose está en el Anexo "Criterios de Valoración" de la Orden de Bases Reguladoras.50 puntos
  3. C4 Calidad del proyecto determinada por su claridad (criterio de desempate)Se aplica cuando hay empate entre proyectos al límite del crédito disponible: se elige el PIIIL con más puntuación en este criterio dentro del apartado "Valoración del PIIIL presentado".criterio de desempate, sin puntuación propia en la convocatoria
  4. C8 Adaptaciones del contenido de las especialidades presentadas al colectivo (criterio de desempate)Segundo desempate: se elige el PIIIL de la entidad con más puntuación en este criterio, es decir, el que mejor adapta los contenidos formativos al colectivo destinatario.segundo criterio de desempate, sin puntuación propia en la convocatoria

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden presentarse fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro: cualquier otra forma jurídica queda fuera de entrada.
  • Tienes que actuar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • El plazo es muy corto: 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
  • La solicitud se presenta obligatoriamente por la sede electrónica del Gobierno de Canarias (procedimiento 6752); no vale otra vía.
  • Si tu proyecto no saca al menos 25 puntos en el apartado "Valoración del PIIIL presentado" (de 50), no puede ser subvencionado aunque haya crédito.
  • Solo se valoran las solicitudes que cumplan los requisitos de la Orden de Bases Reguladoras y de la convocatoria: los incumplimientos no se puntúan, se excluyen.
  • No puedes obtener la subvención si concurre alguna circunstancia del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 (deudas, sanciones, etc.) o si no estás al corriente con Seguridad Social, AEAT y Agencia Tributaria Canaria.
  • Cada PIIIL debe tener el número de participantes fijado: 10 a 15 personas en exclusión social o inmigrantes, y 10 a 12 personas con discapacidad.
  • Más del 55% de las personas participantes han de ser mujeres, y ese porcentaje debe mantenerse desde el inicio hasta el fin del PIIIL.
  • Las personas participantes deben constar desempleadas e inscritas en las oficinas de empleo del SCE.
  • El personal formador debe estar acreditado por el SCE antes del inicio del PIIIL.
  • El personal contratado trabaja en exclusividad para un único PIIIL: si te conceden varios, no puedes compartir personal entre ellos.
  • La tramitación es de urgencia: los plazos de requerimiento se reducen a la mitad (5 días para subsanar).
  • Estás obligada a usar la aplicación SISPECAN para la gestión, seguimiento y justificación de la oferta formativa.

Requisitos

  • Ser fundación o asociación sin ánimo de lucro que cumpla los requisitos de las bases reguladoras Sexta y Vigésima segunda de la Orden de Bases Reguladoras de los PIIIL.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Desarrollar el proyecto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria Estatal y la Agencia Tributaria Canaria, y al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones (el SCE lo comprueba de oficio).
  • Dirigir el proyecto a personas que consten desempleadas e inscritas en las oficinas de empleo del SCE y pertenezcan a uno de los tres colectivos (exclusión social o riesgo, inmigrantes, discapacidad).
  • Garantizar que más del 55% de las personas participantes sean mujeres, manteniendo la proporción desde el inicio hasta la finalización del PIIIL; si no se alcanza, hay que emitir informe con las causas.
  • Respetar el número mínimo y máximo de participantes por colectivo: 10 a 15 en exclusión social o inmigrantes; 10 a 12 en discapacidad.
  • Contar con personal formador acreditado por el SCE antes del inicio del PIIIL.
  • Seleccionar y contratar los cuatro perfiles exigidos (coordinación/tutoría dual, orientación/mediación, formador/a y apoyo) presentando oferta de empleo en la oficina de empleo correspondiente.
  • Contratar al personal en régimen de exclusividad para un único PIIIL, sin simultaneidad si te conceden más de un proyecto.
  • Presentar la solicitud exclusivamente por la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en el procedimiento habilitado.
  • Obtener al menos 25 puntos en el apartado "Valoración del PIIIL presentado" para que la solicitud sea susceptible de subvención.
  • Utilizar la aplicación SISPECAN como soporte informático para la gestión administrativa, seguimiento y justificación de la oferta formativa.
  • Someterse a las actuaciones de control en materia de transparencia del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
  • Cumplir las obligaciones de visibilidad, comunicación, información y publicidad de la cofinanciación del FSE+ Canarias 2021-2027 en todos los documentos y actividades de difusión.

Documentación que piden

  • Formulario de solicitud de subvención disponible en el procedimiento de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (procedimiento 6752)
  • Documentación exigida en las bases reguladoras Vigésima cuarta y Vigésima quinta de la Orden de Bases Reguladoras de los PIIIL
  • Indicación del orden de prioridad de los PIIIL presentados en la solicitud (se usa para resolver empates)
  • Solicitud de abono anticipado mediante el formulario "Solicitud de abono anticipado" en el plazo que fije la resolución de concesión
  • Informes sociales de las personas participantes emitidos por profesionales colegiadas en Trabajo Social (fase de declaración del gasto)
  • Declaración responsable de la persona participante y del personal vinculado al PIIIL, con comunicación de la cofinanciación del FSE+
  • Formulario "Declaración de comunicación de la cofinanciación" por el FSE+
  • Acuerdo/Convenio de colaboración para el desarrollo de la formación en empresa/s u organismo equiparado
  • Documentación justificativa de la realización de la actividad y verificación de logros prevista en la base reguladora Trigésima Tercera

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