CONVOCATORIA DE LA SUBVENCION APOYO A LA CREACION 2026
Convoca DIPUTACIÓN PROV. DE CÓRDOBA
Para qué es
Financiar proyectos, actividades y actuaciones de cualificación artística y técnica, perfeccionamiento en la formación y producción de trabajos creativos en el ámbito de las Artes Plásticas y Visuales, presentados de forma individual o colectiva, y ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, en el marco de la Fundación Provincial de Artes Plásticas "Rafael Botí" (Diputación de Córdoba).
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Contemporaneidad, innovación creativa y experimentación técnicaQue el proyecto se sitúe en un planteamiento contemporáneo y demuestre innovación creativa y experimentación técnica.5 puntos
- Calidad artística o formativa (originalidad, singularidad y profesionalidad)Demostrar el nivel artístico o formativo del proyecto y del solicitante en términos de originalidad, singularidad y profesionalidad (el currículum aportado es clave).6 puntos
- Aportación a la cultura contemporánea en la provincia de Córdoba y proyección exteriorExplicar qué aporta el proyecto al panorama cultural contemporáneo cordobés y cómo se proyecta fuera de la provincia. Es además el criterio de desempate.5 puntos
- Aportación propia a la financiación o colaboración con otras institucionesCuantificar tu aportación económica al proyecto o acreditar la participación colaborativa de otras instituciones o entidades públicas o privadas.4 puntos
- Subvenciones recibidas de la Fundación en los tres últimos añosSe otorga automáticamente: 1 punto si no has obtenido ninguna subvención en los tres últimos años, 0,5 puntos si has obtenido una o dos, y 0 puntos si has obtenido tres.1 puntos
- Concurrir por primera vez a la convocatoriaSer solicitante nuevo en esta convocatoria; en ese caso no se aplica el criterio 5.1 de subvenciones previas.1 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas ser natural de la provincia de Córdoba o residente en ella (empadronamiento o permiso de residencia); si eres asociación o entidad cultural, al menos alguno de sus miembros debe cumplirlo: "Los solicitantes deberán ser naturales de la provincia de Córdoba o residentes en la misma".
- Si eres asociación, tienes que estar inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones y acreditarlo con la fotocopia de la inscripción.
- Tienes que estar al corriente con la Fundación Rafael Botí y no tener pendiente de justificación subvenciones concedidas anteriormente.
- Solo puedes presentar un proyecto por solicitante: si presentas más, no se admiten.
- Hay nota de corte: si no llegas a 11 de los 21 puntos posibles, no obtienes la ayuda aunque quede presupuesto.
- Quedan excluidas las actividades docentes previstas en los planes de enseñanza vigentes y los equipamientos, así como lo que pueda acogerse a otra convocatoria anual de la Fundación o de la Diputación de Córdoba.
- Si eres persona jurídica, solo puedes presentar la solicitud por el Registro Electrónico de la Fundación (no vale el registro físico).
- La subvención no puede superar el 60 % de tu presupuesto total ni el 6 % del presupuesto de la convocatoria (70.000 €): ajusta la cuantía solicitada.
- Si no comunicas la aceptación de la subvención en el plazo de diez días desde la publicación de la resolución definitiva, se archiva tu solicitud y se te considera desistido.
- Si no subsanas en 10 días tras el anuncio en el Tablón de Edictos de la sede electrónica, se te tiene por desistido: vigila el tablón porque todas las notificaciones se hacen por ahí.
Requisitos
- Ser persona física, gestor cultural, asociación o entidad cultural privada con personalidad jurídica legalmente constituida, individualmente o en grupo.
- Acreditar documentalmente el nacimiento o la residencia en Córdoba o su provincia (empadronamiento o permiso de residencia); en asociaciones y entidades, de alguno de sus miembros.
- Ser natural de la provincia de Córdoba o residente en la misma, acreditable por cualquier medio admitido en Derecho.
- Estar inscrita en el correspondiente Registro de Asociaciones.
- Estar al corriente de obligaciones con la Fundación Rafael Botí y no tener pendiente de justificación subvenciones anteriores.
- Estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Diputación de Córdoba y la Seguridad Social, acreditado mediante declaración responsable incluida en el formulario electrónico.
- No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Que el proyecto desarrolle actividades relacionadas con las artes plásticas y/o visuales de los ámbitos de la Base Primera.
- Presentar un único proyecto por solicitante.
- Alcanzar la puntuación mínima de 11 puntos sobre 21.
- Comunicar la aceptación de la subvención en el plazo de diez días tras la publicación de la resolución definitiva.
- Incluir los logotipos de la Diputación de Córdoba y de la Fundación en toda la publicidad y difundir el proyecto en web y redes sociales: se comprueba en la justificación y condiciona el pago.
Documentación que piden
- Solicitud de subvención con declaración responsable (Anexo I), cumplimentada en Sede Electrónica
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia del acta de elección del solicitante como representante legal o documento que lo acredite fehacientemente
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia del CIF de la asociación o entidad cultural solicitante
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia de los Estatutos
- Asociaciones y entidades culturales: fotocopia de la inscripción en el Registro de Asociaciones
- Personas jurídicas: fotocopia de la Escritura de Constitución o Estatutos de la Sociedad, inscripción en el registro mercantil y código de identificación fiscal
- Proyecto completo y detallado de la actividad, indicando su temporalización
- Presupuesto desglosado de gastos e ingresos de la actividad
- Declaración responsable de reunir los requisitos y de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario (Anexo I)
- Certificación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria, firmada y sellada por la entidad financiera (Anexo II)
- Documento de aceptación de la subvención (Anexo III), tras la resolución definitiva
- Certificados de estar al corriente con la AEAT y la Seguridad Social, solo si rechazas la consulta de verificación de datos