Convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva dentro del Programa Futuro para el año 2026
Convoca SANT BOI DE LLOBREGAT
Para qué es
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos de personas emprendedoras, empresas y comercios de Sant Boi de Llobregat dentro del Programa #Futur, en dos líneas: puesta en marcha de nuevas actividades económicas en el municipio y actuaciones de mejora en la empresa o el comercio (accesibilidad, transición ecológica, innovación tecnológica y adaptación a nuevos modelos de negocio), desarrollados y facturados entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de octubre de 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Línea 1 — Tipo de actividadPuntúa según el tipo de actividad: 10 puntos empresas afectadas por obras de más de 6 meses en su tramo de calle desde 2024, 8 parada de mercado municipal, 5 comercio al detalle, 3 empresas de servicios y 2 otros.10 puntos
- Línea 1 — Asesoramiento e información en el Departamento de Promoción de la Empresa y el ComercioPuntúa haber pasado por el servicio municipal: 10 puntos si has hecho el curso de la Escuela de Oficios de Mercados, 8 si has recibido asesoramiento y elaborado un Plan de Empresa previo a la solicitud, 5 si recibiste asesoramiento sin acabar el Plan de Empresa.10 puntos
- Línea 1 — Contratación de empresas proveedoras localesPuntúa el importe contratado a proveedores locales: 2 puntos de 501 a 1.000 €, 4 de 1.001 a 3.000 €, 6 de 3.001 a 5.000 €, 8 de 5.001 a 10.000 € y 10 puntos más de 10.000 €.10 puntos
- Línea 1 — Otros (conciliación, asociacionismo y arbitraje de consumo)4 puntos por garantizar medidas concretas de conciliación (horarios flexibles, teletrabajo, reducción de jornada), 4 puntos por pertenecer a una asociación de comerciantes o empresarios y 2 puntos por estar adherido a la Junta Arbitral de Consumo.10 puntos
- Línea 2 — Tipo de actividadMismo baremo que en la Línea 1: 10 puntos empresas afectadas por obras en su calle, 8 parada de mercado municipal, 5 comercio al detalle, 3 empresas de servicios y 2 otros.10 puntos
- Línea 2 — Contratación de empresas proveedoras localesPuntúa el importe contratado a proveedores locales, por tramos, desde 2 puntos (501-1.000 €) hasta 10 puntos (más de 10.000 €).10 puntos
- Línea 2 — No haber sido beneficiario/a de anteriores ediciones del programa Futur10 puntos si eres nuevo solicitante del programa Futur; 0 puntos si ya fuiste beneficiario en otras convocatorias.10 puntos
- Línea 2 — Otros (conciliación, asociacionismo y arbitraje de consumo)4 puntos por medidas concretas de conciliación, 4 puntos por pertenecer a una asociación de comerciantes o empresarios y 2 puntos por estar adherido a la Junta Arbitral de Consumo.10 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas tener sede fiscal y desarrollar la actividad en Sant Boi de Llobregat: si no, quedas fuera.
- Si fuiste beneficiario/a de la primera convocatoria del programa, no puedes presentar solicitud en esta segunda convocatoria.
- Solo puedes pedir una de las dos líneas: la Línea 1 y la Línea 2 no son compatibles entre sí.
- Si eres empresa, en el último ejercicio fiscal tienes que haber ocupado menos de 10 personas y no superar los 2 millones de euros de volumen de negocio o balance anual.
- Tienes que estar dada de alta en RETA (o régimen asimilable) y disponer de la Declaración Censal de inicio de actividad (modelo 036, 037 o PAE DUE) con anterioridad a la fecha de solicitud.
- Necesitas la habilitación municipal para ejercer la actividad (comunicación o licencia) en la fecha de solicitud; en paradas de mercado municipal, la concesión o autorización correspondiente.
- El gasto que presentes tiene que ser de al menos 500 euros (IVA no incluido).
- No se admiten tickets de compra ni pagos en efectivo, y el máximo es de 20 facturas y/o recibos.
- Tienes que estar al corriente con el Ayuntamiento de Sant Boi, la Generalitat, el Estado y la Seguridad Social, y no incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- La solicitud se presenta de forma telemática en la Sede electrónica hasta el 31 de octubre de 2026.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica titular de una actividad económica (empresarial o comercial) ubicada en Sant Boi de Llobregat
- Estar dada de alta en el RETA o régimen asimilable con anterioridad a la fecha de solicitud
- Si eres empresa: estar legalmente constituida, haber ocupado menos de 10 personas en el último ejercicio fiscal y no superar los 2 millones de euros de volumen de negocio o balance anual
- Tener sede fiscal y desarrollar la actividad en Sant Boi de Llobregat
- Disponer de la Declaración Censal de Hacienda de inicio de actividad anterior a la fecha de solicitud
- Disponer de la habilitación para ejercer la actividad (comunicación o licencia) en la fecha de solicitud; en paradas de mercado municipal, la concesión o autorización municipal
- No incurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, la Generalitat, el Estado y con la Seguridad Social
- No haber sido beneficiario/a de la primera convocatoria del programa
- Solicitar una sola línea de actuación
- Si eres persona jurídica, nombrar un representante o apoderado con poderes suficientes y acreditarlo
- Presentar la solicitud de forma telemática en la Sede electrónica
Documentación que piden
- Instancia/modelo normalizado de solicitud de subvención cumplimentado y firmado por la persona interesada o el representante legal
- Anexo 1 – Certificación de la relación de facturas presentadas
- Todas las facturas y justificantes de pago, en un único documento (máximo 20 facturas y/o recibos, sin tickets ni pagos en efectivo)
- Documentación acreditativa del representante o apoderado, si eres persona jurídica