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GanaSubvenciones

Convocatoria de subvenciones de fomento de las Prácticas no laborales en la Región de Murcia, para jóvenes beneficiarios del SNGJ de 2026. Reg. UE 717/2014.

Convoca REGIÓN DE MURCIA

Para qué es

Fomentar las prácticas no laborales reguladas por el Real Decreto 1543/2011 en empresas y personas autónomas de la Región de Murcia, realizadas por jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante subvenciones del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) para el ejercicio 2026, con un crédito de 250.000,00 euros y un crédito adicional estimado de 100.000,00 euros.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración: régimen de concurrencia no competitiva; «sin que sea necesario establecer la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas», concediéndose «según el orden de entrada de las solicitudes».

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • El centro de trabajo para el que se realice la actividad tiene que estar en la Región de Murcia.
  • Antes de pedir la ayuda tienes que haber firmado un convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación (art. 4 del RD 1543/2011): sin convenio previo no puedes acogerte.
  • No puedes presentarte si formas parte del sector público en los términos del artículo 3 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
  • Si eres entidad sin ánimo de lucro, tienes que aportar documento fiscal que acredite que realizas actividad económica de forma regular: la ayuda se dirige a empresas y autónomos.
  • El acuerdo de prácticas con la persona joven no puede ser inferior a 6 meses y la beca de apoyo no puede ser inferior al 110 % del IPREM mensual vigente, y debe constar desde el inicio del acuerdo.
  • La persona joven debe estar inscrita como beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el momento del acuerdo de prácticas.
  • Tienes un plazo individualizado de un mes desde la fecha de alta en Seguridad Social por el inicio de las prácticas; fuera del plazo general (hasta el 15 de octubre de 2026) las solicitudes se inadmiten a trámite.
  • Se concede por orden de entrada de las solicitudes hasta agotar el crédito: presentar pronto es decisivo, no hay comparación entre solicitudes.
  • Quedan excluidas las prácticas con personas que hayan prestado servicios en la misma empresa, empresas vinculadas o grupo de empresas en los 12 meses anteriores mediante contrato indefinido.
  • Quedan excluidas las prácticas con cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado del empresario o de quienes tengan el control empresarial.
  • Si en el momento de redactarse la propuesta de resolución no mantienes en plantilla a la persona por la que solicitaste la ayuda, se te excluye.
  • Máximo 5 subvenciones por línea y 10 en el conjunto de todas las líneas con cargo al ejercicio 2026.
  • La ayuda es incompatible con cualesquiera otras para la misma finalidad, salvo bonificaciones o reducciones de cuotas a la Seguridad Social.
  • La ayuda está sometida al régimen de minimis: tienes que declarar las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores.
  • Solo se puede presentar por medios electrónicos, con firma electrónica, en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 1203).

Requisitos

  • Ser empresa o persona trabajadora autónoma con el centro de trabajo para el que se realiza la actividad subvencionada en la Región de Murcia
  • No formar parte del sector público
  • Tener firmado previamente un convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Regional
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la AEAT
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones
  • Asumir el compromiso de cumplir el apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia
  • Tener acuerdo suscrito con la persona que realiza las prácticas, presentado en la Oficina de Empleo, con la duración y la beca de apoyo (no inferior al 110 % del IPREM mensual)
  • El acuerdo de prácticas debe tener una duración mínima de 6 meses y beca no inferior al 110 % del IPREM mensual vigente
  • La persona joven debe estar inscrita como beneficiaria en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en el momento del acuerdo
  • Si eres entidad sin ánimo de lucro, acreditar mediante documento fiscal que realizas actividad económica de forma regular
  • Mantener las prácticas no laborales durante 6 meses (180 días) desde el alta en Seguridad Social de la persona en prácticas
  • No superar, con esta y otras ayudas para la misma finalidad, el coste de la actividad ni el límite de la norma de minimis
  • Presentar la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 1203) con firma electrónica

Documentación que piden

  • Modelo único de instancia (solicitud) del procedimiento 1203 dirigido a la Directora General del SEF
  • Tarjeta del NIF de la empresa/autónomo solicitante que efectúa las prácticas (en Comunidad de Bienes o Sociedad Civil, NIF de la Comunidad, autorización de acceso a datos de cada miembro y copia del documento constitutivo)
  • Certificado de la entidad bancaria o documento con los 24 dígitos del IBAN, titularidad y NIF, correspondiente a la empresa/autónomo contratante
  • Declaración responsable de haber obtenido o no otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad y de las ayudas de minimis recibidas en los tres años anteriores
  • Declaración responsable de reunir los requisitos para obtener la subvención
  • Declaración responsable de la autenticidad de los documentos que acompañan a la solicitud
  • Declaración responsable de no encontrarse en los supuestos de exclusión del artículo 5 de la Orden de bases
  • Declaración responsable de que la persona en prácticas no tiene relación de parentesco por afinidad o consanguinidad hasta el segundo grado
  • Declaración responsable de no hallarse incursa en los supuestos del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003
  • Declaración responsable de asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta
  • En el caso de entidades sin ánimo de lucro, documento fiscal que acredite que realiza actividad económica de forma regular
  • En su caso, acreditación de la representación conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015
  • Autorización de la entidad solicitante para el acceso a sus datos personales
  • Autorización de la persona que realiza las prácticas no laborales para el acceso a datos personales (Anexo III)
  • Copia del permiso de trabajo y residencia si la persona en prácticas es extranjera no comunitaria
  • Si hay oposición expresa o no autorización al acceso a datos: certificación de la AEAT de estar al corriente de obligaciones tributarias
  • Si hay oposición expresa o no autorización al acceso a datos: certificación de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia de estar al corriente con la Hacienda Regional
  • Si hay oposición expresa o no autorización al acceso a datos: certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente
  • Si hay oposición expresa o no autorización al acceso a datos: certificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de no superar el límite de minimis
  • Si hay oposición expresa o no autorización al acceso a datos: certificación del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas
  • Si hay oposición expresa de la persona trabajadora: copia del DNI/NIE, informe de vida laboral y documento acreditativo de estar incluido en la lista única de Garantía Juvenil

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