CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y/O ENTIDADES DE GETAFE PARA EL IMPULSO Y FORTALECIMIENTO DEL ASOCIACIONISMO DE GETAFE CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2026
Convoca GETAFE
Para qué es
Apoyar, en régimen de concurrencia competitiva, proyectos y actividades de asociaciones sin ánimo de lucro de Getafe que fomenten el fortalecimiento, la renovación y el impulso del tejido asociativo local como herramienta de participación ciudadana, construcción de comunidad, defensa de valores democráticos y reducción de desigualdades.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Representatividad: número de personas socias (criterios de entidad)Se comprueba de oficio en el Registro Municipal. Curiosamente puntúa más el tramo intermedio-bajo: de 10 a 49 socios 4 puntos, de 50 a 99 3 puntos, de 100 a 199 2 puntos, menos de 10 o más de 200 socios 1 punto.4 puntos
- Antigüedad de la asociación (criterios de entidad)Se comprueba de oficio por la fecha de inscripción en el Registro Municipal: de 1 a 5 años 4 puntos, de 6 a 10 años 3 puntos, de 11 a 19 años 2 puntos, menos de 1 año o más de 20 años 1 punto.4 puntos
- Capacidad económica de la entidad (criterios de entidad)Se valora el presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal: 0,25 puntos por cada 500 euros de presupuesto anual, con un máximo de 2 puntos; presupuestos inferiores a 500 euros, 0,25 puntos.2 puntos
- Calidad técnica y viabilidad del proyectoQue el proyecto demuestre análisis de las necesidades detectadas, planificación, temporalidad, adecuación metodológica, idoneidad y procedimientos de coordinación y autoevaluación.25 puntos
- Eficacia y eficienciaQue los objetivos sean pertinentes, que los recursos económicos y personales asignados concuerden con los objetivos generales y específicos y que haya colaboración con otras entidades para potenciar las acciones.25 puntos
- Participación comunitaria y número de destinatariosEs el criterio de mayor peso: mide cualitativa y cuantitativamente el grado de implicación de la ciudadanía en el proyecto y los destinatarios directos.40 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, con los datos actualizados, ya en el momento en que se abra el plazo de solicitudes
- Solo pueden pedirla asociaciones sin ánimo de lucro: la convocatoria se dirige a asociaciones que cumplan el artículo 13 de la Ley 38/2003
- El proyecto tiene que desarrollarse en el municipio de Getafe y encajar en una de las 7 líneas de actuación; si no, queda fuera
- No puedes tener deudas tributarias ni no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, la AEAT o la Seguridad Social: el requisito se comprueba a la finalización del plazo de presentación de instancias y el Órgano de Gestión Tributaria rechaza a las entidades deudoras
- No puedes tener deudas con el Ayuntamiento por reintegro de subvenciones en período ejecutivo
- Necesitas un mínimo de 50 puntos para ser beneficiaria; por debajo de esa puntuación no hay subvención
- Si no subsanas la documentación en 10 días se te tiene por desistida de la petición
- Quedan excluidas las actividades ordinarias o anuales de dinamización, las lúdicas, festivas o culturales no vinculadas al objeto, las campañas de difusión no integradas en un proceso estratégico y las encuestas o sondeos
Requisitos
- Ser asociación sin ánimo de lucro y cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
- Estar legalmente constituida e inscrita, con datos actualizados, en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas de Getafe al abrirse el plazo de solicitudes
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, la AEAT y la Seguridad Social
- No tener deudas con el Ayuntamiento por reintegro de subvenciones en período ejecutivo
- El proyecto o actividad debe desarrollarse en el municipio de Getafe y encuadrarse en una de las líneas de actuación
- Indicar expresamente en la solicitud la línea de subvención a la que corresponde el proyecto (y si abarca varias, la principal)
- Presentar la solicitud en la sede electrónica con certificado digital cualificado de representante de la entidad (salvo imposibilidad acreditada con declaración responsable)
- Obtener al menos 50 puntos en la valoración
- Si la subvención propuesta es igual o superior a 3.000 €, aportar en 10 días los certificados de la AEAT y de la Seguridad Social
Documentación que piden
- Solicitud según modelo Anexo I, con dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones
- Proyecto o actividad para el que se solicita subvención, indicando la línea, según modelo Anexo III, incluyendo el presupuesto firmado por el representante legal
- Certificado del representante legal acreditativo de la representación, de la composición de la Junta Directiva y de las características sustanciales de la entidad (Anexo IV)
- Declaración responsable del representante legal (Anexo V): no incurrir en las prohibiciones del art. 13.2 y 3 LGS, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento, e informar de otras ayudas solicitadas o concedidas
- Fotocopia del CIF/NIF de la entidad solicitante
- Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud
- Fotocopia de los Estatutos de la entidad
- Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal
- Ficha de comunicación de datos bancarios (TESCOMCC-Datos bancarios) si no se ha presentado antes
- Anexo II si se acoge a no presentar los documentos d, e, f y g por estar ya en poder del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas sin modificación
- Certificaciones de la AEAT y de la Seguridad Social, con posterioridad a la solicitud, cuando el importe a conceder supere/iguale los 3.000 €
- Declaración responsable de la imposibilidad de presentación telemática, si se presenta presencialmente