Convocatoria de subvenciones dirigidas a las ANPAS de los colegios públicos de primaria del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez para el desarrollo del programa "EU ALMORZO NO COLE 2026-2027"
Convoca PONTES DE GARCÍA RODRÍGUEZ, AS
Para qué es
Financiar en régimen de concurrencia competitiva el desarrollo del programa "Eu almorzo no cole" por parte de las ANPAS de los centros públicos de primaria de As Pontes de García Rodríguez, para dar respuesta a las necesidades socio-laborales de las familias y favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral en el curso 2026-2027.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Bases reguladoras específicas publicadas en el BOP número 161, del 25 de agosto de 2026.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes presentarte si eres una ANPA de un centro público de primaria del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez: ninguna otra entidad entra.
- Tienes que estar legalmente constituida, adaptada a la normativa vigente y carecer de finalidad de lucro.
- Tu proyecto tiene que cumplir el objeto íntegro de las bases (programa "Eu almorzo no cole"); si no, queda fuera.
- La solicitud es exclusivamente electrónica, por la sede electrónica del Ayuntamiento: una presentación en papel no vale.
- El plazo es muy corto: diez días desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.
- Las bases de valoración y la documentación están en el BOP nº 161 de 25 de agosto de 2026: este documento es solo el extracto y no las contiene.
Requisitos
- Ser una ANPA de un centro público de primaria del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez y solicitarlo en el momento de la convocatoria
- Estar legalmente constituida, adaptada a la normativa vigente y carecer de finalidad de lucro
- Que las acciones que desarrolles cumplan el objeto íntegro de estas bases
- Asumir las obligaciones del artículo 14 de la Ley General de Subvenciones
- Presentar la solicitud exclusivamente en formato electrónico a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
- Si acumulas otras ayudas, el total no puede superar el coste de la actividad justificada