Convocatoria de subvenciones dirigidas a las comarcas aragonesas, para la implementación de programas de fomento del bienestar emocional para la población joven, durante el año 2026.
Convoca ARAGÓN
Para qué es
Financiar a las comarcas aragonesas la puesta en marcha de programas de fomento del bienestar emocional de la población joven durante 2026, mediante asesorías psicológicas individualizadas y gratuitas y acciones de formación y divulgación, con atención especial al medio rural.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración puntuables en la convocatoria: se tramita por el «procedimiento simplificado de concurrencia competitiva recogido en el artículo 16.3 c) del texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón», con reparto según el apartado séptimo (cuantía máxima de 12.121,00 euros y, en su caso, prorrateo uniforme del presupuesto disponible); en lo demás se remite a la Orden CDS/1427/2021, de 21 de octubre, de bases reguladoras..
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla las comarcas aragonesas: si eres una asociación, fundación u otra entidad del tercer sector, no puedes presentarte como beneficiaria (podrías, en su caso, participar como entidad subcontratada por la comarca).
- Solo puedes presentar un proyecto por entidad solicitante.
- El proyecto tiene que ejecutarse dentro del territorio de la comarca solicitante y en Aragón.
- Las personas destinatarias han de ser jóvenes de entre 14 y 30 años, ambos incluidos.
- El asesoramiento tiene que prestarlo personal con Máster Universitario en Psicología General Sanitaria (o habilitación) y dado de alta en un Colegio Oficial de Psicólogos/as: sin ello no encaja el proyecto.
- Los talleres, la difusión y la divulgación no pueden superar el 10 % de la cuantía máxima subvencionable, es decir 1.200 euros.
- El proyecto debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026: no cabe imputar gastos fuera de ese periodo.
- Necesitas acreditar en el momento de la solicitud estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón y, en su caso, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado planes económico-financieros.
- Tienes veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón para presentar la solicitud, obligatoriamente por medios electrónicos.
- No puedes obtener la ayuda si estás incursa en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 o en sanciones por discriminación de género, LGTBI o memoria democrática.
Requisitos
- Ser una comarca aragonesa que vaya a realizar las actuaciones subvencionables previstas en la convocatoria.
- Presentar un único proyecto por entidad solicitante.
- Ejecutar el proyecto en Aragón, dentro del territorio de la comarca solicitante.
- Dirigir el proyecto a jóvenes de entre 14 y 30 años, ambos incluidos, como destinatarios finales.
- Realizar el proyecto entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026.
- El proyecto debe consistir en programas de asesoramiento en bienestar emocional individualizado y gratuito, con atención semanal a jóvenes en un espacio adecuado ubicado en la comarca.
- El asesoramiento debe prestarlo personal con Máster Universitario en Psicología General Sanitaria o habilitación equivalente.
- El personal que preste el asesoramiento debe estar dado de alta en un Colegio Oficial de Psicólogos/as.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes con la Comunidad Autónoma (salvo que la deuda sea menor que la subvención concedible).
- Acreditar en el momento de la solicitud estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado planes económico-financieros si procede.
- Presentar la solicitud por medios electrónicos, con el modelo generado por el Tramitador online y firmada electrónicamente por quien ostente la representación de la entidad.
Documentación que piden
- Solicitud en el modelo específico generado por el Tramitador online (procedimiento 11262), firmada electrónicamente
- Poder de representación del representante o Acta del Acuerdo del pleno con el nombramiento de la persona responsable de la entidad local, cuando la solicitud no se registre con el certificado electrónico de la comarca
- Presupuesto detallado de la actuación conforme al modelo específico disponible en la sede electrónica
- Comunicación de datos identificativos y número de cuenta corriente (ficha de terceros) si no constan en el fichero del Instituto Aragonés de la Juventud o han cambiado
- Declaración responsable incluida en el modelo de solicitud (no estar incursa en prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, veracidad de los datos, cumplimiento normativo en transparencia, igualdad, LGTBI, ambiental, memoria democrática y discapacidad, rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas y cualificación del personal psicólogo)
- Certificados de estar al corriente de pagos con AEAT, Comunidad Autónoma y Seguridad Social, solo si la entidad se opone a que el órgano gestor los consulte