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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE LAS MUJERES. FUNDACIÓN MUNICIPAL DE LA MUJER DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁDIZ 2026.

Convoca CÁDIZ

Para qué es

Financiar a asociaciones de mujeres y entidades sin ánimo de lucro con sede social en Cádiz que desarrollen acciones a favor de la promoción de la igualdad de las mujeres, bien mediante la realización de proyectos (Línea 1), bien para gastos de mantenimiento y/o funcionamiento de la entidad (Línea 2), en el ejercicio 2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Actuaciones del proyecto destinadas a la efectiva consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombresQue las actividades previstas contribuyan de forma real y efectiva a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.25 puntos
  2. Calidad del proyecto y su grado de concreción y definiciónObjetivos generales y específicos definidos, identificación de personas beneficiarias, organización espacio-temporal, recursos humanos, técnicos y materiales e indicadores concretos de evaluación de viabilidad.25 puntos
  3. Alcance social del proyectoAmplitud e impacto social del proyecto: número y perfil de personas destinatarias y repercusión en la ciudad.20 puntos
  4. Aportación de recursos propios de la entidadQue la entidad cofinancie el proyecto con recursos propios, desglosados en el presupuesto.10 puntos
  5. Coordinación con otras entidades y administraciones públicasTrabajo en red y colaboración acreditada con otras entidades y administraciones para desarrollar el proyecto.10 puntos
  6. Implantación local y representatividad en el sectorArraigo de la entidad en la ciudad, representatividad en su sector y número de personas afiliadas.5 puntos
  7. Experiencia de la entidad en actividades similaresTrayectoria acreditada de la entidad en actividades o programas parecidos al presentado.5 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes presentar UNA única solicitud por entidad: o para proyecto (Línea 1) o para gastos de mantenimiento y/o funcionamiento (Línea 2). Si presentas más de una, no se admitirá.
  • Necesitas sede social o local para la gestión administrativa o dirección del proyecto en el municipio de Cádiz, y/o que la subvención beneficie a población residente en Cádiz (hay excepciones tasadas que debe acordar la Alcaldía-Presidencia de la FMM).
  • Tus fines estatutarios tienen que coincidir con el objeto de la convocatoria (promoción de la igualdad de las mujeres); si no lo contemplas en estatutos, quedas fuera.
  • Tienes que estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social: si hay deudas anteriores al fin del plazo de solicitudes, la solicitud será desestimada.
  • No puedes ser deudora del Ayuntamiento de Cádiz ni de sus Organismos Autónomos por deuda de derecho público, ni tener pendiente reintegros de subvenciones municipales.
  • Tu solicitud no puede superar los 5.000 € pedidos; y no puede exceder de lo solicitado en el Anexo I.
  • Si pides la Línea 2 (mantenimiento), es imprescindible que no incluyas ningún porcentaje de gastos generales o costes indirectos en solicitudes de proyectos de la Línea 1.
  • Necesitas al menos 50 puntos en la valoración: por debajo de ese umbral no se atiende la solicitud.
  • Si no subsanas la documentación requerida en 10 días hábiles improrrogables, se te tiene por desistida y se archiva sin más trámite.
  • La solicitud debe presentarse de forma electrónica y firmada con certificado digital de la entidad; el plazo es de 15 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOP de Cádiz.
  • Es incompatible con cualquier otra subvención del Ayuntamiento de Cádiz para el mismo proyecto.
  • Las entidades sancionadas o condenadas por resolución administrativa o sentencia firme por prácticas laborales discriminatorias no serán subvencionadas.

Requisitos

  • Carecer de ánimo de lucro.
  • Estar constituida conforme a la normativa vigente e inscrita en el registro administrativo correspondiente; las asociaciones anteriores a la Ley 1/2002 deben tener los estatutos adaptados.
  • Tener fines estatutarios coincidentes con los del artículo 2 de la convocatoria (promoción de la igualdad de las mujeres).
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • No ser deudora del Ayuntamiento de Cádiz ni de sus Organismos Autónomos por deuda de derecho público.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones municipales anteriores.
  • Disponer de estructura y capacidad suficientes para ejecutar los proyectos y actividades propuestos.
  • No haber sido sancionada o condenada por resolución firme por alentar o tolerar prácticas laborales discriminatorias.
  • Tener sede social o local para la gestión administrativa o dirección del proyecto en el municipio de Cádiz, y/o que la subvención beneficie a población residente en Cádiz.
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
  • Presentar un proyecto que justifique la finalidad para la que se pide la financiación, sea cual sea la línea elegida.

Documentación que piden

  • Solicitud en impreso normalizado (ANEXO 1), firmada electrónicamente con certificado digital de la entidad
  • Memoria acreditativa de las actividades realizadas en el año 2025 por la Entidad solicitante (ANEXO 2), con importe de las subvenciones concedidas
  • Proyecto de la actividad para la que se solicita la subvención en modelo normalizado (ANEXO 3), con el ANEXO 4 cumplimentado
  • Copia de los Estatutos y relación actualizada mediante copia del libro de actas y certificación acreditativa de las personas integrantes de los órganos de gobierno y del número de personas socias
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante y fotocopia del CIF de la Entidad
  • Documento acreditativo de representación o apoderamiento de la persona solicitante
  • Declaración de reunir los requisitos para ser beneficiaria y de no estar incursa en las prohibiciones del art. 13.2 y 3 LGS (ANEXO 5)
  • Declaración responsable de subvenciones obtenidas para la misma finalidad (ANEXO 4)
  • Fotocopia del contrato de arrendamiento y del último recibo de renta abonado, cuando se incluyan gastos de alquiler de inmuebles
  • Certificación expresa, contratos de trabajo, nóminas y declaración responsable de no imputación, para el personal adscrito a servicios generales (Línea 2)

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