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GanaSubvenciones

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA INTERVENCIONES SOBRE BIENES INMUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE CANARIAS EN LANZAROTE Y LA GRACIOSA - EJERCICIO 2026

Convoca CABILDO INSULAR DE LANZAROTE

Para qué es

Financiar intervenciones (mantenimiento, conservación, restauración, consolidación, rehabilitación y reconstrucción) sobre bienes inmuebles de propiedad privada integrantes del Patrimonio Cultural de Canarias en la isla de Lanzarote y La Graciosa, para el ejercicio 2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Interés patrimonial del inmuebleDemostrar en la memoria el valor patrimonial del bien (catalogación, declaración BIC, valores acreditados), con referencia específica al criterio y motivación de la puntuación que consideres aplicable.20 puntos
  2. Repercusión o beneficio ambiental de la actuación en inmuebles patrimonialesJustificar el beneficio o repercusión ambiental que la intervención tendrá sobre el inmueble patrimonial.20 puntos
  3. Destino y funcionalidad de las edificaciones que se pretenden restaurarExplicar a qué uso se destinará la edificación restaurada y su funcionalidad.10 puntos
  4. Grado de conservación o restitución de valores patrimoniales del inmueble, con especial referencia al peligro de pérdidas irreparablesAcreditar el estado de conservación y la urgencia de la intervención, en especial el riesgo de pérdidas irreparables. Es el criterio de mayor peso y el primero para deshacer empates.30 puntos
  5. Alcance de la actuaciónDescribir la amplitud e integralidad de la intervención propuesta.20 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Quedan excluidas expresamente las Administraciones Públicas, las Fundaciones y las entidades civiles o religiosas: si eres una fundación, no puedes presentarte.
  • Tienes que ser propietario o titular de derechos reales sobre un inmueble catalogado, declarado Bien de Interés Cultural, con expediente incoado o con valores patrimoniales acreditados por el Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo.
  • Necesitas tener domicilio o sede social en Lanzarote o La Graciosa.
  • No se subvencionan actuaciones ya iniciadas, ejecutadas o finalizadas antes de presentar la solicitud, ni gastos comprometidos, facturados o abonados antes de esa fecha: si ya has empezado la obra, queda fuera.
  • Si no alcanzas 30 puntos de los 100 posibles, o no presentas la memoria en los términos exigidos, tu solicitud queda excluida.
  • Solo se concede una subvención por beneficiario y por inmueble en esta convocatoria.
  • El plazo de presentación es de UN MES desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Las Palmas.
  • Tienes que estar al corriente con Hacienda, Seguridad Social y sin deudas en vía de apremio con el Cabildo ni con sus organismos autónomos.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica privada propietaria o titular de derechos reales sobre bienes inmuebles catalogados, declarados Bien de Interés Cultural, con expediente incoado o con valores patrimoniales acreditados por el Servicio de Patrimonio Histórico
  • También pueden ser beneficiarias agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin fines de lucro, comunidades de propietarios, comunidades de bienes u otras unidades sin personalidad jurídica, nombrando un representante con poder bastante
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
  • Estar al corriente de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones, y no tener deudas en vía de apremio con el Cabildo
  • Tener domicilio o sede social en Lanzarote o La Graciosa
  • Si desarrollas actividad económica, declarar las ayudas de minimis recibidas y el cumplimiento de los límites de la UE
  • Las actuaciones deben contar con las licencias, autorizaciones o títulos habilitantes exigibles; si no se aportan con la solicitud, el abono queda condicionado a su aportación antes del inicio de los trabajos
  • Presentar la solicitud por medios electrónicos si eres persona jurídica, comunidad de propietarios, comunidad de bienes, agrupación sin personalidad jurídica o ejerces actividad profesional o económica

Documentación que piden

  • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada (Anexo I de las bases reguladoras)
  • Declaración responsable conforme al Anexo III de las bases reguladoras
  • Memoria explicativa de la actuación conforme al Anexo II, incluyendo un apartado específico de criterios de valoración
  • Documentación acreditativa de la identidad del solicitante y, en su caso, de la representación
  • Documentación acreditativa de la titularidad del bien o del derecho real invocado
  • Proyecto o memoria técnica de intervención, según la entidad y naturaleza de la actuación
  • Planos descriptivos del estado actual del inmueble y del resultado de la intervención propuesta, cuando proceda
  • Documentación gráfica suficiente sobre el estado actual del bien
  • Plan de financiación y presupuesto de gastos e ingresos conforme al Anexo V
  • Alta o modificación de terceros conforme al Anexo IV (solo cuando no conste ya en poder del Cabildo o hayan cambiado los datos bancarios)
  • Declaración del último ejercicio del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades, según corresponda, o documentación alternativa admitida
  • Declaración de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos solicitados o concedidos para la misma finalidad, y declaración de ayudas de minimis si se desarrolla actividad económica

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