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GanaSubvenciones

Convocatoria de subvenciones para la programación de actividades culturales de carácter profesional en municipios de hasta 1.000 habitantes

Convoca CATALUÑA

Para qué es

Financiar la programación de actividades culturales de carácter profesional en municipios de hasta 1.000 habitantes de Cataluña durante el trienio 2026-2028, en régimen de concurrencia no competitiva (línea CLT525) de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios en este documento: régimen de concurrencia no competitiva; se remite a las bases específicas publicadas mediante la Resolución CLT/1817/2026, de 4 de junio (DOGC núm. 9684 de 11.6.2026), y a las bases generales de la Resolución CLT/961/2024, de 22 de marzo, modificadas por la Resolución CLT/970/2026, de 29 de marzo.

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Es una línea dirigida a entes públicos: quien firma la solicitud tiene que ser la persona representante del ente público solicitante, con certificado T-CAT. Si eres una entidad privada del tercer sector, no encajas en el perfil de solicitante que describe la convocatoria.
  • La actividad tiene que programarse en municipios de hasta 1.000 habitantes; fuera de ese tamaño de municipio no entra.
  • Solo puedes presentarte por medios telemáticos a través de la extranet de las administraciones catalanas (EACAT): la tramitación telemática es obligatoria y necesitas lector de tarjetas criptográficas homologado y el software correspondiente.
  • El plazo es del 8 de julio al 29 de septiembre de 2026, y el último día solo hasta las 14:00:00 horas.
  • Los requisitos y los criterios concretos no están en este documento: están en las bases generales (Resolución CLT/961/2024, modificada por la CLT/970/2026) y en las bases específicas (Resolución CLT/1817/2026). Tienes que leerlas antes de preparar la solicitud.

Requisitos

  • Tienes que ser un ente público y la solicitud debe firmarla la persona representante de ese ente con el certificado de la tarjeta del personal de las administraciones públicas catalanas (T-CAT).
  • La programación debe ser de actividades culturales de carácter profesional en municipios de hasta 1.000 habitantes.
  • Debes presentar la solicitud y todos los trámites (justificación incluida) solo por vía telemática, a través de EACAT.
  • Tienes que presentar la solicitud dentro del plazo: del 8 de julio al 29 de septiembre de 2026, y ese último día hasta las 14:00:00 horas.
  • Te rigen además las bases generales de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, las bases específicas de esta línea y la normativa general de subvenciones.

Documentación que piden

  • Formulario normalizado de solicitud, firmado con certificado T-CAT por la persona representante del ente público
  • Modelo de proyecto de actividad o actuación
  • Modelo de presupuesto completo y detallado

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