CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN ENTORNO RESIDENCIAL DE REHAB PROGRAMADA DE VENTANIELLES Y GUILLÉN LAFUERZA FASE I-B, PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA FINANCIADO POR LA UE NEXTGENERATIONEU
Convoca OVIEDO
Para qué es
Financiar obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas (incluidas unifamiliares) dentro del ámbito del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) discontinuo «Ventanielles y Guillén Lafuerza, Fase I-B» de Oviedo, con cargo a los programas de rehabilitación residencial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (NextGenerationEU).
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración: régimen de concurrencia no competitiva; las solicitudes se atienden por riguroso orden de presentación hasta agotar el presupuesto.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme al artículo 5 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal: si eres una asociación, fundación u otra entidad del tercer sector, no puedes ser beneficiaria.
- Tu edificio tiene que estar en uno de los 16 portales concretos que enumera la convocatoria (Calle Rosales 25-33, Calle Río Sella 74-80, Calle Río Eo 6 y 8, Calle Narcea 45-51 y Calle Río Esva 9). Fuera de esos portales no hay ayuda.
- Tienes que conseguir al menos un 30 % de reducción del consumo de energía primaria no renovable; si finalmente el ahorro es inferior al 30 %, la ayuda se revoca.
- En zona climática D1 necesitas además reducir un 35 % la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración.
- No se financian generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
- Las obras deben estar ejecutadas y finalizadas antes del 30 de junio de 2026 y justificadas antes del 30 de septiembre de 2026.
- El plazo de solicitud es de 2 meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA y se resuelve por orden de entrada hasta agotar el presupuesto: presentar tarde o incompleto te deja fuera del orden de prelación.
- La solicitud solo se admite de forma telemática por la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Oviedo.
- El edificio debe tener al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante (excluida planta baja u otros usos) con uso residencial de vivienda.
- Hace falta acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios aprobando la ejecución de las obras, salvo edificios de propietario único.
- Debes tener el Informe de Evaluación del Edificio ajustado al Decreto 29/2017 del Principado de Asturias, acreditado con el registro de entrada en la Consejería competente.
- Hay que retirar del edificio los productos de construcción que contengan amianto, por empresa legalmente autorizada.
- No puedes tener ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 (deudas tributarias o con la Seguridad Social, concurso, sanciones, etc.).
Requisitos
- Ser comunidad de propietarios o agrupación de comunidades de propietarios constituida conforme al artículo 5 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal
- Disponer de Proyecto redactado por técnico habilitado según la LOE, o Memoria Técnica suscrita por técnico competente si las actuaciones no exigen proyecto
- Incluir el Libro del Edificio Existente (LEEX) con Certificado de Eficiencia Energética, Informe de Evaluación del Edificio y manual de uso y mantenimiento
- Incluir en el proyecto un Estudio de Gestión de Residuos y destinar al menos el 70 % en peso de los residuos no peligrosos a reutilización, reciclaje y recuperación
- Retirar del edificio los productos de construcción que contengan amianto, mediante empresa legalmente autorizada
- Acreditar circularidad en el diseño y las técnicas de construcción con referencia a la ISO 20887
- Disponer del Informe de Evaluación del Edificio ajustado al Decreto 29/2017 del Principado de Asturias, acreditado con el registro de entrada en la Consejería competente
- Que al menos el 50 % de la superficie construida sobre rasante, excluida planta baja u otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda
- Contar con el acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios y con las autorizaciones administrativas correspondientes
- Obtener una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética
- En zona climática D1, reducir además al menos un 35 % la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración
- Que el inicio de las actuaciones subvencionables sea posterior al 1 de febrero de 2020
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias locales, autonómicas y estatales y con la Seguridad Social en el momento de solicitar el pago
Documentación que piden
- Solicitud según modelo del Anexo I, firmada en Sede Electrónica por el interesado o su representante
- Acuerdo del destinatario último de las ayudas que faculte al agente o gestor de la rehabilitación, si es quien solicita
- Anexo II con las características energéticas del inmueble, el ahorro previsto, el presupuesto y el importe de la ayuda solicitada
- Anexo III con la relación precisa de la documentación técnica incluida
- Proyecto de la actuación o, en su defecto, memoria justificativa (descripción, presupuesto desglosado por ámbitos y planos)
- Libro del Edificio Existente con su contenido legal
- Informe de Evaluación del Edificio
- Certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual (archivo Ce3x), firmado por técnico competente y registrado o con solicitud de registro
- Certificado de eficiencia energética considerando realizadas las actuaciones previstas (mismo programa reconocido, archivo Ce3x)
- Copia del acta o certificado del secretario o administrador con el acuerdo de la comunidad aprobando la ejecución de las obras
- Copia del acta o certificado del secretario o administrador con el nombramiento del representante autorizado para solicitar la subvención
- Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones y precios, con IVA desglosado y aceptación expresa de la Comunidad de Propietarios
- Presupuesto de honorarios de profesionales y/o técnicos intervinientes, aceptado y firmado por la Comunidad de Propietarios
- Solicitud y/o licencia urbanística o autorización municipal análoga, o compromiso de presentarla en tres meses; si las obras están iniciadas, certificado de inicio de obras o acta de replanteo
- Reportaje fotográfico actual, preferentemente en color, de las zonas afectadas y de la totalidad de las fachadas
- Datos del edificio a rehabilitar con consulta descriptiva y gráfica del Catastro, número de viviendas y locales, superficie construida y número de alturas
- Anexo IV - Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR
- Anexo V - Declaración responsable de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH)
- Anexo VI - Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuación del PRTR
- Anexo VII - Declaración responsable del cumplimiento de la circularidad en el diseño del edificio y las técnicas de construcción (ISO 20887)
- Anexo VIII - Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses (DACI)
- Anexo IX - Declaración responsable relativa a todas las ayudas concedidas y, en su caso, de no ser empresa en crisis
- Anexo X - Cartel a colocar en la obra
- Anexo XI - Comunicación de datos de comuneros, por cada Comunidad de Propietarios, suscrito por el Secretario-Administrador y el Presidente