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Convocatoria del año 2026 para la concesión de subvenciones del programa inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social, subprograma Empleo con entidades sin ánimo de lucro, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus

Convoca REGIÓN DE MURCIA

Para qué es

Financiar la contratación de personas desempleadas inscritas en la Oficina de Empleo por parte de entidades sin ánimo de lucro, para ejecutar servicios de interés general y social en la Región de Murcia, con la finalidad de que esas personas adquieran experiencia laboral y mejoren su ocupabilidad, en el marco del FSE+ Región de Murcia 2021-2027.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Actividad del servicio: proyectos de eficiencia energética, energías renovables, economía verde y conservación y mejora de recursos naturalesQue la actividad principal del proyecto y las ocupaciones solicitadas se encuadren en transición ecológica, economía verde, restauración o educación ambiental, mejora de ecosistemas o biodiversidad. La puntuación se graduará al 25, 50, 75 o 100 % según el grado de ajuste. No se incluye limpieza viaria y de caminos.Hasta 20 puntos
  2. Actividad del servicio: servicios personalizados de carácter cotidiano (cuidado de menores, atención domiciliaria a personas con discapacidad y mayores, jóvenes en dificultad, intervención social con personas vulnerables)Que la actividad principal sea atención directa e individualizada a personas: cuidado de niñas y niños, jóvenes vulnerables, servicios a domicilio a personas con discapacidad, mayores o dependientes, o intervención social/sociosanitaria con personas en exclusión. No puntúa si la relación con las personas destinatarias es indirecta, auxiliar o instrumental.Hasta 15 puntos
  3. Actividad del servicio: servicios de utilidad colectiva (mejora de vivienda, vigilancia y seguridad, limpieza y mantenimiento de centros de atención a personas)Que la actividad principal sea mejora de habitabilidad, accesibilidad o eficiencia energética de vivienda sin ejecutar obras, vigilancia y seguridad, o limpieza/mantenimiento de centros destinados a atención de personas usuarias. No puntúan la limpieza de oficinas o sedes, ni la limpieza viaria o de caminos.Hasta 10 puntos
  4. Actividad del servicio: servicios de ocio y culturales (turismo, patrimonio, deporte, audiovisual)Que la actividad principal sea promoción del turismo, desarrollo cultural local, patrimonio cultural o artístico, oficios tradicionales, o promoción del deporte, ocio saludable y sector audiovisual.Hasta 5 puntos
  5. Apoyo a la creación de puestos de trabajo y accesibilidad universalContratar directamente personal técnico orientado a la inserción laboral (asesores de empleo, prospectores) y describir medidas concretas de accesibilidad, identificando medidas, personas destinatarias y recursos: no basta una declaración genérica de cumplir la normativa.Hasta 5 puntos (3 por personal técnico de inserción + 2 por accesibilidad)
  6. Compromiso de inserción laboral en los 6 meses siguientes a la finalización del proyectoComprometerse por escrito a incorporar a las personas trabajadoras a la entidad (identificando número, ocupación, previsión y condiciones mínimas) o aportar convenio, acuerdo o carta firmada por una empresa empleadora con perfil y número de personas. No valen intenciones genéricas, bolsas de empleo ni compromisos condicionados a financiación futura.Hasta 5 puntos (2 por persona incorporada, máx. 4; 1 punto por compromiso con empresas)
  7. Esfuerzo inversor de la entidad en mejoras del programaFinanciar con fondos propios mejoras como formación inicial complementaria, vestuario, materiales o recursos. Se puntúa por tramos: 0 puntos sin esfuerzo o sin acreditar, 0,5 si es menor del 10 %, 1 punto entre el 10 % y el 25 %, y 2 puntos si supera el 25 % de los costes salariales a subvencionar. Se excluyen las aportaciones que incrementen la retribución por encima del coste unitario.Hasta 2 puntos
  8. Experiencia en el desarrollo de programas de fomento de empleo (tres últimos años)Haber desarrollado este tipo de proyectos en los tres últimos años: 1 punto por proyecto/año, con certificado del organismo concedente con denominación del proyecto y periodo (de oficio si fue el SEF). No valen colaboraciones ni actividades ordinarias.Hasta 2 puntos por año, máximo 6 puntos
  9. Calidad del proyecto (formación y práctica profesional, descripción de actuaciones y carácter innovador)Formación especializada y vinculada a la ocupación con práctica real, tutorización y evaluación individualizada (5 puntos); actuaciones detalladas con objetivos, recursos, cronograma e indicadores (5 puntos); e innovación metodológica, social o cultural justificada, como recuperar oficios tradicionales o generar oportunidades en entornos rurales (5 puntos).Hasta 15 puntos (5 + 5 + 5)
  10. Porcentaje de personas trabajadoras no tituladas universitariasQue sea mayor la proporción de personas a contratar que no exijan titulación universitaria; se calcula dividiendo el número de no tituladas universitarias entre el total de personas a contratar y multiplicando por 3. Debes indicar en la memoria, para cada ocupación, si exige o no titulación universitaria.Hasta 3 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Necesitas estar inscrita en el registro público que legalmente corresponda (Registro de Asociaciones, de Fundaciones u otro) con al menos 3 años de antelación: la cita exige acreditarlo con certificado o nota registral referida a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.
  • Tu ámbito territorial de actuación tiene que ser la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; la convocatoria se circunscribe a ese ámbito.
  • Tienes que disponer de cuenta de cotización por haber desarrollado actividad previamente.
  • Solo puedes presentar UNA solicitud, para UN único proyecto y con un máximo de dos personas trabajadoras.
  • Antes de elaborar el proyecto tienes que pedir informe a la Oficina de Empleo sobre el número de personas desempleadas inscritas con el perfil; ese informe es documentación obligatoria de la solicitud y, si no hay suficientes desempleados en tu municipio o ámbito, el proyecto puede ser excluido.
  • No puedes pedir la ayuda para ejecutar obras: las solicitudes con finalidad de ejecutar obras no serán objeto de subvención.
  • La duración del proyecto debe ser de 6 a 9 meses y la jornada de los contratos no puede ser inferior al 75 % de la jornada a tiempo completo.
  • No puedes exigir experiencia laboral previa ni antigüedad profesional en la memoria/proyecto ni en la oferta de empleo.
  • Se prohíben los perfiles multitarea o polivalentes con ocupaciones inconexas: pueden dar lugar a subsanación o exclusión.
  • Plazo de solicitud: hasta el 11 de septiembre de 2026, y obligatoriamente por sede electrónica (procedimiento 9842); si la presentas en papel, la fecha válida será la de la subsanación electrónica.
  • Solo se valora lo que hayas consignado expresamente en la solicitud y acreditado en la memoria: la unidad instructora no te requerirá información que solo sirva para puntuar.

Requisitos

  • Ser asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia
  • Tener como ámbito territorial de actuación la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
  • Estar inscrita en el registro público que corresponda con al menos 3 años de antelación
  • Disponer de capacidad técnica suficiente para ejecutar el proyecto
  • Disponer de cuenta de cotización por haber desarrollado actividad
  • Contratar personas desempleadas inscritas en la Oficina de Empleo para ejecutar la obra o servicio de interés general y social
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • No estar incursa en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003
  • No tener deudas tributarias en período ejecutivo con la Administración de la Región de Murcia
  • Asumir el compromiso de cumplir el apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia (Anexo X)
  • Disponer de asignación presupuestaria suficiente para la parte no subvencionada, o comprometerse a habilitarla
  • Presentar un único proyecto congruente, con un máximo de dos personas trabajadoras
  • Solicitar previamente informe a la Oficina de Empleo sobre personas desempleadas inscritas con el perfil del proyecto
  • Ejecutar el proyecto en régimen de administración directa
  • Duración del proyecto de seis a nueve meses
  • Jornada de los contratos no inferior al 75 % de la de un trabajador a tiempo completo comparable
  • Incorporar en la memoria un sistema efectivo de formación, tutorización, acompañamiento y supervisión de las personas contratadas
  • No solicitar la ayuda para ejecutar obras

Documentación que piden

  • Solicitud en formato XLS o XLSX (Anexo II)
  • Memoria del proyecto a realizar según modelo (Anexo III)
  • Informe emitido por la Oficina de Empleo del número de personas inscritas con los requisitos necesarios según el perfil del proyecto propuesto
  • Declaración Responsable de cumplimiento de condiciones (Anexo IV)
  • Escritura pública de constitución, Estatutos u otro documento probatorio de personalidad jurídica y ausencia de fines lucrativos, inscrito en el registro correspondiente (con excepciones para centrales sindicales, organizaciones empresariales más representativas y entidades subvencionadas en los tres últimos años sin variaciones)
  • Certificado o nota registral del registro público competente que acredite la inscripción con al menos tres años de antelación a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM
  • Certificado bancario actualizado con entidad, sucursal, nombre y CIF/NIF de la entidad y los 24 dígitos del IBAN
  • Fase de inicio: Comunicación de inicio (Anexo V), Relación de personas contratadas (Anexo VII) y Autorización de acceso a datos personales e indicadores de trabajadores (Anexo VI)
  • Fase de justificación: Informe/Memoria final de actuaciones (Anexo VIII) con evidencias de visibilidad y publicidad del FSE+
  • Fase de justificación: Memoria económica / cuenta justificativa (Anexo IX) firmada electrónicamente
  • Fase de justificación: copia de los contratos del personal y vida laboral de las personas trabajadoras (obtenible de oficio por el SEF)
  • Fase de justificación: Informe de Datos de Cotización (IDC) de las personas trabajadoras que hayan estado en Incapacidad Temporal, en su caso
  • Fase de justificación: Comunicación de Fin (Anexo V)
  • Oferta de empleo genérica normalizada presentada por el procedimiento 2080 con al menos 20 días de antelación al inicio del servicio
  • Documento firmado por el representante con la relación de candidatos seleccionados, criterios y pruebas aplicadas y resolución de reclamaciones

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