CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL RETORNO DEL TALENTO JOVEN CON APOYO AL EMPRENDIMIENTO PARA EL AÑO 2026
Convoca SANTA EULÀRIA DES RIU
Para qué es
Incentivar el retorno al municipio de Santa Eulària des Riu de jóvenes profesionales cualificados que hayan residido fuera del municipio y quieran volver, apoyando su contratación por cuenta ajena o el inicio de su actividad emprendedora, mediante cuatro líneas de ayuda en régimen de concurrencia no competitiva.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de puntuación en el documento: régimen de concurrencia no competitiva. Las bases reguladoras están contenidas en las Bases de ejecución del presupuesto y los presupuestos municipales del ejercicio 2026 (BOIB n.º 166 de 18/12/2025)..
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Estas ayudas son para personas físicas (jóvenes cualificados), no para entidades: si eres una asociación o fundación, no puedes presentarte.
- Tienes que estar empadronado/a en Santa Eulària des Riu en el momento de la resolución provisional de la subvención.
- Necesitas haber estado empadronado/a al menos cinco años seguidos en Santa Eulària des Riu, u ocho de los últimos diez, antes de salir del municipio.
- Tienes que tener un grado universitario completado fuera de la isla de Ibiza; si lo hiciste en Ibiza, debes haber trabajado al menos un año fuera de la isla a fecha de fin del plazo de solicitud.
- Tienes que ser menor de 35 años durante el año natural de publicación de la convocatoria.
- Si ya fuiste beneficiario/a de esta misma ayuda en convocatorias anteriores, queda excluido/a: no puedes volver a solicitarla.
- Solo puedes presentar una solicitud y para una única línea de ayuda.
- La solicitud se presenta únicamente por registro electrónico (sede electrónica municipal); no se admite otra vía.
- El plazo es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOIB.
- Debes estar al corriente de obligaciones con el Ayuntamiento (subsanable en el periodo de alegaciones pagando la deuda).
- Si te dan la ayuda, tendrás que mantener la residencia en Santa Eulària des Riu al menos dos años desde la publicación de la resolución definitiva.
- En las líneas 1 y 2 necesitas estar de alta y cotizando por cuenta ajena entre el 01/09/2026 y el 31/10/2027 con un mínimo de 8 meses de contratación y categoría profesional relacionada con tu titulación.
- En las líneas 3 y 4 necesitas alta en el RETA o mutualidad del colegio profesional entre el 01/09/2026 y el 31/10/2027, mantener la actividad 2 años y acudir a 2 tutorías en 2027.
Requisitos
- Estar empadronado/a en el municipio de Santa Eulària des Riu en el momento de la resolución provisional.
- Haber estado empadronado/a al menos los últimos cinco años ininterrumpidos en el municipio, u ocho de los últimos diez, antes de salir de él.
- Tener una titulación de grado universitario completada fuera de la isla de Ibiza; si se completó en Ibiza, haber trabajado al menos un año fuera de la isla a fecha de fin del plazo de solicitud.
- Ser menor de 35 años durante el año natural de publicación de la convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu (subsanable en el periodo de alegaciones).
- No haber sido sancionado/a ni condenado/a en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003 ni del artículo 10 del texto refundido de la Ley de Subvenciones.
- No haber sido beneficiario/a de esta misma ayuda en convocatorias anteriores.
- Presentar una sola solicitud por persona y para una única línea de ayuda.
- Líneas 1 y 2: estar de alta y cotizando por cuenta ajena en la empresa entre el 01/09/2026 y el 31/10/2027, con un mínimo de 8 meses de contratación laboral.
- Líneas 1 y 2: tener un contrato laboral con categoría profesional relacionada con tu formación universitaria reglada.
- Líneas 3 y 4: estar de alta y cotizando en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente entre el 01/09/2026 y el 31/10/2027.
- Línea 3: tener el domicilio social y/o la actividad principal en el término municipal de Santa Eulària des Riu (o el domicilio fiscal, si eres autónomo/a no obligado/a a título habilitante).
- Línea 4: tener el domicilio social y/o la actividad principal en otro municipio de la isla de Ibiza.
- Líneas 3 y 4: mantener la actividad empresarial durante un periodo mínimo de 2 años.
- Líneas 3 y 4: acudir a un mínimo de 2 tutorías de una hora durante 2027 en el Servicio para Personas Emprendedoras del Ayuntamiento.
- Mantener la residencia en el municipio de Santa Eulària des Riu al menos dos años desde la publicación de la resolución definitiva.
- Comunicar al Ayuntamiento todas las subvenciones recibidas para la misma finalidad, antes de la justificación.
Documentación que piden
- Copia del DNI/NIE de la persona solicitante (y del representante, con autorización expresa firmada, si actúa en representación)
- Certificado o documento acreditativo de titularidad bancaria de la persona solicitante
- Documentación justificativa de estar en posesión de un grado universitario
- Documentación justificativa de haber residido al menos un año fuera del municipio de Santa Eulària des Riu (solo si el grado se estudió en la isla de Ibiza)
- Vida laboral actualizada
- Si te opones a la consulta de oficio: certificados de estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, actualizados con fecha posterior a la publicación de la convocatoria
- Si te opones a la consulta de oficio: documentación de padrón municipal, actividades y deudas con el Ayuntamiento
- Justificación líneas 1 y 2: contrato de trabajo donde conste la duración de la relación laboral y la categoría profesional relacionada con la formación reglada
- Justificación líneas 1 y 2: vida laboral actualizada
- Justificación líneas 3 y 4: certificado de situación censal de la AEAT con la fecha de alta de la actividad y su domicilio fiscal y social
- Justificación líneas 3 y 4: informe del técnico/a responsable del Servicio para Personas Emprendedoras acreditando la asistencia a las 2 tutorías individualizadas