Convocatoria específica de subvenciones destinadas a ayudas individuales de transporte escolar colectivo para necesidades socioeconómicas y geográficas para el curso 2026/2027
Convoca CONSELL COMARCAL DE SELVA
Para qué es
Conceder ayudas individuales para pagar el transporte escolar colectivo no obligatorio del curso 2026/27 al alumnado de segundo ciclo de educación infantil, primaria y secundaria de la comarca de la Selva que se encuentre en situación socioeconómica desfavorable o tenga dificultades geográficas de desplazamiento, garantizando la igualdad de oportunidades.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Umbral de renta: tramo garantizado de ayuda del 50 %Que la renta familiar anual, calculada por agregación de las rentas de 2025 de los miembros computables, no supere el umbral resultante de sumar 13.861,50 € (primer adulto), 6.930,70 € (segundo adulto y otros adultos) y 4.158,45 € por cada niño/a. Es a la vez requisito de acceso.hasta un 50% del coste del servicio de transporte
- Umbral de renta: tramo garantizado de ayuda del 100 %Que la renta familiar anual no supere el 60 % del umbral fijado para el tramo del 50 %; se acredita con la documentación económica de la unidad familiar.100% del coste del servicio de transporte
- Umbral de renta: tramo del 100 % para alumnado con discapacidad acreditada igual o superior al 33 %Que la renta no supere 2,5 veces el umbral del tramo del 50 % y que se acredite, con certificación del órgano competente, una discapacidad igual o superior al 33 %.100% del coste del servicio de transporte
- Deducción de renta por duración del desplazamiento y distanciaAcreditar que el alumno se desplaza un mínimo de 3 km o más de 25 minutos desde el domicilio familiar al centro, que está escolarizado en el centro determinado por el Departament o el más cercano y que no tiene transporte gratuito preceptivo.500,00 € de deducción
- Deducción por familia monoparentalAcreditar la condición de familia monoparental (título vigente o, en su defecto, libro de familia) y la convivencia de los hermanos en el domicilio familiar.1.320,00 € por cada hermano/a, incluido el solicitante
- Deducción por niños en acogimientoAcreditar la existencia de menores en acogimiento en la unidad familiar extensa o ajena, mediante resolución de la DGAIA.800,00 € de deducción
- Deducción por familia numerosaAcreditar la condición de familia numerosa y la convivencia de los hermanos en el domicilio familiar.500,00 € por cada hermano/a, incluido el solicitante
- Deducción por discapacidad igual o superior al 33 %Acreditar una discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante mediante certificación del órgano competente.3.000,00 € por cada hermano/a, incluido el solicitante
- Deducción del 50 % de los ingresos de miembros distintos de los sustentadores principalesQue se identifiquen los ingresos aportados por miembros computables que no sean los sustentadores principales, para descontar la mitad del cómputo de renta.50% de esos ingresos
- Umbral de volumen de negocioQue los ingresos de actividades económicas (estimación directa u objetiva, o participación igual o superior al 50 % en entidades) de los miembros computables no superen ese importe.172.000,00 € (límite)
- Umbral de rendimientos patrimonialesQue la suma de rendimientos netos reducidos del capital mobiliario más el saldo neto positivo de ganancias y pérdidas patrimoniales de los miembros computables no supere el límite; no se computan los primeros 1.500 € de premios ni las prestaciones de urgencia social acreditadas.1.900,00 € (límite)
- Umbral de valores catastrales de fincas urbanasQue la suma de valores catastrales de fincas urbanas y construcciones en fincas rústicas, excluida la vivienda habitual y aplicados los coeficientes de revisión catastral, no supere el límite.47.200,00 € (límite)
- Umbral de valores catastrales de fincas rústicasQue la suma de valores catastrales de fincas rústicas de los miembros computables, excluida la vivienda habitual, no supere el límite por miembro.14.450,00 € por miembro computable (límite)
- Valoración socioeconómica de servicios sociales (familias sin información de rendimientos)Cuando los cruces no arrojan ingresos o ningún miembro tiene identificador, hay que aportar informe de servicios sociales con la valoración socioeconómica de la unidad familiar.informe preceptivo (sin él, denegación)
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Esta convocatoria NO es para entidades: quien solicita la ayuda es el padre, la madre, el tutor/a o representante legal del alumno («Los solicitantes de la ayuda de transporte son el padre, la madre, el tutor o la tutora o representante legal del alumno o alumnas»).
- El alumno tiene que estar matriculado en un centro educativo de la comarca de la Selva sostenido con fondos públicos de Cataluña; si no, queda fuera.
- Necesitas que el alumno sea usuario del transporte escolar colectivo en el curso 2026/27 y que NO le corresponda la gratuidad del servicio.
- Tienes que residir en un municipio cuyo ayuntamiento haya firmado el convenio de colaboración con el Consell Comarcal de La Selva para el Transporte Escolar No Obligatorio (TNO).
- La matrícula debe respetar el mapa escolar y/o el centro de adscripción que establece el Departament d’Educació i Formació Professional.
- Quedan excluidos todos los alumnos de cualquier enseñanza postobligatoria.
- Si la renta familiar supera el umbral del tramo del 50 %, la solicitud se deniega directamente: ese umbral es requisito de acceso.
- Superar cualquiera de los umbrales económicos (renta, volumen de negocio de 172.000 €, rendimientos patrimoniales de 1.900 €, valores catastrales urbanos de 47.200 € o rústicos de 14.450 € por miembro) supone denegación.
- Si la familia no tiene datos de ingresos en los cruces o ningún miembro tiene identificador, hace falta informe de servicios sociales con valoración socioeconómica: sin ese informe la ayuda se deniega.
- Ojo al plazo: para que la ayuda se aplique en el primer trimestre hay que solicitarla como máximo el 1 de junio (17 de julio si el alumno cursa I3).
Requisitos
- El alumno debe estar matriculado en un centro educativo de la comarca de la Selva sostenido con fondos públicos de Cataluña, ser usuario del transporte escolar colectivo en el curso 2026/27 y no tener derecho a la gratuidad del servicio.
- La matriculación debe seguir el mapa escolar y/o el centro de adscripción fijado por el Departament.
- Debes residir en un municipio cuyo ayuntamiento haya firmado el convenio de colaboración con el Consell Comarcal de La Selva para el Transporte Escolar No Obligatorio.
- No se admite alumnado de enseñanzas postobligatorias.
- La solicitud la presenta el padre, la madre, el tutor/a o el representante legal del alumno, una única solicitud por unidad familiar.
- No hace falta acreditar los requisitos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 (estar al corriente de obligaciones, etc.) por la naturaleza de la ayuda.
- La renta familiar anual no puede superar el umbral del tramo garantizado del 50 %: ese umbral es requisito de acceso a la convocatoria.
- Los ingresos por actividades económicas de los miembros computables no pueden superar 172.000,00 €.
- La suma de valores catastrales de fincas urbanas y construcciones en fincas rústicas, excluida la vivienda habitual, no puede superar 47.200,00 €.
- La suma de valores catastrales de fincas rústicas no puede superar 14.450,00 € por miembro computable.
- La ayuda es compatible con otras para la misma finalidad, pero el conjunto no puede superar el coste del gasto realizado.
Documentación que piden
- Modelo de solicitud (impreso normalizado firmado en papel o formulario digital firmado electrónicamente), una única solicitud por unidad familiar
- IDALU o identificador del alumno
- NIF/NIE del solicitante o, si no se dispone, certificado de nacimiento o libro de familia
- Relación de miembros de la unidad familiar que conviven en el mismo domicilio, con nombre, apellidos y NIF/NIE de cada uno
- Correo electrónico y teléfono móvil para informar de la resolución de las ayudas