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GanaSubvenciones

convocatoria para conceder ayudas destinadas a fomentar e impulsar la competitividad de los sectores productivos empresariales, dirigidas a los centros de desarrollo industrial balear en las Illes Balears para el año 2026

Convoca ILLES BALEARS

Para qué es

Conceder ayudas a los Centros de Desarrollo Industrial Balear para fomentar e impulsar la mejora de la cooperación empresarial y de la competitividad de los sectores productivos empresariales de las Illes Balears, incentivando y consolidando estos centros y los proyectos colaborativos que desarrollan.

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: No se establecen criterios de valoración: la concesión se resuelve por riguroso orden de entrada de las solicitudes en el registro, según el artículo 6.8 de la Orden de bases reguladoras («no son necesarias ni la comparación ni la prelación de las solicitudes»).

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes presentarte si eres una persona jurídica sin ánimo de lucro considerada «Centro de Desarrollo Industrial Balear»: un organismo de investigación sin ánimo de lucro con recursos materiales y humanos propios para generar y explotar conocimiento tecnológico.
  • Necesitas estar establecida físicamente en las Illes Balears, tener allí tu domicilio fiscal y tu centro de trabajo, y desarrollar tus acciones en el ámbito territorial de la comunidad autónoma. Si no tienes domicilio fiscal y centro de trabajo en Baleares, quedas excluida.
  • Al menos un 20 % de tus representados/asociados tienen que ser empresas con IAE comprendido entre los epígrafes 2 y 5 (ambos incluidos); se acredita con declaración responsable incluida en la solicitud.
  • Quedan excluidas las sociedades públicas y entidades de derecho público, y cualquier empresa u organización con participación pública mayoritaria.
  • Quedan excluidas las agrupaciones empresariales innovadoras inscritas conforme al Decreto 83/2023 y las uniones temporales de empresas (UTE).
  • No hay concurrencia competitiva: se resuelve por riguroso orden de entrada en el registro y, si se agota el crédito de 120.000 €, se desestiman todas las solicitudes posteriores a la última beneficiaria. Presentar pronto es decisivo.
  • Tienes que presentar la solicitud por el trámite telemático específico de la Sede Electrónica: lo presentado por otra vía telemática no se tiene por presentado y la fecha que cuenta pasa a ser la de la subsanación (y esa fecha determina tu orden de prelación).
  • Solo son subvencionables los gastos ejecutados y pagados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026; facturas o pagos fuera de ese periodo no se admiten.
  • Tienes que estar al corriente con la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias del Estado y de la CAIB, y no incurrir en las prohibiciones del art. 13.2 de la Ley 38/2003 ni haber sido sancionada por las leyes de igualdad, LGTBI o no discriminación.

Requisitos

  • Ser persona jurídica sin ánimo de lucro considerada «Centro de Desarrollo Industrial Balear», establecida físicamente en las Illes Balears, con domicilio fiscal allí y con actividades que coincidan con el objeto de la convocatoria.
  • Ser un organismo de investigación sin ánimo de lucro con recursos materiales y humanos propios para generar conocimiento tecnológico y facilitar su explotación.
  • Tener el centro de trabajo ubicado en el territorio de las Illes Balears.
  • Contar con al menos un 20 % de representados o asociados que sean empresas con IAE de los epígrafes 2 a 5.
  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado y con la CAIB.
  • Presentar la solicitud en los términos y con los requisitos de los puntos séptimo y octavo de la convocatoria (trámite telemático específico y documentación completa).
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003 ni del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, ni haber sido sancionada por las leyes de igualdad de mujeres y hombres, derechos LGTBI o igualdad de trato.
  • No ser sociedad pública ni entidad de derecho público, ni empresa u organización con participación pública mayoritaria.
  • No ser una agrupación empresarial innovadora conforme al Decreto 83/2023 ni una unión temporal de empresas.
  • Respetar el límite de ayudas de minimis: no superar 300.000 euros por beneficiario en tres años.

Documentación que piden

  • Documento constitutivo de la entidad inscrita adecuadamente en el registro correspondiente, con las modificaciones necesarias, para acreditar la personalidad jurídica
  • Poder suficiente a favor del firmante, si no figura acreditado en la escritura, o certificado actualizado del registro correspondiente (fecha de constitución, objeto, capital, sede social, composición del consejo de administración o junta directiva, apoderados y socios con más del 10 % de participaciones)
  • Declaración responsable de que, como mínimo, un 20 % de los asociados/representados son empresas con IAE de los epígrafes 2 a 5 (incluida en la solicitud)
  • Declaración responsable de no encontrarse en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 y del artículo 10 del Texto refundido de la Ley de Subvenciones, ni haber sido sancionada por las leyes 11/2016, 8/2016 y 15/2022 (incluida en la solicitud)
  • Declaración de las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad, o declaración expresa de no haber solicitado ninguna
  • Tres ofertas de proveedores diferentes anteriores a la ejecución, para proyectos de importe igual o superior a 40.000 € en obras o 15.000 € en suministro de bienes de equipamiento o prestación de servicios por consultoría o asistencia técnica
  • Memoria explicativa y económica con las actividades, localización, alcance, características y repercusión de la entidad sobre el sector, detallando los gastos de funcionamiento, estructura, suministros y consultoría con el IVA desglosado
  • Declaración de datos bancarios (incluida en la solicitud)
  • Declaración relativa a las ayudas de minimis (incluida en la solicitud)

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