Convocatoria para el otorgamiento de ayudas destinadas a la financiación de los servicios de transporte adaptado en los municipios de menos de 50.000 habitantes de la comarcal del Gironès para el ejercicio 2026
Convoca CONSORCI DE BENESTAR SOCIAL GIRONÈS-SALT
Para qué es
Financiar el transporte adaptado (individual y colectivo) de personas con discapacidad y personas mayores con problemas de movilidad y/o necesidad de acompañamiento empadronadas en municipios de menos de 50.000 habitantes de la comarca del Gironès, para que puedan acceder a servicios de atención especializada u otros que favorezcan su integración en el entorno.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Ingresos económicos de la persona solicitante (modalidad individual)Tienes que acreditar el nivel de ingresos de la persona solicitante: cuanto menores son los ingresos, más puntos (100 puntos por debajo del IRSC 2017 y 0 puntos por encima de 17.506,77 €). Se acredita autorizando al Consorcio a consultar la información económica.Hasta 100 puntos (100 si menos de 7.967,73 €; 60; 40; 20; 0 si más de 17.506,77 €)
- No percibir otras ayudas por el mismo concepto (modalidad individual)Se dan 10 puntos si no recibes otras ayudas por el mismo concepto de transporte y 0 puntos si sí las recibes; hay que declararlo.10 puntos
- Número total de personas transportadas que cumplen los requisitos (modalidad colectiva)Tienes que acreditar cuántas personas transportas que cumplan los requisitos (certificado de discapacidad y movilidad reducida o necesidad de acompañamiento); a más personas, más puntos.Hasta 100 puntos (1-5: 30; 6-10: 60; 11-20: 80; 21-40: 90; más de 40: 100)
- Número total de rutas (modalidad colectiva)Se valora el número de rutas de transporte colectivo que organizas; hay que aportar una declaración jurada del listado de personas transportadas, una hoja por ruta.Hasta 80 puntos (1-3: 50; 4-6: 60; más de 6: 80)
- Número total de kilómetros (modalidad colectiva)Se valora el volumen total de kilómetros del servicio de transporte colectivo; a más kilómetros, más puntos.Hasta 100 puntos (1-12: 50; 13-26: 60; 27-104: 85; más de 104: 100)
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Las personas beneficiarias tienen que estar empadronadas en un municipio de la comarca del Gironès de menos de 50.000 habitantes: si el transporte es de personas de otros municipios, queda fuera.
- En la modalidad individual, la persona debe tener 18 años o más y tener plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública según la Cartera de Servicios Sociales.
- Quedan excluidas las personas que ya se benefician de un servicio de transporte colectivo existente cuando el centro que lo presta concurre en la misma convocatoria como solicitud colectiva.
- No se subvencionan los desplazamientos a centros especiales de trabajo (CET), servicios sanitarios, sociosanitarios, de rehabilitación funcional ni a actividades culturales, de ocio o deportivas: si tu ruta es a esos destinos, no entra.
- Solo puedes presentar una única solicitud por proyecto o actividad en cada anualidad; si presentas más, solo se tiene en cuenta la primera registrada.
- No puedes obtener la condición de beneficiario si incurres en alguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
- Si no presentas la documentación justificativa antes del 30 de noviembre y tampoco en el plazo improrrogable de quince días hábiles que se te requiera, se revoca la subvención.
Requisitos
- Ser persona física mayor de 18 años con discapacidad o persona mayor con dependencia, que no pueda usar el transporte público, con dificultades de movilidad y/o necesidad de acompañamiento (modalidad individual).
- Estar empadronada en un municipio de la comarca del Gironès de menos de 50.000 habitantes.
- Tener plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública, según la Cartera de Servicios Sociales.
- Ser centro de día para gente mayor o centro especializado para personas con discapacidad que organice el servicio mediante transporte colectivo de personas empadronadas en la comarca (modalidad colectiva).
- Ser empresa de transporte adaptado que organice el servicio de transporte colectivo hacia centros de día para gente mayor y centros especializados para personas con discapacidad.
- No incurrir en las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- Presentar la solicitud en el modelo normalizado (Anexo 1) firmada por el representante legal de la entidad o asociación, dentro del plazo de la convocatoria.
- Declarar obligatoriamente las subvenciones recibidas de otras instituciones; la suma de importes no puede superar el presupuesto previsto de la solicitud.
- Aceptar la subvención sin reservas (la aceptación se entiende tácita si pasa un mes desde la notificación sin objeción).
- Hacer constar el apoyo económico del CBS con su logotipo y llevar el distintivo entregado en lugar visible del vehículo en los desplazamientos subvencionados.
Documentación que piden
- Solicitud en modelo normalizado disponible en la web del CBS (Anexo 1), firmada por el representante legal
- Modalidad individual (Tipo A y B): fotocopia compulsada del DNI de la persona beneficiaria y/o representante legal
- Modalidad individual: certificado de disminución que especifique grado de disminución y de movilidad
- Modalidad individual: baremo de movilidad (si se dispone)
- Modalidad individual: certificado de la Generalitat de Catalunya de que dispone de plaza reconocida en un servicio social especializado de la red pública
- Modalidad individual: certificado de empadronamiento
- Modalidad individual: certificado de convivencia
- Modalidad individual: autorización firmada para la obtención de datos de carácter personal (consulta de información económica)
- Modalidad individual: declaración jurada sobre la asistencia al centro (modelo normalizado 1.1)
- Ficha de acreedor según modelo del Consorcio, rellenada y sellada por la entidad bancaria
- Modalidad Individual Tipo B: informe social emitido por los servicios sociales de atención primaria
- Modalidad colectiva (Tipo A y B): fotocopia compulsada del DNI del representante legal de la entidad
- Modalidad colectiva: fotocopia compulsada de los estatutos de la entidad
- Modalidad colectiva: certificado del acta de nombramiento del representante legal de la entidad
- Modalidad colectiva: certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social
- Modalidad colectiva: copias de los DNI de las personas transportadas
- Modalidad colectiva: si los usuarios de la ruta no pagan cuota, certificado del director/secretario del centro o empresa acreditándolo
- Modalidad colectiva: declaración jurada del listado de personas transportadas (modelo normalizado 1.2), una hoja por ruta