Convocatoria pública de subvenciones para la realización de actividades, la promoción, difusión y normalización del euskera, en asociaciones de padres y madres, centros escolares y asociaciones culturales en 2026
Convoca BURLADA/BURLATA
Para qué es
Fomentar el uso del euskera en Burlada mediante subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a APYMAs, centros educativos y asociaciones culturales de Burlada que realicen actividades de promoción, divulgación y/o normalización del uso del euskera ajustadas al artículo 4 de la convocatoria.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Incidencia de la actividad en la normalización lingüística de BurladaTienes que demostrar el impacto real de la actividad en la normalización del uso del euskera en el municipio de Burlada.no se indica ponderación
- Trayectoria de la asociaciónSe valora el recorrido y la experiencia previa de la entidad solicitante.no se indica ponderación
- Interés, calidad, originalidad e innovación de las actividadesTienes que acreditar que las actividades propuestas son interesantes, de calidad, originales e innovadoras.no se indica ponderación
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas estar dada de alta en el registro de asociaciones municipal de Burlada: si no lo estás, no puedes pedirla.
- Tienes que tener domicilio social y fiscal en Burlada y ejecutar el proyecto en el término municipal de Burlada.
- Tienes que ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el registro que corresponda, con carácter social y sin ánimo de lucro: las empresas u otras entidades con ánimo de lucro quedan expresamente excluidas.
- Quedas fuera si en los dos ejercicios anteriores incumpliste o vulneraste tus obligaciones con el Ayuntamiento de Burlada como perceptora de subvención o firmante de convenios.
- Solo entran actividades realizadas entre el 15 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 en el término municipal de Burlada; los gastos fuera de ese periodo no se admiten.
- El plazo de solicitud es del 1 de septiembre al 15 de noviembre de 2026 y es improrrogable; la solicitud se presenta obligatoriamente por la sede electrónica con el Anexo I.
- No se subvencionan las actividades que no sean de interés específico en el fomento del euskera ni los programas ajenos al ámbito del Servicio de Euskera.
- Si no subsanas los defectos de la solicitud en diez días naturales, se te tiene por desistida.
- Tienes que estar al corriente con las haciendas estatal, foral y local de Burlada y con la Seguridad Social, y no tener cantidades pendientes de pago a la tesorería municipal.
Requisitos
- Ser asociación cultural, asociación de padres y madres (APYMA) o centro educativo de Burlada
- Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en el registro que corresponda
- Estar de alta en el registro de asociaciones municipal de Burlada
- Tener domicilio social y fiscal en Burlada
- Tener carácter social y carecer de ánimo de lucro
- Ejecutar el proyecto presentado en el término municipal de Burlada
- Contar con los medios materiales y personales necesarios para ejecutar el proyecto, sin condicionar su ejecución a obtener la subvención
- Disponer de estructura suficiente para garantizar el desarrollo efectivo de las actividades, acreditando experiencia y capacidad operativa
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Burlada y no tener cantidades pendientes de pago a la tesorería municipal
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- Cumplir los requisitos de los artículos 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones para ser beneficiaria de ayudas públicas
- No ser empresa ni entidad con ánimo de lucro (exclusión expresa)
- No haber incumplido ni vulnerado, en los dos ejercicios anteriores, las obligaciones con el Ayuntamiento de Burlada como perceptora de subvención o firmante de convenios
- Realizar las actividades entre el 15 de noviembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 en el término municipal de Burlada
- Incluir en la propaganda o difusión de la actividad la leyenda "Colabora el Ayuntamiento de Burlada"
- No hacer uso sexista del lenguaje ni de la imagen en la publicidad y comunicación de la actividad
- Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad, antes de justificar los fondos
Documentación que piden
- Instancia de solicitud del Anexo I firmada por la persona representante de la entidad
- Fotocopia del CIF de la entidad
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre de la entidad beneficiaria donde se realizará el ingreso
- Documentación justificativa de las actividades realizadas (cuenta justificativa)
- Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión, con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, del gasto realizado y de los ingresos del proyecto
- Relación clasificada, numerada y suscrita de gastos con identificación del acreedor y del documento, importe, fecha de emisión y fecha de pago
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente, originales o fotocopias compulsadas
- Documentación acreditativa del pago de las facturas (adeudo bancario, "recibí" firmado u otro documento acreditativo)
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con importe y procedencia
- Declaración responsable de las solicitudes de subvención a otros organismos públicos o privados para el mismo proyecto, o de no haber solicitado otras ayudas (Anexo I)
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, foral y local y frente a la Seguridad Social