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Convocatoria "SOIB Formación en alternancia en sectores estratégicos y de difícil cobertura" para conceder subvenciones para ejecutar un programa de formación basado en un régimen de alternancia con la ocupación para el periodo 2026-2028

Convoca ILLES BALEARS

Para qué es

Subvencionar programas de formación en alternancia con el empleo (contrato de formación en alternancia) para que las personas participantes obtengan una cualificación profesional —formación profesional de grado B o especialidades formativas en el trabajo— en los sectores estratégicos y de difícil cobertura de las Illes Balears recogidos en el anexo 2, durante el periodo 2026-2028.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Perspectivas de empleo de las personas participantesQue el proyecto demuestre que el alumnado tendrá salida laboral: compromisos de contratación y actuaciones de inserción posterior. Se reparte entre los dos subcriterios siguientes.30 puntos
  2. Acuerdos con entidades privadas o autónomos para contratar al alumnadoAportar compromisos firmados de empresas o autónomos del sector para contratar al alumnado en los seis meses posteriores a la finalización del proyecto: 5 puntos por cada alumno incluido en el compromiso.20 puntos
  3. Descripción de actuaciones concretas para la inserción laboral posteriorDescribir las actuaciones de inserción: 5 puntos si solo se mencionan y describen brevemente; 10 puntos si se detallan contenidos, metodología, ámbito temporal y relación con el proyecto.10 puntos
  4. Calidad y coherencia interna de la propuesta técnica (motivación de la oferta formativa respecto a las necesidades del mercado laboral)Justificar por qué se programa esa oferta formativa: 5 puntos si se describe brevemente; 20 puntos si se detalla, se relaciona con el empleo y se aportan fuentes y datos complementarios.20 puntos
  5. Capacidad técnica o experiencia para llevar a cabo el proyectoAcreditar experiencia previa de la entidad formativa; se reparte en los tres subcriterios siguientes.40 puntos
  6. Experiencia de la entidad formativa impartiendo las especialidades formativas (grado B o especialidades formativas en el trabajo)10 puntos si acreditas haber impartido en los últimos cinco años todas las especialidades del proyecto; 5 puntos si solo alguna de ellas.10 puntos
  7. Experiencia acreditada en otros programas de políticas activas de empleo (últimos cinco años)Acreditar haber ejecutado otros programas de políticas activas de empleo en los últimos cinco años.5 puntos
  8. Experiencia acreditada en programas de formación en alternancia del SOIB5 puntos por cada año de experiencia acreditada en programas de formación en alternancia en el marco de convocatorias del SOIB en los últimos cinco años, hasta 25 puntos.25 puntos
  9. Incorporación del impacto de género del proyectoPrever más de una actuación efectiva para la consecución de la igualdad prevista en el art. 35 de la Ley Orgánica 3/2007.15 puntos
  10. Entidades formativas nuevas (sin participación en convocatorias anteriores «SOIB Dual Sectors Estratègics»)Si no has participado en las convocatorias anteriores y obtienes 0 puntos en el criterio de capacidad técnica/experiencia, se te otorgan 5 puntos.5 puntos
  11. Entidades privadas, fundaciones privadas y autónomos que contrataron alumnado tras proyectos de convocatorias 2022 y 2024Haber participado en las convocatorias «SOIB Dual Sectors Estratègics» y «SOIB Formació en alternança en sectors estratègics i de difícil cobertura» de 2022 y 2024 y haber contratado a alguna persona trabajadora al finalizar el proyecto.5 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Si eres entidad de formación, tienes que estar autorizada e inscrita en el Registro de centros de formación profesional (para grado B) o en el Registro estatal de entidades de formación (para especialidades formativas en el trabajo), y estar de alta y visible en la aplicación ESOIB en el momento de presentar la solicitud.
  • Normalmente tienes que presentarte de forma AGRUPADA (entidad de formación + empresas/autónomos que se comprometen a contratar), con una persona representante única; solo puedes ir sola si eres entidad de formación que asume las contrataciones y cumples los requisitos de registro.
  • Necesitas tener el centro de trabajo donde presta servicios la persona contratada en la comunidad autónoma de las Illes Balears.
  • El proyecto debe obtener al menos 50 puntos en la valoración: por debajo no se concede aunque haya crédito.
  • No puedes subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa (solo se admite contratar personal docente, personas físicas).
  • El número de alumnos-trabajadores contratados no puede superar el 40 % de tu plantilla (si tienes tres trabajadores o menos, puedes contratar a un alumno).
  • No se subvenciona ningún gasto de proyectos iniciados antes de la resolución de concesión: no puedes formalizar contratos ni empezar la formación antes de la resolución.
  • Los contratos deben durar entre 6 y 12 meses completos a jornada completa; los proyectos también duran entre 6 y 12 meses.
  • Quedan excluidos los contratos con cónyuge y familiares hasta segundo grado del empresario y los de personas que hayan trabajado en la misma empresa en los 24 meses anteriores (indefinido) o 6 meses (temporal o formativo).
  • Plazos por periodo: para 2026-2027 puedes solicitar hasta el 30 de junio de 2026; para 2027-2028, del 1 de julio de 2026 al 30 de junio de 2027.
  • Si pides más de 30.000 € y eres persona física o jurídica con ánimo de lucro, tendrás que acreditar el cumplimiento de los plazos de pago (morosidad); no atender el requerimiento supone la denegación.

Requisitos

  • Si vas a impartir formación de grado B, tienes que estar autorizada e inscrita en el Registro de centros de formación profesional o el que disponga la normativa aplicable.
  • Si vas a impartir especialidades formativas en el trabajo, tienes que estar inscrita en el Registro estatal de entidades de formación.
  • En ambos casos tienes que estar de alta y visible en la aplicación ESOIB y cumplir los requisitos en el momento de presentar la solicitud.
  • Las empresas, fundaciones privadas y autónomos beneficiarios deben comprometerse a contratar mediante contrato de formación en alternancia, tener actividad directamente relacionada con los sectores del anexo 2 y centros de trabajo en Illes Balears.
  • Tienes que presentarte de forma agrupada, hacer constar los compromisos de ejecución y el importe de subvención de cada entidad y nombrar una persona representante única de la agrupación.
  • No presentarse agrupada solo si eres la entidad de formación que se compromete a hacer las contrataciones y cumples los requisitos de registro.
  • No puedes incurrir en las prohibiciones para ser beneficiaria del art. 10 del Decreto legislativo 2/2005, art. 13 de la Ley General de Subvenciones ni art. 11 de la Ley 11/2016.
  • No puedes subcontratar con terceros la ejecución de la actividad formativa (la contratación de personal docente, personas físicas, no se considera subcontratación).
  • La contratación no puede sustituir a trabajadores de tu plantilla y el alumnado contratado no puede superar el 40 % de la plantilla de cada entidad.
  • Los contratos deben tener una duración efectiva en meses completos, entre 6 y 12 meses, a tiempo completo.
  • El proyecto formativo debe incluir la programación de la actividad formativa del centro y la relación de empresas y centros de trabajo donde se realiza la actividad laboral.
  • La actividad formativa debe suponer un mínimo del 35 % de la jornada prevista en el contrato de formación en alternancia.
  • El centro debe tener al menos el 60 % del equipo docente de la formación vinculada a grados B con los requisitos académicos del art. 168.1.a) del RD 659/2023.
  • Debes designar un tutor o tutora dual en el centro de formación y la empresa debe designar tutor o tutores de empresa (máximo tres alumnos por tutor).
  • La persona coordinadora debe tener grado universitario o equivalente, ciclo formativo de grado superior o certificado de profesionalidad de nivel 3, o dos años de experiencia en gestión de programas de formación, y dedicarse en exclusiva a la coordinación.
  • Las empresas agrupadas deben tener concertada la formación con la entidad de formación mediante convenio de colaboración según el modelo de ESOIB.
  • Debes contratar una póliza de responsabilidad civil frente a terceros que cubra los daños que puedan producir las personas participantes durante la formación.
  • Las personas a contratar deben estar desempleadas e inscritas en el SOIB como demandantes de empleo el día antes de la contratación y cumplir los requisitos de acceso a la formación.
  • El proyecto debe obtener una valoración mínima de 50 puntos para ser beneficiario.
  • Tienes que tener el centro de trabajo donde presta servicios la persona contratada en las Illes Balears.
  • Debes llevar contabilidad separada o código contable adecuado de la percepción y aplicación de la subvención.

Documentación que piden

  • Solicitud normalizada generada en la aplicación ESOIB, firmada electrónicamente y presentada por el trámite telemático de la Sede Electrónica
  • Documentación indicada en el artículo 4.4.b), c), d), e) y f) de la Ordre 16/2023
  • Presupuesto en formato hoja de cálculo y firmado en formato PDF, según modelo de ESOIB
  • Certificado de acuerdos laborales (uno por cada entidad agrupada que formalice los contratos de formación en alternancia)
  • Proyecto formativo con la propuesta de programación de la actividad formativa y la relación de empresas y centros de trabajo
  • Convenio de colaboración entre el centro de formación y la empresa para el desarrollo del plan de formación (modelo ESOIB)
  • Declaración responsable del centro de formación acreditando el cumplimiento de requisitos del personal formador y de la dirección académica
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos de las personas formadoras de especialidades formativas en el trabajo
  • Currículum de la persona candidata a la coordinación, declaración responsable de veracidad y planificación de tareas (horario y ubicación)
  • Currículum de la persona que ejercerá las funciones de tutorización en la empresa y declaración responsable de veracidad
  • Propuesta de distribución horaria entre la fase formativa en el centro y la fase en la empresa (plan de formación), para su autorización por el SOIB
  • Modelo de comunicación identificativa de la documentación que ya está en poder de la Administración, cuando proceda
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago (art. 13.3 bis Ley 38/2003) si la subvención supera 30.000 € y eres entidad con ánimo de lucro
  • Justificación: memoria de actuación justificativa (memoria pedagógica) en el plazo de un mes desde el fin del proyecto
  • Justificación: memoria económica justificativa en el plazo de tres meses, con relación clasificada de gastos, nóminas, RLC, RNT, IDC, modelo 111 y justificantes de pago

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