CONVOCATORIA SUBVENCIONES CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA GASTOS VIVIENDA DE PERSONAS PROPIETARIAS, AÑO 2026
Convoca GARRIGA, LA
Para qué es
Conceder ayudas económicas para los gastos de la vivienda habitual de personas propietarias en el municipio de La Garriga, dentro del programa de ayudas a familias con renta baja del Departamento de Servicios Sociales, con un presupuesto máximo de 10.000 € para 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Orden de presentación de la solicitud hasta agotar el créditoNo hay baremo de puntuación: basta cumplir los requisitos y presentar la solicitud lo antes posible, porque las ayudas se conceden por orden de entrada en el Ayuntamiento hasta que se agota el crédito de 10.000 €.riguroso orden de las solicitudes presentadas hasta agotar la partida económica anual
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Ojo: esta convocatoria está diseñada para personas físicas propietarias de su vivienda habitual, no para proyectos de entidades; los requisitos que se acreditan son de renta, empadronamiento y propiedad de la vivienda.
- Tienes que estar empadronado/a en La Garriga: «Personas físicas empadronadas en la Garriga».
- No puedes ser titular de ninguna otra vivienda en pleno dominio ni tener derecho real de uso sobre otra vivienda.
- Tienes que destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia.
- Hay tope de ingresos: persona sola, no superar 2 veces el IPREM; unidad familiar de dos o más miembros, no superar 3 veces el IPREM (descontando como máximo 750 € de gastos de hipoteca).
- Tienes que estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- No puedes estar afectado/a por ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
- No se puntúa por calidad: las ayudas se dan por riguroso orden de presentación hasta agotar el crédito, así que presentarse pronto es decisivo.
- El plazo termina el 20 de noviembre de 2026; si no subsanas la documentación en 10 días hábiles, se te tiene por desistido/a.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica que deba realizar la actividad que fundamenta el otorgamiento y no estar afectada por las prohibiciones del art. 13 de la LGS.
- Si vives solo/a, no superar 2 veces el IPREM (descontando como máximo 750 € de gastos de hipoteca).
- Si la unidad familiar tiene dos o más miembros, no superar 3 veces el IPREM (descontando como máximo 750 € de gastos de hipoteca).
- Estar empadronado/a en La Garriga.
- No ser titular de ninguna otra vivienda en propiedad en pleno dominio ni de derecho real de uso.
- Destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente de la persona beneficiaria y de la unidad de convivencia.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Acreditar el cumplimiento de todos los requisitos en el momento de presentar la solicitud, con la documentación exigida.
Documentación que piden
- Formulario específico de solicitud (modelo normalizado)
- Declaración responsable de la concurrencia de los requisitos para obtener la condición de beneficiario/a
- Declaración responsable del compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento
- Declaración de otras subvenciones o ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar los futuros
- Declaración de adhesión a los principios éticos y reglas de conducta del Reglamento de código ético y buen gobierno del Ayuntamiento de La Garriga
- Datos bancarios para la transferencia
- Consentimiento del tratamiento de datos personales
- Volante de empadronamiento colectivo
- Poderes de representación y/o documentación acreditativa, en caso de representación legal
- Declaración de la Renta del año anterior al de la aprobación de la convocatoria de todos los miembros de la unidad familiar con ingresos
- Si no se presentó declaración de la Renta: hojas de salario o certificado equivalente de los últimos 6 meses (trabajadores fijos o temporales)
- Si no se presentó declaración de la Renta: certificado actualizado del SEPE (situación de desempleo)
- Documentación acreditativa de rendimientos no contributivos, según la fuente de ingresos
- Certificado acreditativo de la renta garantizada de ciudadanía, si se percibe
- Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar, si no se puede acreditar de otro modo
- Trabajadores autónomos: declaración de la Renta y/o beneficios y pérdidas, movimientos bancarios y declaración jurada de ingresos
- Último recibo de la hipoteca de la vivienda donde resida la persona beneficiaria, si es el caso