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CONVOCATORIA SUBVENCIONES POR CONCURRENCIA COMPETITIVA 2026

Convoca VILLANUEVA DEL ARZOBISPO

Para qué es

Financiar, en régimen de concurrencia competitiva, actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro en las áreas de cultura, festejos, educación, juventud, turismo, deporte, sanidad, consumo y salud, medio ambiente y participación ciudadana, así como cualquier otra actividad complementaria de la actividad municipal dirigida a un colectivo de población determinado y que repercuta en beneficio de la comunidad, en el municipio de Villanueva del Arzobispo (Jaén).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Años de antigüedad inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones (criterios de valoración a la asociación)Antigüedad de la inscripción en el Registro Municipal: menos de 5 años, 1 punto; de 5 a 10 años, 3 puntos; más de 10 años, 5 puntos. Se acredita con el Anexo V.5 puntos
  2. Número de sociosTamaño de la base social acreditada con el Anexo IV: hasta 50 socios, 1 punto; entre 51 y 100, 3 puntos; más de 100, 5 puntos.5 puntos
  3. Utilidad pública municipalTener reconocida la utilidad pública municipal.10 puntos
  4. Colaboración en actividades organizadas por el AyuntamientoDemostrar asistencia y participación en reuniones y foro de participación, feria de asociaciones y actividades propuestas por la Concejalía de Participación Ciudadana o por el Ayuntamiento.10 puntos
  5. Proyección social de las actividades de la asociaciónRepercusión que tienen las actividades desarrolladas por la asociación en la comunidad.10 puntos
  6. Calidad del programa presentado (criterios de valoración al proyecto)Que el programa se ajuste al índice marcado en el apartado 2.e de la base quinta: justificación, objetivos, destinatarios, periodo de ejecución y actividades con cronograma y lugar.10 puntos
  7. Fundamentación de la necesidad de la subvenciónJustificar que no existe cobertura pública o privada para esa necesidad o que la existente es insuficiente para darle satisfacción real.10 puntos
  8. Viabilidad del proyecto y del plan financiero: aportación económica de la asociaciónAportación propia de la entidad al proyecto reflejada en el plan financiero: hasta 50 euros, 5 puntos; de 51 a 100 euros, 10 puntos; más de 100 euros, 15 puntos.15 puntos
  9. Repercusión del proyecto en la comunidadAlcance e impacto del proyecto en la comunidad; es el criterio con mayor peso del baremo.25 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Tienes que estar inscrita en el Registro General de Asociaciones: es requisito para poder pedirla.
  • Tienes que estar inscrita, además, en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales de Villanueva del Arzobispo.
  • Solo pueden pedirla asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que vayan a realizar la actividad subvencionada.
  • Si tu solicitud no alcanza 50 puntos en la baremación, queda rechazada aunque cumplas todo lo demás.
  • No puedes estar en ninguno de los supuestos de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Tienes que estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el propio Ayuntamiento antes de que se dicte la propuesta de resolución.
  • El plazo es corto: 20 días naturales desde el día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Ninguna subvención puede superar 1.200,00 euros, por mucho que sea tu presupuesto.
  • Si te requieren subsanación y no respondes en 10 días hábiles, te tienen por desistida y se archiva sin más trámite.

Requisitos

  • Ser asociación o entidad sin ánimo de lucro que vaya a realizar la actividad que fundamenta la concesión.
  • Estar inscrita en el Registro General de Asociaciones.
  • Estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales.
  • No incurrir en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Acreditar, antes de la propuesta de resolución, estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.
  • Alcanzar un mínimo de 50 puntos en la baremación para no ser rechazada.
  • Presentar la solicitud (Anexo I) suscrita por el representante legal o por quien tenga poder suficiente.

Documentación que piden

  • Solicitud (Anexo I) dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, firmada por el representante legal
  • Anexo II Presupuesto de gastos
  • Anexo III Plan Financiero
  • Anexo IV Certificado acreditando número de socios
  • Anexo V Certificado de número y antigüedad de registro de asociaciones
  • Proyecto de las actividades con justificación de la actividad, objetivos, destinatarios, periodo de ejecución y actividades (descripción, cronograma y lugar)
  • DNI del representante legal
  • CIF de la entidad
  • Estatutos de la entidad debidamente inscritos (solo para entidades que solicitan la subvención por primera vez)
  • Certificación bancaria con los datos de la cuenta
  • Certificado del secretario de la entidad acreditando quien ostenta la representación (Anexo VI)

No te enteres tarde

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