Saltar al contenido
GanaSubvenciones

CONVOCATORIA SUBVENCIONS EFICIENCIA ENERGETICA 2026

Convoca GURB

Para qué es

Financiar proyectos y actuaciones en viviendas del municipio de Gurb que incentiven y promuevan la eficiencia, el ahorro y el autoconsumo energético (renovación de ventanas, aislamiento térmico, ahorro energético y placas fotovoltaicas), como medida de lucha contra el cambio climático y fomento de la sostenibilidad.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Orden cronológico de entrada de la solicitudNo hay baremo de puntuación: se concede por régimen reglado según la fecha de entrada de solicitudes completas y correctas hasta que se acabe el crédito. Si hay que subsanar, cuenta la fecha de la subsanación efectiva, así que presentar la documentación completa desde el principio es lo que decide.Riguroso orden cronológico de entrada hasta agotar la partida presupuestaria

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • No es una convocatoria para entidades del Tercer Sector en general: si eres persona física tienes que estar empadronada en Gurb y ser propietaria o inquilina de una vivienda del municipio; si eres persona jurídica, necesitas domicilio social en el mismo municipio.
  • No se puntúa por calidad del proyecto: se concede por riguroso orden cronológico de entrada de solicitudes hasta agotar la partida presupuestaria, así que presentar pronto es determinante.
  • Solo puedes presentar una solicitud por persona física o empresa, vivienda y año, y únicamente por una de las cuatro líneas de ayuda.
  • Si eres asociación o fundación, tienes que acreditar estar inscrita en el correspondiente Registro Oficial.
  • Las personas jurídicas están obligadas a tramitar de forma telemática con firma electrónica; presentarlo en papel te deja fuera.
  • La actuación debe estar ya ejecutada y pagada: hay que aportar facturas firmadas y justificante de pago, y el pagador debe coincidir con el solicitante/beneficiario.
  • Solo entran actuaciones desarrolladas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026.
  • El plazo de solicitud va del 1 de marzo al 31 de octubre de 2026 (convocatoria abierta), pero el crédito puede agotarse antes.
  • No estar afectada por ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003.

Requisitos

  • Puedes ser beneficiaria si eres persona física o jurídica que va a realizar la actividad que fundamenta la subvención y no estás afectada por las prohibiciones del artículo 13 de la LGS.
  • Personas físicas: estar empadronada en Gurb y ser propietaria o inquilina de una vivienda situada en el municipio.
  • Personas jurídicas: tener el domicilio social en el municipio.
  • Si eres asociación o fundación, tienes que acreditar la inscripción en el Registro Oficial correspondiente.
  • Solo se admite una solicitud por persona física o empresa, vivienda y año, y por una sola de las cuatro líneas.
  • Las personas jurídicas deben presentar la solicitud telemáticamente con firma electrónica mediante certificado digital.
  • El pagador de las facturas debe ser la misma persona que solicita y recibe la subvención.
  • La actuación debe suponer una mejora energética demostrable: al menos un salto de letra en la etiqueta energética, o informe/memoria técnica que lo explique.

Documentación que piden

  • Documentación técnica: acreditación del cambio en la etiqueta energética del edificio (mínimo un salto de letra en consumo de energía primaria kWh/m2 y año o en emisión de CO2) o, en su defecto, informe o memoria técnica de la instalación con el contenido de la Base 16ª
  • Certificaciones de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y autorización para comprobar las deudas con el Ayuntamiento (incluida en el modelo de solicitud)
  • Solicitud de subvención según modelo normalizado
  • ANEXO I - Declaración responsable (requisitos del art. 13 LGS, compromiso de cumplimiento de condiciones y declaración de otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad)
  • ANEXO II - Memoria del proyecto/actividad según modelo normalizado
  • ANEXO III - Memoria económica y justificativa del coste de la actividad (art. 72.2 RLGS) según modelo normalizado
  • Facturas debidamente firmadas por el proveedor
  • Certificado de pago del proveedor si el pago se hizo en efectivo, o comprobante de la transferencia efectuada
  • Certificado de titularidad bancaria de la cuenta
  • Personas físicas: fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, acreditación de la representación (art. 5 Ley 39/2015)
  • Personas jurídicas: fotocopia del DNI del representante legal, fotocopia del NIF de la entidad, escritura de constitución o Estatutos y poderes de representación
  • Asociaciones y fundaciones: acreditación de la inscripción en el correspondiente Registro Oficial

No te enteres tarde

Sigue las convocatorias que te interesan y recibe un correo el día que abren, cambian de fecha o corrigen las bases.

Empezar gratis

Busca, analiza y gestiona tus subvenciones en un solo sitio

Buscar subvenciones. Todas las convocatorias del Tercer Sector con el plazo ya calculado, filtradas por ámbito, territorio y quién convoca.

CONVOCATORIA SUBVENCIONS EFICIENCIA ENERGETICA 2026 · GanaSubvenciones