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Extracto de la convocatoria de las tarjetas monedero del Ayuntamiento de Torroella de Montgrí para la adquisición de alimentos de primera necesidad y/o productos de higiene personal, doméstica y medicamentos con prescripción médica del año 2026.

Convoca TORROELLA DE MONTGRÍ

Para qué es

Conceder ayudas mediante tarjetas monedero para que personas en situación de vulnerabilidad económica empadronadas en Torroella de Montgrí, l'Estartit y los municipios del V sector (Gualta y Serra de Daró) puedan adquirir alimentos de primera necesidad, productos de higiene personal y doméstica y medicamentos con prescripción médica, cubriendo necesidades básicas y promoviendo la autonomía y la autogestión económica.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Criterios remitidos al artículo 2 de la convocatoria y a las bases reguladoras aprobadas por el plenoEl extracto no desglosa puntuaciones: remite a los requisitos del artículo 2 (empadronamiento, edad, límite de ingresos, patrimonio) y a los criterios de las bases reguladoras publicadas en el BOP el 09/04/2026.no consta (no se detalla puntuación en el extracto)
  2. Baremo económico: ingresos netos hasta el 40 % de la Renta Garantizada de CiudadaníaSe calcula la suma de todos los ingresos netos (nóminas, prestaciones, pensión de alimentos, becas, ayudas de alquiler) descontando hipoteca o alquiler, suministros (150 €/mes para familias numerosas y monoparentales, 130 € el resto) y medicación prescrita en tratamiento médico público.requisito/baremo económico (excluyente si se supera)
  3. Valoración profesional de situación de riesgo o desamparoQue el profesional de servicios sociales básicos detecte y valore situación de riesgo o desamparo de la persona o núcleo familiar, especialmente con menores en riesgo, violencia y/o personas mayores en riesgo.se valora por el profesional de servicios sociales básicos
  4. Cómputo adicional por discapacidad o dependencia en la unidad de convivenciaSi un miembro de la unidad de convivencia tiene reconocida discapacidad y/o dependencia, se computa como un miembro más al aplicar el baremo de ingresos.un miembro más a efectos de cálculo
  5. Informe-propuesta de la técnica de servicios sociales (segunda fase)En una segunda fase, la técnica de servicios sociales emite informe-propuesta que se valora junto con la coordinadora para comprobar el cumplimiento de los requisitos, y después se aprueba por decreto de alcaldía; también hay entrevista con la técnica referente para firmar la hoja de compromiso y el plan de trabajo.informe propuesta valorado conjuntamente con la coordinadora

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Esta convocatoria es para personas físicas, no para entidades: solo pueden solicitarla personas empadronadas que cumplan los requisitos económicos. Si eres una asociación o fundación, no puedes presentarte.
  • Necesitas estar empadronado/a en Torroella de Montgrí, l'Estartit, Gualta o Serra de Daró; dejar de residir en ellos es causa de suspensión automática de la tarjeta.
  • Tienes que ser mayor de 18 años (o menor emancipado que acredite la situación y viva independizado de la familia).
  • Tus ingresos netos (una vez descontados hipoteca/alquiler, suministros según criterio y medicación prescrita) deben ser iguales o inferiores al 40 % de la Renta Garantizada de Ciudadanía; si se supera el límite, la persona y/o unidad familiar queda excluida.
  • No puedes acceder si tú o algún miembro de la unidad de convivencia disponéis de otros bienes inmuebles distintos de la vivienda habitual.
  • Quedas excluido/a si en la fecha de presentación de la instancia no estás al corriente de tus obligaciones con el Ayuntamiento de Torroella de Montgrí.
  • El número de tarjetas está limitado a 350 al año y, una vez agotada la dotación, aunque tengas derecho no podrás acceder a la subvención.
  • Si no subsanas la documentación incorrecta o incompleta en 10 días hábiles, se revoca la solicitud o la tarjeta.
  • Si se acredita intención de presentar justificantes falsificados, se revoca la tarjeta y no podrás tramitar ningún otro ayuda de urgencia del Ayuntamiento.

Requisitos

  • Estar empadronado/a en el municipio de Torroella de Montgrí y l'Estartit o en los municipios que forman el V sector (Gualta y Serra de Daró).
  • Ser mayor de 18 años o, excepcionalmente, menor emancipado que acredite la situación y viva independizado de la familia.
  • No superar unos ingresos netos iguales o inferiores al 40 % de la Renta Garantizada de Ciudadanía, según el número de miembros de la unidad familiar.
  • No disponer, ni tú ni los miembros de la unidad de convivencia, de otros bienes inmuebles distintos de la vivienda habitual.
  • Las personas en situación administrativa irregular solo pueden optar si tienen menores a cargo y/o dificultades de salud acreditadas por el sistema público sanitario.
  • Estar al corriente de las obligaciones con el Ayuntamiento de Torroella de Montgrí en la fecha de presentación de la instancia (o tener pacto de pago formalizado y cumplirlo).
  • Firmar y cumplir el plan de trabajo establecido con la técnica de referencia del área de servicios sociales.
  • Si los miembros de la unidad familiar están en edad laboral y con posibilidades de trabajar, deben estar inscritos en el SOC como demandantes de empleo, mantener la inscripción vigente y participar en los itinerarios laborales derivados.
  • Firmar la hoja de compromiso con la normativa de la tarjeta monedero.
  • Comunicar al área de servicios sociales la obtención de otras ayudas para la misma finalidad; la compatibilidad la valora el SBAS.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación de los tickets de compra, facilitando toda la información requerida.
  • Informar a la técnica referente con un mínimo de 15 días de antelación si vas a salir del municipio por más de 15 días, para dar de baja la recarga.
  • Usar la tarjeta personalmente: es personal e intransferible y solo puede utilizarla el titular.
  • Cumplir el artículo 13 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación que piden

  • Instancia de la subvención (modelo oficial disponible en el Registro de Entrada del Ayuntamiento y/o EMD de l'Estartit)
  • DNI/NIE/pasaporte del solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar, o documentación que acredite la condición de representante legal
  • Movimientos bancarios de los últimos 6 meses y ficha de cliente de todas las personas de la unidad familiar mayores de 18 años
  • Declaración jurada de otros ingresos y/o declaración jurada que argumente la falta de documentación presentada
  • Vida laboral actualizada del solicitante y de los miembros de la unidad familiar

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