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GanaSubvenciones

Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 21 de abril de 2026 de convocatoria de “subvenciones en especie” para fomento de festejos populares en los pueblos del concejo de Grandas de Salime ejercicio 2026

Convoca GRANDAS DE SALIME

Para qué es

Fomentar los festejos populares tradicionales en los distintos pueblos del concejo de Grandas de Salime mediante subvenciones en especie (alquiler y transporte de grupos electrógenos y instalación de iluminación), con un crédito total máximo de 21.000 € para el ejercicio 2026.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Orden cronológico de presentación (criterio temporal)No hay puntuación por calidad: lo que decide es presentar la solicitud completa y correcta lo antes posible, porque se van concediendo por orden de llegada hasta agotar los 21.000 € y no se puede rebasar ese crédito.Único criterio: concesión por orden cronológico hasta el límite del crédito disponible
  2. Valoración del proyecto presentado (excepción de las Fiestas Patronales de la capital del concejo)Solo para las Fiestas Patronales de la capital del concejo, cuya duración es mayor: aquí sí se atiende al proyecto presentado para decidir la ayuda en especie y los días concedidos.Se podrá conceder en atención al proyecto presentado

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes pedirla si organizas y realizas efectivamente las fiestas populares anuales de un pueblo del concejo de Grandas de Salime: fuera de ese territorio no entras.
  • Si eres asociación, tienes que estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grandas de Salime.
  • No se concede más de una ayuda para el mismo acto o evento: si dos personas piden para la misma fiesta, la segunda y sucesivas solicitudes se desestiman automáticamente.
  • Tienes que presentar la solicitud con al menos 20 días naturales de antelación a la fecha prevista de la actividad, y dentro del plazo de cuatro meses desde la publicación de la convocatoria en el BOPA.
  • No se reparte por puntuación: se concede por orden cronológico de solicitudes completas y correctas hasta agotar el crédito, así que llegar tarde equivale a quedarse fuera.
  • Necesitas haber justificado cualquier subvención anterior del Ayuntamiento cuyo plazo de justificación ya haya terminado.
  • Si tienes pendiente de abonar un exceso de horas de generador de un festejo anterior, no se te concede ni abona ninguna otra subvención hasta que conste pagado.
  • Tienes que estar al corriente con la AEAT, la Hacienda del Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Grandas de Salime y la Seguridad Social.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica que organice y realice las fiestas populares anuales en un pueblo del concejo de Grandas de Salime.
  • Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y, si eres asociación, estar inscrita en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Grandas de Salime.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias (estatal, autonómica y municipal) y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Haber justificado las subvenciones concedidas antes por el Ayuntamiento cuyo plazo de justificación ya hubiera finalizado.
  • No pedir ayuda para un acto o evento para el que ya la haya solicitado otra persona: la segunda y siguientes solicitudes se desestiman automáticamente.
  • Presentar la solicitud con al menos 20 días naturales de antelación a la fecha prevista de la actividad.
  • Dar publicidad al carácter público de la subvención, incluir el logotipo del Ayuntamiento y obtener autorización expresa del diseño del material a difundir, presentándolo en soporte digital.
  • Abonar, según factura girada al Ayuntamiento, el exceso sobre las 16 horas diarias de funcionamiento del generador.

Documentación que piden

  • Solicitud conforme al modelo del Anexo I de las bases publicadas en el BOPA nº 104 de 1 de junio de 2023
  • Anexo II que consta en la misma publicación
  • Copia del DNI/CIF de la persona solicitante
  • Diseño del cartel objeto de publicación en soporte digital, para autorización expresa del Ayuntamiento
  • Si la propuesta de subvención supera 3.000 €: certificaciones de estar al corriente en obligaciones tributarias estatales, autonómicas, municipales de Grandas de Salime y con la Seguridad Social

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