FIM 2026
Convoca GRANADA
Para qué es
Promover el derecho a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y apoyar el asociacionismo y la participación e integración de las mujeres granadinas en la vida social y comunitaria, mediante programas, proyectos y/o actividades dirigidos a toda la ciudadanía del municipio de Granada y acciones positivas destinadas específicamente a mujeres.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Competencia de la entidad para el desarrollo adecuado del proyectoQue demuestres capacidad técnica, humana y organizativa para ejecutar bien el proyecto. Forma parte del bloque 1 'La entidad solicitante' (máximo 25 puntos, mínimo 12 para ser subvencionable).8 puntos
- Experiencia en la gestión de subvenciones públicasAcreditar trayectoria previa gestionando y justificando subvenciones públicas.4 puntos
- Compromiso en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombresDemostrar compromiso real y estructural de la entidad con la igualdad; si no alcanzas 6,5 puntos aquí, el proyecto no puede ser subvencionado.hasta 13 puntos (mínimo 6,5 puntos, eliminatorio)
- Complementariedad y coherencia con las políticas de igualdad y las actuaciones del Servicio de IgualdadQue el proyecto encaje y complemente las políticas municipales de igualdad; es umbral mínimo obligatorio de 8,5 puntos. Pertenece al bloque 2 'Proyecto' (máximo 75 puntos, mínimo 38).hasta 17 puntos (mínimo 8,5 puntos, eliminatorio)
- Pertinencia respecto a las necesidades y perfil de la población destinatariaJustificar con diagnóstico que la intervención responde a las necesidades reales y al perfil de las personas destinatarias.12 puntos
- Coherencia interna del proyectoQue exista concordancia lógica entre diagnóstico, objetivos, actuaciones, resultados, indicadores y presupuesto.10 puntos
- InnovaciónPlantear soluciones novedosas al problema abordado dentro de su ámbito.4 puntos
- Eficiencia-eficaciaMostrar que se alcanzarán los objetivos y resultados al menor coste posible y en el tiempo programado.10 puntos
- SostenibilidadQue los beneficios del proyecto se mantengan más allá del periodo de ejecución.4 puntos
- EvaluabilidadIncluir un sistema de evaluación que permita seguimiento y evaluación final adecuados.4 puntos
- Respeto a la diversidadIncorporar en diagnóstico, objetivos, actuaciones, resultados, indicadores y presupuesto garantías de acceso y participación de mujeres con discapacidad, inmigrantes, minorías étnicas y otras mujeres en situación de vulnerabilidad o exclusión.14 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que estar inscrita en el Censo municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Granada: sin esa inscripción no puedes solicitarla.
- Necesitas sede social o delegación en la ciudad de Granada con al menos un año de antigüedad contado desde el cierre del plazo de solicitudes.
- Tus fines estatutarios deben recoger el desarrollo de programas, proyectos y/o actividades directamente relacionados con el objeto de la subvención.
- Tienes que carecer de ánimo de lucro y estar legalmente constituida y registrada en el registro que te corresponda.
- Si eres entidad que desarrolla acciones voluntarias organizadas (Ley 7/2001 de Voluntariado de Andalucía), además tienes que estar inscrita en el Registro de Entidades de Voluntariado de Andalucía y cumplir el Título IV de esa Ley.
- Quedas fuera si a la fecha de resolución no has justificado en plazo subvenciones de ejercicios anteriores de cualquier convocatoria municipal.
- Quedas fuera si ya percibes financiación municipal (convenio u otra subvención) para el mismo proyecto u objeto.
- No basta con presentarse: hay umbrales mínimos de puntuación (50 puntos en total, 12 en el bloque de entidad, 38 en el bloque de proyecto, 6,5 en el criterio 1.3 y 8,5 en el criterio 2.1).
- No se subvencionan proyectos coincidentes con actividades ya programadas por el Ayuntamiento de Granada, salvo que la Comisión los considere complementarios.
- La solicitud debe presentarse obligatoriamente de forma telemática por sede electrónica, dentro de los 45 días naturales siguientes a la publicación en el BOP.
Requisitos
- Ser persona jurídica, asociación u otra entidad sin ánimo de lucro que promueva la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y tenga un fin social
- Carecer de ánimo de lucro
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro que corresponda
- Estar inscrita en el Censo municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Granada
- Disponer de sede social o delegación en Granada durante un año como mínimo a fecha de cierre del plazo de solicitudes
- Tener entre los fines estatutarios el desarrollo de actividades relacionadas con el objeto de la subvención
- Si desarrollas acciones voluntarias organizadas: cumplir el Título IV de la Ley 7/2001 y estar inscrita en el Registro de Entidades de Voluntariado de Andalucía
- Presentar un proyecto directamente relacionado con el objeto de la convocatoria
- No ser deudora del Ayuntamiento en período ejecutivo y estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (condición para el pago)
- Haber justificado las subvenciones anteriores cuyo plazo de justificación haya vencido
Documentación que piden
- Anexo 1. Solicitud de subvención
- Anexo 2. Formulario de Subvención Fondo de Iniciativa Mujer
- Documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante
- Certificado de la persona representante legal de la entidad solicitante y documentación que acredite su capacidad legal para representar y solicitar la subvención
- Copia de los Estatutos de la Entidad, si hubiese sufrido alguna modificación respecto a la que obra en poder de la Administración
- Declaración acreditativa de no concurrencia de las circunstancias del artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones
- Declaración responsable de subvenciones obtenidas, solicitadas o que pretenda solicitar para la misma finalidad, con cuantía y procedencia
- Declaración de compromiso de aportar con fondos propios la diferencia entre el coste total del proyecto y las subvenciones obtenidas
- Documento acreditativo de la entidad bancaria donde se abonará la subvención, si hubiese sufrido modificación
- Solicitud de Autorización del Ayuntamiento de Granada para la subcontratación (Anexo 4), si procede, sin exceder el 50 % del importe de la actividad
- Certificación de inscripción en el Registro correspondiente como legalmente constituida y en el Censo municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Granada, con consentimiento para el tratamiento de datos
- Cualquier otra documentación que establezcan los acuerdos del órgano concedente en la orden de convocatoria o en el acto de concesión