MOVILIDAD DE CREADORES/AS 2026
Convoca PAÍS VASCO
Para qué es
Financiar la movilidad de creadores y creadoras de artes plásticas y visuales, música, danza y teatro para difundir la cultura vasca fuera del ámbito territorial del euskera durante 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Cumplir los requisitos de la convocatoria (todas las modalidades)Se otorgan automáticamente 30 puntos a toda solicitud que cumpla los requisitos de la convocatoria.30 puntos
- Presencia del euskera en el proyectoQue el proyecto tenga elementos en euskera (texto o música); en música, 10 puntos si la lengua del proyecto es el euskera y 5 si es bilingüe; en teatro, representar la obra también en euskera; si no hay texto se valora el título de la obra o la música.10 puntos
- Igualdad de géneroQue la creadora o miembro principal del grupo sea mujer, que haya equidad o mayoría de mujeres entre los participantes, o que la obra trate sobre la igualdad de género; en otros casos se puntúa proporcionalmente.hasta 10 puntos
- Nivel de autofinanciación del proyectoDemostrar autofinanciación superior al 80 % del proyecto para obtener los 20 puntos; en otro caso se puntúa proporcionalmente.20 puntos
- Espacio o evento en el que se desarrollará la actividadSe valora el país o ciudad de la actuación, las características del espacio, el aforo y la programación internacional.20 puntos
- Presencia digital del solicitanteQue la web, redes sociales y otros soportes digitales estén en euskera e inglés (10 puntos), solo euskera (6) o solo inglés (4); en danza, si están en euskera y castellano/francés se puntúa según la presencia proporcional del euskera (2-4-6 puntos).10 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Necesitas ser persona física o jurídica privada con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca; solo si el idioma vehicular de la obra es mayoritariamente el euskera se admite sede o domicilio en todo el ámbito geográfico del euskera (CAPV, Navarra y Mancomunidad Única de Iparralde).
- Si eres una fundación no puedes presentarte: no se admiten solicitudes de fundaciones, ni de entidades privadas de capital mayoritariamente público, ni de asociaciones sin relación directa con la actividad del sector de la modalidad.
- Tienes que estar dada de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente (Anexo I) desde el inicio de las actuaciones o desde la presentación de la solicitud, salvo en artes plásticas y visuales.
- Solo puedes presentar una solicitud (en teatro, una para giras y otra para temporadas).
- La actividad debe realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 y fuera del ámbito territorial del euskera.
- El reparto es por concesión sucesiva por orden de presentación: cuando se agote el presupuesto se cierra el plazo y las solicitudes posteriores se desestiman (quedan en reserva).
- No se aceptan solicitudes de subvención de menos de 500 euros (música, danza y teatro); no se conceden subvenciones inferiores a 500 euros, ni a 250 euros en artes plásticas y visuales.
- En música quedan excluidos los grupos de doce o más integrantes.
- Necesitas contrato, invitación oficial o certificado firmado por el organizador de cada festival, feria, teatro, residencia o sala, con lugar, fecha, condiciones económicas y contacto.
- No se subvencionan actuaciones sin contraprestación en forma de caché o taquilla: el caché mínimo es de 125 euros por cada miembro del grupo.
- No se conceden ayudas para proyectos en espacios que carezcan de información on-line actualizada sobre sus actividades.
- En artes plásticas y visuales, el espacio que acoge la acción debe participar en su financiación: no se admiten proyectos financiados solo por Etxepare y por el solicitante.
Requisitos
- Ser persona física o jurídica privada con sede social y domicilio en la Comunidad Autónoma Vasca (o en el ámbito geográfico del euskera si la obra es mayoritariamente en euskera).
- Acreditar el domicilio: las personas físicas con certificado de empadronamiento y las jurídicas con los documentos correspondientes.
- Estar de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente a la actividad (excepto en artes plásticas y visuales).
- No ser entidad privada de capital mayoritariamente público, fundación ni asociación sin relación directa con la actividad del sector.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y de pagos a la Seguridad Social.
- No estar sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones ni incursa en prohibición legal.
- Estar al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Cumplir los requisitos tanto para acceder a la condición de beneficiario como para mantenerla hasta la liquidación.
- En música: la gira debe consistir en al menos 4 conciertos en 3 ciudades diferentes fuera del ámbito geográfico del euskera en 2026 (excepcionalmente una sola actuación en conciertos exclusivamente en euskera si es festival internacional o sala de capital internacional con aforo de 300 o más personas).
- En danza: mínimo 3 actuaciones en 3 ciudades diferentes fuera del ámbito geográfico del euskera (o una única actuación en festival internacional o feria profesional de danza).
- En teatro: mínimo 3 actuaciones en 3 ciudades distintas en teatros de fuera del ámbito geográfico del euskera, con aforo mínimo de 150 butacas o teatro de reconocido prestigio.
- En temporada de teatro: al menos 7 actuaciones seguidas en el mismo teatro de fuera del ámbito geográfico del euskera, con aforo mínimo de 150 butacas.
- En proyectos de residencia (artes plásticas y visuales): duración mínima de dos semanas en un centro con información on-line sobre su programa de residencias.
- Las personas jurídicas deben presentar la solicitud por medios electrónicos (salvo las de la Mancomunidad Única de Iparralde, que pueden hacerlo también presencialmente).
Documentación que piden
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado, con los documentos que se requieran en el formulario de cada modalidad
- Contrato, invitación oficial o certificado de cada uno de los festivales, ferias, teatros, residencias o salas que acogerán las funciones, firmado por el organizador, con lugar y fecha del evento, condiciones económicas y contacto
- Presupuesto adjuntado a la solicitud con los gastos subvencionables por el IVE
- Declaración responsable contenida en la solicitud (otras ayudas, ayudas de minimis de los tres años previos, no estar sancionada y estar al corriente de reintegros)
- En artes plásticas y visuales: contrato, invitación o certificado firmado por la persona responsable del espacio indicando las condiciones económicas y la retribución al artista o el pago en especie
- En proyectos de residencia: certificado o documento firmado por la persona responsable del centro con objetivos de la residencia, condiciones económicas, duración e información de contacto
- Certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social o equivalentes, si tienes domicilio o sede en la Mancomunidad Única de Iparralde
- Acreditación de la identidad y del poder de representación legal cuando se solicite en nombre de otra persona
- Certificado de empadronamiento (personas físicas) o documentos acreditativos del domicilio (personas jurídicas)