Orden de 20 de julio 2026 de la Consejería de Medio Ambiente y Energía por la que se convocan ayudas, cofinanciadas por (FEADER), destinadas al fomento de plantaciones de especies con producciones forestales de alto valor en PEPAC 2023-2027. año 2026.
Convoca CASTILLA Y LEÓN
Para qué es
Fomentar en Castilla y León las plantaciones de especies que proporcionen producciones forestales de alto valor económico, financiando la plantación y una prima de mantenimiento anual durante cinco años, con cofinanciación FEADER en el marco del PEPAC 2023-2027.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Tipo de plantación: maderas de calidad con especies mejoradas genéticamente (nogal, cerezo, serbal, fresno)Que la plantación sea monoespecífica o pluriespecífica para producción de maderas de calidad con especies mejoradas genéticamente de Juglans spp., Prunus avium, Sorbus domestica y Fraxinus excelsior15 puntos
- Tipo de plantación: Pinus pinea injertadoQue la plantación se realice con pino piñonero injertado10 puntos
- Tipo de plantación: Castanea spp.Que la plantación se realice con especies del género castaño5 puntos
- Tipo de plantación: Quercus micorrizados para trufa negraQue la plantación sea de encina o quejigo micorrizados para producción de Tuber melanosporum2 puntos
- Material de base de la mayor categoría del Catálogo Nacional de Materiales de BaseQue los materiales forestales de reproducción procedan de materiales de base con la mayor categoría posible aprobada en el Catálogo Nacional de Materiales de Base8 puntos
- Concesión de derechos de riegoQue los terrenos cuenten con concesión vigente del derecho de riego otorgada por la Confederación Hidrográfica a fecha de cierre del plazo de solicitud8 puntos
- Superficie total de plantaciónQue la solicitud integre la mayor superficie de plantación posible8 puntos (≥10 ha); 4 puntos (≥3 y <10 ha); 2 puntos (≥1 y <3 ha); 0 puntos (<1 ha)
- Pertenencia a asociación de propietarios forestalesSer miembro, a fecha de cierre del plazo, de una entidad de propietarios forestales legalmente constituida y domiciliada en Castilla y León seleccionada para prestar el servicio de asesoramiento a explotaciones; en agrupaciones, al menos la mitad de sus miembros deben estar asociados8 puntos (≥500 miembros); 4 puntos (≥1 y <500); 0 puntos (no asociado)
- Planificación de la gestión (plan de gestión forestal)Que los terrenos estén incluidos en un plan de gestión forestal aprobado y en vigor a fecha de cierre del plazo de solicitud4 puntos (100% de los terrenos); 2 puntos (≥50% y <100%); 0 puntos (<50%)
- Certificación forestal (PEFC o FSC)Que los terrenos estén certificados por un sistema de certificación de la Gestión Forestal Sostenible (PEFC o FSC) a fecha de cierre del plazo4 puntos (100% certificado); 2 puntos (≥50% y <100%); 0 puntos (<50%)
- Ubicación de los terrenosQue los terrenos se localicen en términos municipales que incluyan Espacios Naturales Protegidos declarados o que formen parte de la Red Natura 2000; solo se puede optar por una de las dos categorías4 puntos (Espacios Naturales Protegidos declarados); 2 puntos (Red Natura 2000); 0 puntos (otros terrenos)
- Integración laboral de las personas con discapacidadAcreditar mayor porcentaje de personal con discapacidad que el exigido por la normativa, o comprometerse a contratarlo durante la ejecución; también se otorga 1 punto a quienes carezcan de personal por cuenta ajena, a entidades locales con reserva legal y a las exentas. Se acredita con la solicitud y se comprueba en la solicitud de pago1 puntos
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Tienes que ser propietaria o usufructuaria mortis causa de los terrenos susceptibles de plantación (o entidad pública propietaria); si no acreditas la propiedad o el usufructo, no puedes pedirla: «Las personas físicas o jurídicas de derecho privado legalmente constituidas, propietarias o usufructuarias mortis causa de terrenos susceptibles de plantación»
- Los terrenos tienen que estar en el territorio de Castilla y León: «fomentar las plantaciones de especies que proporcionen producciones forestales de alto valor en el territorio de Castilla y León»
- La solicitud debe alcanzar una puntuación mínima: si no puntúas en al menos dos criterios y no llegas a 9 puntos, queda fuera: «deberá puntuar en al menos dos de los criterios y obtener una puntuación mínima igual o superior a 9 puntos»
- Presentación exclusivamente telemática con certificado electrónico o DNI electrónico; no se admite en papel: «La solicitud se presentará exclusivamente de forma telemática desde el registro electrónico»
- El plazo se cierra el 25 de septiembre de 2026: «La solicitud de ayuda se podrá presentar hasta el 25 de septiembre de 2026»
- No puedes iniciar los trabajos antes de que te notifiquen la concesión: «Las actuaciones concedidas no podrán estar iniciadas con anterioridad a la notificación de la resolución de concesión de la ayuda»
- Quedan excluidas las entidades a las que se les haya denegado la concesión de sucesivas ayudas por los artículos 17.7 o 32.4 de las bases: «No se podrán conceder estas ayudas a quienes se les haya denegado la concesión de sucesivas ayudas»
- Una vez cerrado el plazo no podrás mejorar al alza los datos que puntúan ni la superficie o el importe solicitados: «no se permitirá ninguna modificación al alza de los apartados que contengan información a utilizar en el cálculo de los criterios de valoración»
Requisitos
- Ser entidad pública propietaria de terrenos susceptibles de plantación; si las tierras son del Estado o de la Comunidad Autónoma, solo se concede si el organismo gestor es un organismo privado o una entidad local
- Ser persona física o jurídica de derecho privado legalmente constituida, propietaria o usufructuaria mortis causa de terrenos susceptibles de plantación
- Las agrupaciones sin personalidad jurídica deben constituirse con la finalidad principal de realizar en común las actuaciones y nombrar un representante
- Las comunidades de bienes propietarias o usufructuarias mortis causa de terrenos también pueden solicitarla
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para obtener subvenciones públicas
- Acreditar la reserva de planta en un vivero, mediante documento o declaración responsable
- Cumplir las obligaciones y compromisos de los artículos 24 y 25 de la orden de bases reguladoras
- Comunicar al Servicio Territorial de Medio Ambiente el inicio de los trabajos con al menos cinco días de antelación
- Cumplir las obligaciones de información y publicidad del FEADER (web, panel o placa)
Documentación que piden
- Solicitud de ayuda al fomento de plantaciones de especies con producciones forestales de alto valor (modelo de la sede electrónica)
- Copia del DNI/NIF/NIE en vigor de quien solicite la ayuda y de la persona o entidad propietaria de los terrenos si fueran distintas (solo si se opone a la comprobación telemática)
- Acuerdo de constitución de agrupación y de nombramiento de representante (si solicita una agrupación sin personalidad jurídica)
- Acuerdo para la plantación de parcelas en proindiviso (si hay parcelas en proindiviso)
- Escritura de constitución, estatutos y documento que acredite la representación y el poder del firmante (personas jurídicas)
- Acuerdo de representación o apoderamiento apud acta (si actúa mediante representante)
- Documento que acredite la reserva de planta en vivero o Declaración responsable de acreditación de la reserva de planta
- Certificado de la Confederación Hidrográfica sobre la concesión vigente del derecho de riego (si se hace valer ese criterio y se opone a la comprobación telemática)
- Copia del certificado de gestión forestal sostenible PEFC o FSC (si los terrenos están certificados)
- Plano de situación de la superficie a forestar, a escala 1:50.000 o superior
- Plano detallado de la zona de actuación, a escala 1:10.000 o superior, con identificación de rodales y obra complementaria
- Documento que acredite la propiedad o el usufructo mortis causa de las parcelas
- Declaración responsable de la exclusión de las parcelas de un proceso de concentración parcelaria (cuando proceda)
- Declaración responsable de disponer de autorización previa en terrenos sometidos a concentración parcelaria de interés general o utilidad pública
- Certificado de la Secretaría de la entidad local con el acuerdo de plantación, relación de parcelas y recintos SIGPAC y compromiso de contratación (entidades locales)
- Declaración responsable en materia de integración laboral de las personas con discapacidad
- Certificado de la secretaría de la asociación de propietarios forestales acreditativo de la condición de asociado y del número de miembros (si se hace valer ese criterio)
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente (salvo autorización expresa de comprobación telemática)
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente (si se opone a la comprobación telemática)
- Memoria Técnica de la plantación firmada por técnico competente colegiado (documentación complementaria de las preseleccionadas)
- Medición digital de los rodales y del cerramiento en formato SHP, ETRS 1989 huso 30 (documentación complementaria)
- Análisis del suelo, Anexo I de la Memoria Técnica de la plantación (documentación complementaria)