Saltar al contenido
GanaSubvenciones

ORDEN de 20 de noviembre de 2025, de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones encaminadas a la protección de los animales dom

Convoca GALICIA

Para qué es

Financiar actuaciones de protección de los animales domésticos de compañía (perros y gatos) abandonados en Galicia: atención y cuidado veterinario y alimentario de los animales que estén en centros de recogida autorizados y/o en colonias felinas, campañas de concienciación para la tenencia responsable y la adopción, y compra de material y equipamiento para la gestión y manejo de los animales. Convocatoria para 2026 dirigida a asociaciones inscritas en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía (procedimiento MT811B).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Línea a) Número de animales recogidos y admitidos en centro autorizado y/o colonia felina (1/09/2025–31/08/2026)Volumen real de animales atendidos en el periodo, acreditado con los certificados de la entidad gestora del centro o de la colonia (anexos II-A y II-B). Es además el primer criterio de desempate.20 puntos
  2. Línea a) Población diana sobre la que actúa la entidadTamaño de la población del ámbito en el que actúas: hasta 10.000 habitantes, 5 puntos; más de 10.000 y menos de 100.000, 7 puntos; más de 100.000 habitantes, 10 puntos. Segundo criterio de desempate.10 puntos
  3. Línea a) No haber percibido ayudas en la convocatoria inmediatamente anteriorPuntúa no haber sido beneficiaria en la convocatoria anterior de estas mismas ayudas de protección de animales abandonados.5 puntos
  4. Línea a) Atención simultánea a animales de especie canina y felinaDemostrar que atiendes y cuidas al mismo tiempo perros y gatos.15 puntos
  5. Línea b) La entidad gestiona o es titular de un centro de recogida autorizado o gestiona una colonia felinaAcreditar la titularidad o gestión de un centro de recogida autorizado o de una colonia felina regulada. Primer criterio de desempate en esta línea.10 puntos
  6. Línea b) Mix de medios empleados en la campañaCombinar varios canales en la campaña de concienciación: prensa escrita (10 puntos), medios digitales (20), actividades presenciales en grupos reducidos (10) y elaboración de material divulgativo (20). Se justifica con la memoria del anexo IV. Segundo criterio de desempate.60 puntos
  7. Línea b) Duración de la campañaCuanto más larga sea la campaña, más puntos: puntual de 1 día, 5 puntos; menos de 3 meses, 10; entre 3 y 6 meses, 15; más de 6 meses, 20.20 puntos
  8. Línea b) No haber percibido ayudas en la convocatoria inmediatamente anteriorPuntúa no haber sido beneficiaria en la convocatoria anterior de estas ayudas.5 puntos
  9. Línea c) Número de animales recogidos y admitidos en centro autorizado y/o colonia felina (1/09/2025–31/08/2026)Volumen de animales atendidos en el periodo, acreditado con los certificados de los anexos II-A y II-B. Primer criterio de desempate en esta línea.20 puntos
  10. Línea c) Población diana sobre la que actúa la entidadPoblación del ámbito de actuación: hasta 10.000 habitantes, 5 puntos; más de 10.000 y menos de 100.000, 7 puntos; más de 100.000, 10 puntos.10 puntos
  11. Línea c) No haber percibido ayudas en la convocatoria inmediatamente anteriorPuntúa no haber sido beneficiaria en la convocatoria anterior de estas ayudas.5 puntos
  12. Línea c) Atención simultánea a animales de especie canina y felinaAcreditar que atiendes y cuidas simultáneamente perros y gatos.15 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía: si no estás inscrita antes de la fecha de publicación de la orden, quedas fuera.
  • Si pides la línea a) (atención y cuidado) o la línea c) (material y equipamiento), necesitas ser titular o gestora de un centro de recogida autorizado e inscrito en el Registro Gallego de Núcleos Zoológicos, o bien tener convenio de colaboración con una entidad local para gestionar colonias felinas.
  • No puedes tener sanciones firmes en vía administrativa pendientes de pago por infracciones de la Ley 4/2017, la Ley 7/2023 o la Ley 50/1999 (animales potencialmente peligrosos).
  • Los gastos de esterilización, alimento y medidas profilácticas de gatos solo son subvencionables si los animales de la especie felina están debidamente identificados.
  • El IVA no se subvenciona: presupuesta siempre importes sin IVA.
  • La solicitud es obligatoriamente electrónica por la sede de la Xunta; si la presentas en papel te requerirán la enmienda y la fecha válida será la de la presentación electrónica.
  • El plazo acaba el 11 de septiembre de 2026 y solo valen gastos realizados entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.
  • No hay pagos anticipados ni abonos a cuenta: tienes que adelantar el gasto y justificarlo antes del 13 de noviembre de 2026.

Requisitos

  • Ser asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita en el Registro Gallego de Asociaciones para la protección y defensa de los animales de compañía con anterioridad a la fecha de publicación de la orden.
  • Para las líneas a) y c): ser titular o gestora de un centro de recogida autorizado inscrito en el Registro Gallego de Núcleos Zoológicos, o contar con convenio de colaboración con entidades locales para programas de gestión de colonias felinas.
  • Cumplir los deberes del artículo 11 de la Ley 9/2007 y no estar en ninguna de las circunstancias del artículo 10 (prohibiciones para ser beneficiaria).
  • No tener sanciones firmes en vía administrativa pendientes de pago por infracciones de la Ley 4/2017, la Ley 7/2023 o la Ley 50/1999.
  • Estar al día en obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y sin deudas pendientes con la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia (también imprescindible para el pago).
  • Estar al día en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no estar inhabilitada para obtener ayudas.
  • Para que sean subvencionables los gastos de esterilización, alimento y medidas profilácticas, los gatos deben estar debidamente identificados.
  • Presentar la solicitud y todos los trámites posteriores por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Documentación que piden

  • Solicitud según el anexo I (procedimiento MT811B), presentada electrónicamente, con las declaraciones responsables y los datos bancarios
  • Acreditación de la persona representante que firma la solicitud
  • Línea a): acreditación fidedigna de la relación entre la entidad titular del centro de recogida autorizado y la entidad gestora (si eres gestora)
  • Línea a): copia del convenio de colaboración entre la entidad solicitante y la entidad local del ámbito territorial de la recogida de animales o de la gestión de colonias felinas
  • Línea a): anexo II-A, certificado de la entidad gestora del centro de recogida autorizado (número de animales caninos y felinos recogidos por ayuntamiento entre 1/09/2025 y 31/08/2026)
  • Línea a): anexo III-A, certificado del personal facultativo veterinario del centro de recogida (relación de animales con especie y número de microchip, esterilizaciones e identificaciones)
  • Línea a): anexo II-B, certificado de la entidad gestora de la colonia felina (relación de colonias legalmente establecidas y número de gatos por ayuntamiento)
  • Línea a): anexo III-B, certificado del personal facultativo veterinario de la entidad gestora de la colonia felina
  • Línea b): anexo IV, memoria de actividades de la campaña de concienciación (descripción, finalidad, fechas, localidades, medios, público destinatario, material divulgativo y coste estimado por concepto)
  • Línea c): anexo V, memoria descriptiva del material (descripción, finalidad, número de unidades y presupuestos con precio unitario e importe total)
  • Justificación: anexo VI, solicitud de pago con declaración complementaria de otras subvenciones o ingresos
  • Justificación: copias de facturas y/o nóminas del personal facultativo emitidas a nombre de la entidad, acompañadas de justificante de pago efectivo (transferencia bancaria, certificación bancaria o extracto de pago)
  • Justificación línea b): memoria descriptiva de las actuaciones efectivamente realizadas con copias o fotografías del material divulgativo distribuido
  • Justificación línea c): memoria descriptiva del material adquirido con fotografías del material

No te enteres tarde

Sigue las convocatorias que te interesan y recibe un correo el día que abren, cambian de fecha o corrigen las bases.

Empezar gratis

Busca, analiza y gestiona tus subvenciones en un solo sitio

Buscar subvenciones. Todas las convocatorias del Tercer Sector con el plazo ya calculado, filtradas por ámbito, territorio y quién convoca.

ORDEN de 20 de noviembre de 2025, de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones encaminadas a la protección de los animales dom · GanaSubvenciones