Orden de 21 de mayo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento de la transición al empleo ordinario para personas con discapacidad y personas en situación o riesgo de exclusión social
Convoca CASTILLA Y LEÓN
Para qué es
Financiar los gastos de las entidades asociativas representativas de centros especiales de empleo y de empresas de inserción derivados de actividades de fomento de la transición al empleo ordinario de personas con discapacidad y de personas en situación o riesgo de exclusión social, para lograr un mayor nivel de contratación de estas personas en el mercado ordinario de trabajo y en el sector público de Castilla y León.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Base 8ª de la Orden IEM/1217/2023, de 23 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes pedirla si eres una entidad asociativa representativa de centros especiales de empleo o de empresas de inserción, sin ánimo de lucro y con ámbito de actuación en Castilla y León: si eres un CEE o una empresa de inserción individual, o una entidad social de otro tipo, quedas fuera.
- Solo puedes presentar UNA solicitud por entidad, que puede incluir una o varias de las actuaciones subvencionables.
- El plazo cierra el 15 de septiembre de 2026; las solicitudes se presentan obligatoriamente de forma electrónica con certificado o DNI electrónico.
- Solo se subvencionan actuaciones realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 31 de agosto de 2026: lo hecho fuera de ese periodo no cuenta.
- La subvención no puede superar 25.000 € por entidad.
- Los gastos de hostelería, restauración y catering no son subvencionables en ningún caso.
- Si te requieren subsanación y no respondes en diez días, se te tiene por desistido.
- Si te resulta aplicable la obligación de plan de igualdad, tienes que acreditar su inscripción en el registro público correspondiente.
Requisitos
- Ser entidad asociativa representativa de centros especiales de empleo o de empresas de inserción, sin ánimo de lucro y con ámbito de actuación en Castilla y León.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no mantener deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo con la Hacienda de Castilla y León.
- No haber sido inhabilitada mediante sentencia firme para obtener subvenciones y ayudas públicas.
- No haber sido excluida del acceso a los beneficios de los programas de empleo por infracciones graves o muy graves no prescritas.
- Cumplir la obligación de plan de igualdad (art. 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007) cuando te resulte de aplicación, acreditándolo con la inscripción obligatoria en el registro público.
- Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad y acreditarlo conforme al Decreto 75/2008.
- Si eres asociación, cumplir lo establecido en el punto b) del apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020 de responsabilidad social en el gasto público.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
- Dar publicidad del carácter público de la financiación tras la notificación de la resolución de concesión.
- Presentar una única solicitud por entidad.
Documentación que piden
- Solicitud en el modelo normalizado de https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, con las declaraciones responsables incluidas
- Acreditación de la representación del firmante de la solicitud de subvención
- Escritura o acta de constitución de la entidad beneficiaria
- Estatutos de la entidad
- Memoria acreditativa del objeto de subvención, con las circunstancias que permitan aplicar los criterios de valoración y el presupuesto del proyecto desagregado por actividades
- Declaración responsable de no haber sido inhabilitada ni excluida del acceso a los beneficios de los programas de empleo (requisitos b y c)
- Documentación acreditativa de la inscripción del plan de igualdad en el registro correspondiente (copia del boletín o diario oficial con la resolución de registro, o la resolución de inscripción, o la solicitud de inscripción presentada con tres meses de antelación junto al texto del plan firmado), cuando resulte de aplicación
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Declaración responsable, en el caso de asociaciones, del cumplimiento del punto b) del apartado decimonoveno del Acuerdo 82/2020
- Declaración del solicitante indicando la percepción de otras subvenciones para la misma finalidad, en su caso
- Declaración responsable relativa al cumplimiento de la normativa de integración laboral de personas con discapacidad o de la exención de dicha obligación
- Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social (solo si te opones a su consulta)
- Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias (solo si no autorizas expresamente su consulta)
- Tres ofertas de diferentes proveedores cuando el gasto supere las cuantías del artículo 31.3 de la Ley 38/2003