ORDEN de 29 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2026 para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas a proyectos que permitan paliar las pérdidas por mortalidad de
Convoca GALICIA
Para qué es
Financiar proyectos de adquisición de semilla destinada a la repoblación, recuperación y reparación de los bancos marisqueros dañados en Galicia, para recuperar el potencial productivo y paliar las pérdidas por mortalidad de moluscos causadas por los episodios de lluvias de 2026 (procedimiento PE209Q), en régimen de concurrencia no competitiva.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: no se establecen criterios: régimen de concurrencia no competitiva; las solicitudes se tramitan y resuelven por orden de entrada hasta agotar el crédito.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes pedirla si eres cofradía de pescadores, organización de productores, cooperativa del mar, asociación de profesionales del sector u otra entidad asociativa jurídicamente reconocida y constituida por profesionales del sector.
- Tienes que ser entidad titular de planes marisqueros en régimen de cogestión: si no lo eres, quedas fuera.
- Tienes que tener la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Solo puedes presentar una solicitud como máximo (individual o conjunta); si presentas más, solo se considera la primera por orden de registro de entrada.
- No es competitivo: se resuelve por orden de entrada de las solicitudes completas hasta agotar el crédito, así que presentar tarde equivale a denegación por falta de crédito.
- La solicitud debe presentarse obligatoriamente por medios electrónicos; si la presentas presencialmente te requerirán la enmienda y cuenta la fecha de la enmienda.
- El importe máximo subvencionable por proyecto es de 20.000 € (sin IVA) y 0,025 € por unidad de semilla.
- La semilla debe proceder exclusivamente de criadero y necesitas permiso de inmersión (o justificar haberlo solicitado).
- No se subvenciona semilla de especies alóctonas en zonas dentro de un parque natural o nacional.
- Si no ejecutas al menos el 50 % del gasto total subvencionado puedes perder el derecho a la totalidad de la ayuda.
Requisitos
- Ser cofradía de pescadores, organización de productores, cooperativa del mar, asociación de profesionales del sector o entidad asociativa jurídicamente reconocida y constituida por profesionales del sector
- Ser entidad titular de planes marisqueros en régimen de cogestión y tener la sede social en Galicia
- No estar incursa en las circunstancias de prohibición de los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia
- Estar al corriente de obligaciones tributarias estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y sin deudas con la Administración de la Comunidad Autónoma antes de la propuesta de resolución
- No tener pendiente de pago ningún deber por reintegro de subvenciones (declaración responsable)
- Presentar una sola solicitud por entidad, individual o conjunta
- En caso de agrupación de entidades, nombrar un representante o apoderado único y detallar compromisos e importes de cada una
- No haber sido sancionada con la imposibilidad de obtener préstamos, subvenciones o ayudas públicas conforme a la Ley 3/2001 y la Ley 11/2008
- Cumplir los deberes de constitución de órganos rectores del Decreto 8/2014 que regula las cofradías de pescadores de Galicia
- El proyecto debe desarrollarse en la Comunidad Autónoma de Galicia
- Acondicionar el sustrato con carácter previo a la siembra y justificarlo
- La especie objeto del proyecto debe estar en el catálogo de especies comerciales admitidas en España
Documentación que piden
- Formulario normalizado de solicitud (Anexo I) presentado electrónicamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
- Certificación del órgano competente acreditando el desempeño actual del cargo del firmante y el acuerdo que le autoriza a formalizar la solicitud
- Copia de los estatutos, si la entidad no es cofradía de pescadores ni federación de cofradías
- Presupuesto detallado de la acción con el IVA separado, según el anexo I, con documentación justificativa de los costes (presupuestos, facturas pro forma, etc.)
- Acreditación de la solicitud de 3 ofertas y justificación de la seleccionada, cuando proceda
- Copia del permiso de inmersión (Decreto 423/1993) o justificación de haberlo solicitado
- Escrito de conformidad de los demás cotitulares del plan, si las acciones se ejecutan en zonas incluidas en un plan de explotación y gestión conjunto
- En solicitudes conjuntas: anexo II de declaración de financiación del proyecto y declaración responsable
- En solicitudes conjuntas: acuerdo de nombramiento del representante o apoderado único firmado por todas las entidades
- En solicitudes conjuntas: distribución de los compromisos e importe de subvención solicitado por cada entidad