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GanaSubvenciones

Orden, de fecha de firma electrónica, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan subvenciones para la realización de olimpiadas educativas y otras actuaciones que valoran el rendimiento del alumnado en el curso 2025-2026

Convoca ARAGÓN

Para qué es

Financiar la realización de olimpiadas educativas y otras actuaciones que valoran el rendimiento del alumnado en el curso 2025-2026, es decir, competiciones o concursos entre jóvenes estudiantes de Primaria, ESO o Bachillerato en Aragón cuyo objetivo sea estimular el estudio e incentivar la adquisición de competencias.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Relevancia del contenido propuesto respecto de los contenidos curricularesQue demuestres qué porcentaje de los temas de tu actividad se relaciona con los contenidos curriculares de al menos una de las áreas o materias de la etapa a la que va dirigida: 20 puntos si es un mínimo del 85 %, 15 puntos entre el 70 % y el 85 %, 10 puntos entre el 55 % y el 70 %, 5 puntos entre el 40 % y el 55 %, y 0 puntos por debajo del 40 %.20 puntos
  2. Número de centros y alumnado que pueden participar en la actividadAlcance de la actividad: 20 puntos con más de 20 centros y al menos 55 alumnos/as; 15 puntos con más de 15 centros y 40 alumnos/as; 10 puntos con más de 10 centros y 25 alumnos/as; 5 puntos con más de 5 centros y 10 alumnos/as.20 puntos
  3. Existencia de fase nacional que permita representar a la Comunidad AutónomaAcreditar que la actividad tiene una fase nacional en la que un alumno o alumna represente a Aragón: 10 puntos si existe, 0 si no.10 puntos
  4. Capacidad de mejora de la motivación y del aprendizaje del alumnadoAcciones previas a las pruebas: 3,5 puntos por fase provincial, 3,5 por fase inter-centros, 4 puntos si la entidad organiza actividades o talleres de preparación y 4 puntos si pone recursos a disposición para preparar la prueba.15 puntos
  5. Adecuación del presupuesto a las características de la actividadQue el gasto presentado sea coherente con la actividad propuesta; si no se considera adecuado, se entiende incumplida la finalidad y la solicitud no se valora.20 puntos
  6. Consolidación de la actividad (número de ediciones)Trayectoria de la actividad contando la edición 2025-2026: 3 puntos con un mínimo de 3 ediciones y 0,5 puntos más por cada edición por encima de 3.15 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo puedes presentarte si eres universidad o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida, con sede en Aragón y con objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales.
  • Quedan fuera los centros docentes e instituciones cuya finalidad principal sea impartir enseñanzas no universitarias.
  • Solo puedes presentar un proyecto por entidad (excepción para centros, institutos, facultades y escuelas universitarias).
  • En tu actividad tiene que participar alumnado de al menos cinco centros educativos de Primaria, ESO o Bachillerato de Aragón: con menos, la actuación no es subvencionable.
  • La actividad tiene que haberse realizado durante el curso 2025-2026 y hasta el 31 de agosto de 2026: es una convocatoria de actividad ya ejecutada y la justificación se presenta junto con la solicitud.
  • Necesitas al menos 50 puntos para ser subvencionable; por debajo, queda desestimada.
  • Si el gasto realizado no se considera adecuado a la actividad propuesta, se entiende incumplida la finalidad y ni siquiera se valora tu solicitud.
  • No puedes optar si tienes concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria en la Ley de Presupuestos vigente.
  • Tienes que haber acreditado el cumplimiento y la realización de la actividad de todas las subvenciones anteriores del sector público de Aragón para el mismo destino y finalidad; si no lo subsanas en diez días, se deniega la ayuda.
  • El plazo es muy corto: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Aragón.
  • La tramitación es exclusivamente electrónica y con el modelo de solicitud generado en la sede: es obligatorio.

Requisitos

  • Ser universidad o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida, con sede en Aragón y con objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales.
  • Presentar un único proyecto por entidad (las universidades pueden presentar uno por centro o instituto universitario y las facultades y escuelas, uno por grado).
  • No ser centro docente ni institución cuya finalidad principal sea impartir enseñanzas no universitarias.
  • Que en la actividad participe alumnado de al menos cinco centros educativos de Primaria, ESO o Bachillerato de Aragón.
  • Que el alumnado compita intelectualmente, por equipos o individualmente, de modo constructivo, comprometido y reflexivo.
  • Que la actividad fomente el esfuerzo y el rendimiento académico en materias científicas, lingüísticas o sociales del currículo de Primaria, Secundaria o Bachillerato.
  • Haber acreditado el cumplimiento de requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriores del sector público de Aragón para el mismo destino y finalidad.
  • Estar al corriente con la Hacienda del Estado y la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con la Hacienda de Aragón (salvo que la deuda sea menor que la subvención que pueda concederse).
  • No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
  • No tener concedida una subvención nominativa para el mismo objeto o actividad accesoria en la Ley de Presupuestos vigente.
  • No estar sancionada por resolución firme por discriminación por razón de género, orientación o identidad sexual, derechos LGTBI, memoria democrática, materia laboral, medioambiental, de transparencia o de discapacidad.
  • Cumplir los requisitos el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes.
  • Presentar la documentación justificativa y justificar la finalidad y los objetivos: es requisito indispensable para que la subvención se conceda.
  • Relacionarte con la Administración exclusivamente por medios electrónicos.

Documentación que piden

  • Solicitud con el modelo específico generado en la sede electrónica, firmada electrónicamente
  • Declaración responsable conforme al modelo del anexo I (veracidad, no estar incursa en prohibiciones, otras subvenciones, cumplimiento de subvenciones anteriores, no sanciones en materia de igualdad, LGTBI, memoria democrática, medioambiental, transparencia y discapacidad)
  • Memoria de actuación justificativa conforme al anexo II, con la acreditación documental oportuna
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas conforme al anexo III, con copias de las facturas a nombre de la beneficiaria y justificantes de pago
  • Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, con importe, procedencia y aplicación
  • Copia del acuerdo adoptado por el órgano competente de la entidad relativo a la solicitud de la ayuda
  • Fotocopia de los estatutos de constitución de la entidad y documentación acreditativa de la inscripción en el registro correspondiente
  • Fotocopia de acta notarial u otra documentación que acredite que quien suscribe la solicitud es el representante legal de la entidad
  • Certificados de estar al corriente con la AEAT, Seguridad Social y Hacienda de Aragón, solo si no autorizas la consulta o ejerces el derecho de oposición

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