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GanaSubvenciones

ORDEN ECE/ /2026, de 31 de julio, por la que se convocan para el ejercicio 2026 ayudas para la realización de inversiones en recintos feriales y para la promoción y organización de certámenes feriales en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Convoca ARAGÓN

Para qué es

Convocar para 2026 las ayudas del sector ferial en Aragón en dos ámbitos: inversiones en obras o equipamiento de los recintos feriales permanentes (inmovilizado material), herramientas tecnológicas digitales y estudios de estrategia ferial; y actuaciones de promoción y organización de certámenes feriales oficiales y de jornadas técnicas celebradas en el marco de esos certámenes.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Profesionalización de la entidad organizadora (aplicable a todas las actuaciones)Demostrar que la entidad está profesionalizada: sistemas de calidad implantados, pertenencia a una asociación ferial autonómica y uso de herramientas digitales en el recinto.5 puntos
  2. Implantación de sistemas de calidad, excelencia e innovaciónAportar certificación del sistema de calidad, excelencia o innovación implantado.1 puntos
  3. Pertenencia a una asociación de entidades feriales de ámbito al menos autonómicoAcreditar con certificado la condición de miembro de una asociación de entidades feriales de ámbito autonómico o superior.2 puntos
  4. Disponibilidad de herramientas digitales para la gestión o promoción ferialAcreditar que el recinto ferial dispone de herramientas digitales para gestionar o promocionar la actividad ferial.2 puntos
  5. Calidad y viabilidad técnica y económica del proyecto (línea de inversiones en obras o equipamiento)En la línea de inversiones, demostrar la calidad y viabilidad técnica y económica de la actuación proyectada.3 puntos
  6. Inversión que mejora la accesibilidad y suprime barreras arquitectónicasQue la inversión adapte total o parcialmente el edificio a la normativa de supresión de barreras arquitectónicas.3 puntos
  7. Cualquier otro tipo de inversiónInversiones distintas de las de accesibilidad, que reciben la puntuación mínima de esta línea.1 puntos
  8. Clasificación de la actividad ferial (línea de organización y promoción)Encuadrar el certamen según su clasificación: ferias profesionales, monográficas, multisectoriales y feria-mercado.4 puntos
  9. Feria monográficaQue el certamen para el que pides la ayuda sea monográfico.2 puntos
  10. Feria generalQue el certamen sea de carácter general (menos puntuado que el monográfico).1 puntos
  11. Certamen sin venta directaDeclarar expresamente y por escrito que en el certamen no se realiza venta directa.2 puntos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo pueden pedirla ayuntamientos y otras entidades locales de municipios aragoneses de menos de 100.000 habitantes, instituciones feriales y otras entidades organizadoras de ferias oficiales, y empresas organizadoras de ferias oficiales de municipios de menos de 100.000 habitantes (estas últimas solo para organización y promoción de certámenes).
  • Si eres entidad organizadora, tanto tú como el certamen tenéis que estar inscritos en el Registro de Actividades Feriales de Aragón en el momento de la celebración y a fecha de solicitud.
  • El gasto tiene que estar ya ejecutado, facturado y pagado entre el 18 de septiembre de 2025 y la fecha en que presentes la solicitud: se justifica en el mismo momento de solicitar, no después.
  • El gasto subvencionable no puede ser inferior a 5.000 euros; si eres entidad local o empresa organizadora tampoco puede superar 14.000 euros (25.000 € por certamen para instituciones feriales en municipios de menos de 100.000 habitantes y 50.000 € en municipios de más de 100.000).
  • Solo se admite una única petición de ayuda por solicitante y, en organización y promoción, un único certamen (dos o cuatro certámenes solo para instituciones feriales según el tamaño del municipio).
  • El plazo de presentación termina el 17 de septiembre de 2026 y la solicitud debe hacerse con el modelo del trámite 11810 y firmada electrónicamente.
  • Quedan fuera los recintos que no sean feriales permanentes: no se admiten polideportivos, salones culturales o similares.
  • No puedes ser beneficiaria si no estás al corriente con Hacienda estatal, Hacienda autonómica y Seguridad Social o tienes deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Si eres entidad local, necesitas certificado de estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y, en su caso, de haber presentado planes económico-financieros.

Requisitos

  • Ser ayuntamiento u otra entidad local de un municipio aragonés de menos de 100.000 habitantes.
  • Ser institución ferial u otra entidad organizadora de ferias oficiales.
  • Ser empresa organizadora de ferias oficiales, únicamente para solicitar organización y promoción de certámenes feriales y en municipios de menos de 100.000 habitantes.
  • Si eres entidad organizadora, tú y el certamen debéis estar inscritos en el Registro de Actividades Feriales de Aragón y mantener la actividad ferial en las condiciones de la calificación oficial.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario previstas en la normativa de subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, sin deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • No haber sido sancionada con sanción administrativa firme ni condenada por sentencia firme por acciones u omisiones discriminatorias por razón de género.
  • Cumplir la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de los residuos que produzcas.
  • No haber sido sancionada por la autoridad laboral con la sanción accesoria de exclusión del acceso a ayudas de los programas de empleo.
  • Si eres entidad local, acreditar estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado planes económico-financieros si hay desequilibrios o deudas con proveedores.
  • Tener el gasto ejecutado, facturado y pagado entre el 18 de septiembre de 2025 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • Justificar en el propio momento de la solicitud tanto la realización del gasto como su pago.
  • Presentar una única petición de ayuda por solicitante.
  • En organización y promoción, solicitar solo por uno de los certámenes oficiales previstos para 2025 o 2026 (dos certámenes para instituciones feriales en municipios de menos de 100.000 habitantes y hasta cuatro en municipios de más de 100.000).
  • Respetar el importe mínimo y máximo de gasto subvencionable por certamen según el tipo de beneficiario.
  • Presentar la solicitud de forma electrónica y firmada, con el modelo obligatorio del trámite 11810.

Documentación que piden

  • Nombre de la feria o certamen para el que se solicita la subvención, lugar y fecha de celebración y declaración expresa y escrita sobre la realización o no de venta directa
  • Memoria descriptiva de la actividad ferial (máximo cuatro folios), con la oferta exhibida, detalle de actuaciones celebradas y, en inversiones, relación de actuaciones subvencionables, incluyendo evaluación conforme a los indicadores del apartado cuarto
  • Memoria económica de la actividad con relación clasificada de gastos e inversiones (acreedor, documento, importe, fecha de emisión, fecha de reconocimiento de la obligación y fecha de pago)
  • Justificantes de gasto y pago: facturas físicas o electrónicas y extractos bancarios de las operaciones realizadas a través de entidad financiera
  • Documentos justificativos de constitución de la entidad solicitante y de su inscripción en el registro correspondiente (Instituciones Feriales o empresas organizadoras), o declaración de que constan en poder de la Administración
  • Fotografías de la situación del recinto ferial tras la inversión realizada y, si se dispone de ellas, anteriores a la misma (en actuaciones de inversión)
  • Relación clasificada de las facturas que concurren con otras ayudas concedidas o solicitadas, con acreedor, número de factura, importe, % de imputación y organismo concedente
  • Declaraciones responsables integradas en la solicitud (veracidad de datos, no incurrir en prohibiciones del art. 13 LGS, no sanción laboral firme, no sanción por discriminación por razón de género, comunicación de otras ayudas, cumplimiento en subvenciones anteriores, ayudas de minimis de los tres años previos, representación, exención de IVA cuando proceda, cumplimiento normativo y titularidad de la cuenta bancaria)
  • Entidades locales: certificación del Secretario o Secretario-Interventor con el visto bueno del Alcalde o Presidente sobre gastos imputados, realización de la actividad, otras ayudas e IVA no recuperable
  • Entidades locales: certificado del Secretario del Ayuntamiento sobre la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, medidas de racionalización del gasto y planes económico-financieros
  • En caso de subcontratación, desglose de los costes y actuaciones objeto de subcontratación de la organización del certamen
  • Documentación acreditativa de identificación fiscal y certificados de estar al corriente con AEAT, Hacienda de la Comunidad Autónoma y Seguridad Social, solo si te opones o no consientes su consulta

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