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GanaSubvenciones

Prestación centro de dia 03

Convoca CATALUÑA

Para qué es

La Ley 39/2006 crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. El material aportado incluye además normativa catalana de prestaciones sociales de carácter económico (Ley 13/2006), la renta garantizada de ciudadanía (Ley 14/2017) y convocatorias catalanas de ayudas de atención social a personas mayores, personas con discapacidad y viviendas con servicios comunes. No se localiza en el documento una convocatoria denominada «Prestación centro de día 03» con criterios propios, sino el Programa de ayudas a la acogida residencial, centro de día y vivienda tutelada para personas mayores (Orden ASC/124/2007) y las ayudas para servicios en centros de día de atención especializada para personas con discapacidad (Orden BEF/26/2006).

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Aspectos sociales, de autonomía personal y de estado de salud (programa de personas mayores)Se valora la situación social, el grado de autonomía personal y el estado de salud de la persona solicitante según la Orden BEF/468/2003 y el Decreto 288/1992Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los aspectos sociales, de autonomía personal y de estado de salud
  2. Circunstancias económicas de la persona beneficiaria (programa de discapacidad)Se calcula el porcentaje de ayuda (100 %, 75 %, 50 %, 25 % o 0 %) según los ingresos personales o la renta per cápita familiar en relación con el IPREM, corregida por factores de convivenciaEl porcentaje de la subvención máxima irá en función de los ingresos personales de la persona con disminución
  3. Cálculo del importe según normativa de precios públicosEl importe concreto de la ayuda económica se determina aplicando la normativa vigente de precios públicos de la Generalidad de Cataluñacon arreglo a la normativa vigente de precios públicos

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Estas ayudas son para PERSONAS FÍSICAS (personas mayores o personas con discapacidad y sus familias), no para entidades: tu entidad no puede ser la solicitante ni la beneficiaria de la prestación
  • Necesitas tener residencia legal en Cataluña en la fecha de presentación de la solicitud
  • Para el programa de acogida residencial, centro de día y vivienda tutelada de personas mayores: necesitas tener más de 65 años y no poder acceder a un establecimiento financiado con cargo a los presupuestos de la Generalidad
  • Para las ayudas de centro de día de atención especializada (discapacidad): el establecimiento donde se atiende a la persona debe estar inscrito en el registro de entidades, servicios y establecimientos sociales y NO puede estar subvencionado o concertado con el ICASS u otros organismos públicos
  • Quedan excluidos los servicios similares prestados en establecimientos públicos, concertados o subvencionados con fondos públicos
  • La prestación es incompatible con otras prestaciones económicas con el mismo objeto, alcance y finalidad
  • En la nota COVID-19: la financiación al 100 % de plazas queda condicionada a que la entidad prestadora del servicio no haya presentado ningún expediente de regulación temporal de ocupación (ERTO)

Requisitos

  • Tener residencia legal en Cataluña y encontrarse en situación de necesidad
  • Para personas mayores: tener más de 65 años
  • Necesitar, por tus circunstancias personales, acogida residencial, centro de día o vivienda tutelada
  • No poder acceder a un establecimiento financiado con cargo a los presupuestos de la Generalidad de Cataluña
  • Acreditar la necesidad de la ayuda por falta de capacidad económica personal
  • Para las ayudas de centro de día de atención especializada por discapacidad: tener reconocido un grado de disminución igual o superior al 33 %
  • Para las ayudas por discapacidad: no poder recibir servicios similares en establecimientos públicos, concertados o subvencionados con fondos públicos
  • Para las ayudas por discapacidad: no poder beneficiarse de ayudas económicas de la misma naturaleza, alcance y finalidad de entidades públicas o privadas
  • Que el establecimiento donde se atiende a la persona esté inscrito en el registro de entidades, servicios y establecimientos sociales y no esté subvencionado o concertado con el ICASS

Documentación que piden

  • Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del documento identificador de la persona mayor solicitante
  • Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del documento identificador de todas aquellas personas de la unidad familiar de la persona mayor solicitante que haga constar que están a su cargo
  • Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, de la acreditación de la persona que actúa como representante legal
  • Declaración expresa de residencia efectiva en Cataluña
  • Volante de empadronamiento en caso de persona mayor solicitante que vive sola
  • Volante de convivencia en caso de unidad familiar de la persona mayor solicitante
  • Informe social, incluido en el impreso de solicitud
  • Informe médico, incluido en el impreso de solicitud
  • Fotocopia de la última declaración de la renta de las personas físicas
  • Certificado o justificante de ingresos, prestaciones económicas públicas o privadas y retribuciones en dinero
  • Certificado o justificante de rendimientos netos de las cuantías ingresadas (intereses) en entidades financieras
  • Certificado o justificante de rendimientos netos del capital inmobiliario y mobiliario
  • Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, de la resolución judicial de alimentos, en su caso
  • Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del último recibo del alquiler y del IBI justificativo de los gastos fijos de la vivienda habitual
  • Fotocopia, en su caso, de la declaración del impuesto sobre el patrimonio
  • Presupuesto original del centro, sellado y referido al año en curso (para ayudas de asistencia en establecimientos)
  • Autorización bancaria (en caso de solicitar el programa B de apoyo económico a personas mayores con dependencia)

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