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PRIMERA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A PROYECTOS SINGULARES INNOVADORES DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA (INNOVAE)

Convoca MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Para qué es

Financiar proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética que reduzcan el consumo de energía final en los sectores consumidores de energía, contribuyendo al objetivo nacional de reducción de consumo para 2021-2030. Es la primera convocatoria del Programa INNOVAE del IDAE, en régimen de concurrencia competitiva, con 115.000.000 euros repartidos en cuatro subprogramas (movilidad sostenible, industria, renovación profunda de edificios del sector terciario y sustitución de generadores de frío).

Criterios de valoración

Los criterios de valoración están en otro documento: Anexo 3 de las bases reguladoras (Orden TED/569/2026, de 4 de junio), junto con el artículo 22 de las mismas: allí se establecen la puntuación mínima, los requisitos excluyentes y los criterios de valoración.

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • No puedes haber iniciado el proyecto antes de presentar la solicitud: solo son elegibles las actuaciones que empiecen después de la fecha de registro de tu solicitud (efecto incentivador del Reglamento UE 651/2014)
  • El plazo es rígido: solo puedes presentar del 15 de septiembre de 2026 a las 9:00 hasta el 18 de noviembre de 2026 a las 12:00, y fuera de plazo la solicitud se inadmite sin más
  • Todo lo que quieras que se valore tiene que ir en la solicitud inicial: no se admiten reformulaciones ni documentación adicional después de cerrarse el plazo, y la falta de documentos en fase de evaluación no se puede subsanar
  • Hay una puntuación mínima y requisitos excluyentes que no están en este documento, sino en el Anexo 3 de las bases reguladoras (Orden TED/569/2026): tienes que leerlo antes de decidir
  • Quién puede ser beneficiario depende de la actuación concreta y se define en el artículo 5 y el Anexo 1 de las bases reguladoras, no en esta convocatoria
  • El proyecto tiene que desarrollarse en territorio nacional español
  • La tramitación es exclusivamente electrónica por la sede del IDAE (https://sede.idae.gob.es/)

Requisitos

  • Debes encajar en los tipos de beneficiario previstos en el artículo 5 y el Anexo 1 de las bases reguladoras, según la actuación que solicites
  • Debes cumplir las obligaciones y requisitos del artículo 6 y el Anexo 1 de las bases reguladoras
  • El proyecto debe desarrollarse en cualquier parte del territorio nacional
  • La ejecución del proyecto debe iniciarse después de la fecha de registro de la solicitud de ayuda
  • La actuación debe estar entre las relacionadas en el artículo 4 y desarrolladas en el Anexo 2 de las bases reguladoras
  • Debes superar la fase de preevaluación en la que se verifica que cumples las condiciones de beneficiario y que el proyecto se adecúa a los objetivos de la convocatoria
  • No tienes que constituir garantía de participación

Documentación que piden

  • Solicitud presentada por vía telemática en la sede electrónica del IDAE, siguiendo las instrucciones y formularios de la Guía de Solicitud
  • Los documentos e informaciones previstos en el anexo 5 de las bases reguladoras (no detallados en esta convocatoria)

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