PRIMERA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A PROYECTOS SINGULARES INNOVADORES DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA (INNOVAE)
Convoca MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Para qué es
Financiar proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética que reduzcan el consumo de energía final en los sectores consumidores de energía, contribuyendo al objetivo nacional de reducción de consumo para 2021-2030. Es la primera convocatoria del Programa INNOVAE del IDAE, en régimen de concurrencia competitiva, con 115.000.000 euros repartidos en cuatro subprogramas (movilidad sostenible, industria, renovación profunda de edificios del sector terciario y sustitución de generadores de frío).
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Anexo 3 de las bases reguladoras (Orden TED/569/2026, de 4 de junio), junto con el artículo 22 de las mismas: allí se establecen la puntuación mínima, los requisitos excluyentes y los criterios de valoración.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- No puedes haber iniciado el proyecto antes de presentar la solicitud: solo son elegibles las actuaciones que empiecen después de la fecha de registro de tu solicitud (efecto incentivador del Reglamento UE 651/2014)
- El plazo es rígido: solo puedes presentar del 15 de septiembre de 2026 a las 9:00 hasta el 18 de noviembre de 2026 a las 12:00, y fuera de plazo la solicitud se inadmite sin más
- Todo lo que quieras que se valore tiene que ir en la solicitud inicial: no se admiten reformulaciones ni documentación adicional después de cerrarse el plazo, y la falta de documentos en fase de evaluación no se puede subsanar
- Hay una puntuación mínima y requisitos excluyentes que no están en este documento, sino en el Anexo 3 de las bases reguladoras (Orden TED/569/2026): tienes que leerlo antes de decidir
- Quién puede ser beneficiario depende de la actuación concreta y se define en el artículo 5 y el Anexo 1 de las bases reguladoras, no en esta convocatoria
- El proyecto tiene que desarrollarse en territorio nacional español
- La tramitación es exclusivamente electrónica por la sede del IDAE (https://sede.idae.gob.es/)
Requisitos
- Debes encajar en los tipos de beneficiario previstos en el artículo 5 y el Anexo 1 de las bases reguladoras, según la actuación que solicites
- Debes cumplir las obligaciones y requisitos del artículo 6 y el Anexo 1 de las bases reguladoras
- El proyecto debe desarrollarse en cualquier parte del territorio nacional
- La ejecución del proyecto debe iniciarse después de la fecha de registro de la solicitud de ayuda
- La actuación debe estar entre las relacionadas en el artículo 4 y desarrolladas en el Anexo 2 de las bases reguladoras
- Debes superar la fase de preevaluación en la que se verifica que cumples las condiciones de beneficiario y que el proyecto se adecúa a los objetivos de la convocatoria
- No tienes que constituir garantía de participación
Documentación que piden
- Solicitud presentada por vía telemática en la sede electrónica del IDAE, siguiendo las instrucciones y formularios de la Guía de Solicitud
- Los documentos e informaciones previstos en el anexo 5 de las bases reguladoras (no detallados en esta convocatoria)