Resolución 550/MADOC/PC-2026027, de 8 de abril 2026, del Teniente General Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina por la que se convocan las ayudas económicas para la formación de idiomas del personal militar del Ejército de Tierra, para el año 2026.
Convoca MINISTERIO DE DEFENSA
Para qué es
Financiar la formación en idiomas del personal militar del Ejército de Tierra (y de Cuerpos Comunes destinados en su estructura) y de los alumnos de sus centros docentes militares de formación, para mejorar o mantener y oficializar la acreditación de los niveles de competencia lingüística en idiomas de interés para las Fuerzas Armadas, mediante ayudas en régimen de concurrencia competitiva para 2026.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Primera prioridad: no haber percibido la ayuda en la convocatoria anterior por falta de créditoSe coloca en cabeza al personal que en la convocatoria anterior reunía los requisitos pero se quedó sin ayuda porque se agotó el crédito presupuestario.1ª prioridad
- Segunda prioridad: mejora o mantenimiento del nivel SLP, ordenado por idiomaAcreditar que has mejorado o mantenido tu nivel SLP, por prueba o por convalidación; dentro de este grupo se ordena por idioma (inglés, francés, árabe, ruso, alemán, italiano y portugués).2ª prioridad
- Tercera prioridad: resto de solicitudes ordenadas por idiomaEl resto de solicitudes que cumplen requisitos, ordenadas por el mismo orden de preferencia de idiomas.3ª prioridad
- Desempate: mayor perfil SLP o nivel acreditado y, en su defecto, mayor edadSi hay empate, se ordena por el mayor perfil SLP o nivel acreditado con certificados de la Instrucción 60/2022 y, si persiste, de mayor a menor edad.Criterio de desempate
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Esta ayuda es para personas físicas, no para entidades: solo puedes pedirla si eres personal militar profesional del Ejército de Tierra o de Cuerpos Comunes destinado en su estructura y en servicio activo, o alumno de un centro docente militar de formación del ET.
- Solo se subvencionan siete idiomas: inglés, francés, alemán, italiano, portugués, árabe y ruso. Cualquier otro queda fuera.
- Si tu acreditación es inferior a A2 del MCERL, o tu nivel SLP tiene un dígito inferior a 0+ en algún rasgo, no puedes recibir la ayuda.
- No valen las asignaturas de idiomas que formen parte de un plan de estudios (Grado de Filología, Traducción, etc.): tiene que ser un curso específico de idiomas.
- Al primer periodo de adjudicación solo puedes concurrir si ya solicitaste la ayuda en 2025 (Resolución 550_MADOC_PC_2025036).
- No puedes haber recibido ninguna otra ayuda económica por esos mismos cursos y certificados, ni haber solicitado las ayudas de idiomas del Plan de Acción Social del Personal Militar del MINISDEF: la ayuda es incompatible con cualquier otra para la misma finalidad.
- Las facturas deben desglosar el importe de cada concepto (matrícula, clases, tasas de examen); si no lo hacen, el documento se anula.
- Las acreditaciones de idioma no pueden tener más de 6 meses desde la fecha de finalización de los estudios que subvencionas.
- Tienes que presentar una solicitud independiente por cada idioma, a través de la herramienta colaborativa del MADOC en la intranet de Defensa (no se admite por MENSADEF).
Requisitos
- Ser personal militar profesional del Ejército de Tierra o de Cuerpos Comunes que preste servicio en la estructura del ET, en servicio activo, o alumno de los centros docentes militares de formación del ET.
- El idioma cursado debe ser uno de los siete subvencionables; el curso puede ser presencial (clases particulares o colectivas) o virtual.
- El curso debe haberse realizado en escuelas o centros de idiomas, oficiales o particulares, o en instituciones oficiales tuteladas por los Ministerios de Cultura de países cuyas lenguas interesan a las FAS.
- No se admiten asignaturas de idiomas incluidas en un plan de estudios.
- La acreditación no puede ser inferior a A2 del MCERL ni tener un dígito SLP inferior a 0+ en algún rasgo.
- Debes cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (no estar incurso en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario).
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No haber recibido ayudas económicas de ningún tipo por esos cursos y certificados; la ayuda es incompatible con cualquier otra para la misma finalidad.
- Para el primer periodo, haber solicitado oficialmente la ayuda en la convocatoria de 2025.
- Los cursos y las pruebas de acreditación deben estar dentro de las fechas fijadas para cada periodo de adjudicación.
- Las acreditaciones presentadas no pueden tener más de 6 meses desde la finalización de los estudios a subvencionar.
- Debes presentar una solicitud (e inscripción con su documentación) distinta por cada idioma.
Documentación que piden
- Anexo I: Solicitud de ayuda del primer periodo de adjudicación (incluye autorizaciones y declaración responsable), una por idioma
- Anexo II: Solicitud de ayuda del segundo periodo de adjudicación, firmada y certificada por el Jefe de la Sección de Personal de la unidad de destino, una por idioma
- Anexo III: Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003
- Certificado de la Agencia Tributaria de estar al corriente de obligaciones tributarias (solo si no autorizas su obtención electrónica)
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente (solo si no autorizas su obtención electrónica)
- Documentación justificativa (facturas) del gasto en cursos y/o tasas de pruebas, con desglose por concepto (matrícula, clases y tasas de derecho de examen) — segundo periodo
- Acreditación de la competencia lingüística alcanzada: certificaciones o titulaciones oficiales de la Instrucción 60/2022 (para árabe, cualquier certificación de acreditación de nivel o superación del curso) — segundo periodo
- Todo ello digitalizado en un único archivo PDF nombrado "DNI_Apellido1_Apellido2_Nombre-Idioma" y remitido por la Oficina Virtual del MADOC/Becas y Ayudas