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RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2026, del director general de Labora, por la que se aprueba la convocatoria plurianual de subvenciones para la realización de proyectos integrales de inserción dirigidos a personas pertenecientes a colectivos de atención prior

Convoca COMUNITAT VALENCIANA

Para qué es

Financiar proyectos integrales de inserción (programa Orienta Plus 2026-2027) que mejoren la empleabilidad y promuevan la inserción laboral de personas demandantes de empleo inscritas en Labora pertenecientes a colectivos de atención prioritaria, mediante itinerarios personalizados de inserción (IPI) con orientación, formación complementaria, prospección empresarial y acompañamiento posterior a la inserción.

Criterios de valoración

Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.

  1. Fecha y hora de presentación completa de la solicitud (criterio único)No hay valoración de calidad del proyecto: se ordenan las solicitudes por la fecha y hora en que se completó la presentación (impreso más toda la documentación exigida) en la sede electrónica, y se instruyen hasta agotar el crédito. Lo decisivo es presentar cuanto antes con toda la documentación completa.único criterio
  2. Desempate 1: proyecto que incluye atención a personas con discapacidadSi varios expedientes se completan en la misma fecha y no puede priorizarse por hora, se prioriza el expediente que contenga atención a personas con discapacidad.criterio de desempate
  3. Desempate 2: proyecto que incluye atención a colectivos de mujeresEn defecto del anterior, se prioriza la solicitud que contenga atención a colectivos de mujeres.criterio de desempate
  4. Desempate 3: fecha de solicitud más antigua y número de expediente más bajoSi persiste el empate, se prioriza por fecha de solicitud más antigua y, en último término, por el número de expediente más bajo.criterio de desempate

Lo que deja fuera

Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.

  • Solo hay dos tipos de entidad beneficiaria: entidades locales y entidades públicas o privadas SIN ánimo de lucro. Si tu entidad tiene ánimo de lucro, no puedes presentarte.
  • Necesitas al menos un año de experiencia en acciones de orientación laboral para el empleo o el autoempleo, y tendrás que acreditarlo con una memoria de actuaciones.
  • Necesitas estar legalmente constituida, inscrita en el registro correspondiente y tener al menos una delegación en el territorio de la Comunitat Valenciana.
  • Necesitas implantación física en la Comunitat Valenciana: domicilio social o un centro de trabajo en algún municipio de la Comunitat Valenciana.
  • Cada solicitud debe incluir un mínimo de 30 personas participantes: por debajo de esa cifra no cabe solicitud.
  • El importe total solicitado por entidad no puede superar 450.000 € (10 % de la dotación); el exceso se minora sobre el importe concedido.
  • Solo se puede presentar una única solicitud por ámbito provincial (Alicante, Castellón, Valencia).
  • Esta subvención es INCOMPATIBLE con cualquier otra ayuda o ingreso para la misma finalidad, de cualquier administración o ente público o privado.
  • El único criterio de concesión es la fecha y hora de presentación completa de la solicitud: se resuelve por orden de llegada hasta agotar el crédito. Presentar tarde equivale a quedarse fuera.
  • No puedes subcontratar la actividad principal: solo se admite subcontratación de las acciones de la fase B.2 (carnets y habilitaciones profesionales).
  • No puedes cobrar ninguna contraprestación económica a las personas participantes: es causa de pérdida del derecho al cobro y reintegro.
  • El personal técnico orientador debe tener titulación universitaria y un año de experiencia en orientación, y estar de alta en los grupos de cotización 1 o 2; sin validación previa de Labora no puedes iniciar la atención.
  • No computan las inserciones en la propia entidad beneficiaria ni las derivadas de programas públicos de empleo subvencionados.

Requisitos

  • Ser entidad local o entidad pública o privada sin ánimo de lucro, legalmente constituida conforme a su normativa reguladora, con personalidad jurídica propia e inscrita en el registro correspondiente
  • Tener al menos una delegación en el territorio de la Comunitat Valenciana
  • Acreditar una experiencia mínima de un año en la realización de acciones relacionadas con la orientación laboral para el empleo o el autoempleo
  • Tener implantación física en la Comunitat Valenciana mediante domicilio social o un centro de trabajo en algún municipio de la Comunitat
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones
  • Si eres entidad local, acreditar estar al corriente en la rendición de cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes para cobrar anticipo o pago final
  • Cada solicitud debe prever un mínimo de 30 personas participantes y el importe solicitado no puede superar los 450.000 euros
  • Disponer de locales, espacios y medios técnicos adecuados para ejecutar el proyecto, accesibles sin restricciones
  • Contar con personal técnico orientador con titulación universitaria y experiencia mínima de un año en funciones de orientación, dado de alta en grupos de cotización 1 o 2
  • Respetar la ratio máxima de 30 personas atendidas de forma simultánea por cada persona orientadora
  • Cumplir la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o estar exenta de esa obligación
  • Si la entidad debe disponer de plan de igualdad, tenerlo inscrito en el registro correspondiente de la Comunitat Valenciana
  • No estar incursa en las prohibiciones de los artículos 13.2 y 13.3 de la LGS ni ser deudora por resolución de procedencia de reintegro
  • Disponer de cuenta bancaria dada de alta mediante el procedimiento PROPER de la Generalitat Valenciana
  • Presentar la solicitud telemáticamente con firma electrónica avanzada (certificado de entidad o de representante de entidad)

Documentación que piden

  • Solicitud en modelo normalizado presentada telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat
  • Proyecto memoria de las acciones, según modelo normalizado (datos de la entidad, ámbito y centros, atención en línea si procede, número de participantes y colectivos, objetivo de inserción, criterios de selección, plazo de duración, recursos humanos, medios técnicos y locales, actuaciones adicionales)
  • Copia de la escritura de constitución o estatutos actualizada (entidades jurídicas sin ánimo de lucro)
  • Acreditación de la inscripción en el Registro mercantil o registro correspondiente
  • Poderes de representación, en su caso
  • Memoria de actuaciones que acredite la experiencia de al menos un año en actuaciones de orientación laboral
  • Declaración responsable del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, de la exención
  • Certificados de la AEAT, Agència Tributària Valenciana y TGSS de estar al corriente (solo si se deniega la autorización de consulta) o declaración responsable si la entidad es pública
  • Documentación acreditativa de la representación y copia del NIF/CIF (si la solicitud no se firma con certificado de representante de persona jurídica)
  • Alta de domiciliación bancaria a través del procedimiento PROPER

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