Resolución de 30/06/2026, de la Dirección General de Empleo, por la que se convocan las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social, para el ejercicio 2026.
Convoca CASTILLA-LA MANCHA
Para qué es
Financiar la contratación temporal de personas desempleadas y en situación de exclusión social por entidades sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha, para ejecutar proyectos de interés general y social, y poder desarrollar con esas personas acciones de orientación laboral y/o formación profesional que renueven sus competencias y prevengan la exclusión social.
Criterios de valoración
Con el peso que les da la convocatoria. Es lo que puntúa.
- Compromisos de contratación indefinida sin solución de continuidadQue te comprometas a contratar de forma indefinida y sin interrupción a las personas del contrato subvencionado: hasta 3 compromisos, 5 puntos; de 4 a 5, 10 puntos; 6 o más, 20 puntos.20 puntos
- Proyectos de atención sociosanitariaQue el proyecto tenga como fin prestar servicios de atención sociosanitaria a personas que, por problemas de salud o limitaciones funcionales, necesiten atención sanitaria y social simultánea, coordinada y estable, mediante programas terapéuticos, rehabilitadores, asistenciales, lúdicos, educativos y laborales que impulsen la autonomía personal y la inserción laboral.50 puntos
- Localización en zonas prioritarias de Castilla-La ManchaQue el centro de trabajo de todas las contrataciones subvencionadas esté en municipios declarados zona prioritaria (Ley 5/2017 y Decreto 52/2018).15 puntos
- Localización en municipios afectados por emergencia o catástrofeQue el centro de trabajo de todas las contrataciones subvencionadas esté en municipios declarados afectados por situaciones de emergencia o catástrofe.15 puntos
- Puntuación adicional por despoblaciónIncremento porcentual de la puntuación total si el centro de trabajo de todas las contrataciones está en zonas en riesgo, de intensa o de extrema despoblación: 20 % (riesgo de despoblación e intensa >2.000 hab.), 30 % (intensa <2.000 hab. y extrema >2.000 hab.) y 40 % (extrema <2.000 hab.).20 %, 30 % o 40 % adicional sobre el total de puntos
- Criterio de desempateEn caso de empate se atiende primero a la puntuación del criterio de atención sociosanitaria, después a la de compromisos de contratación indefinida y, si persiste, a la fecha y hora de presentación de la solicitud.desempate
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo pueden pedirla entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones y otras) cuyo ámbito territorial de actuación sea Castilla-La Mancha: si tu ámbito de actuación no es esa comunidad, quedas fuera.
- El plazo de solicitud termina el 7 de septiembre de 2026: las solicitudes fuera de plazo no se admiten a trámite y se resuelve su inadmisión.
- Solo puedes presentar una única solicitud por entidad para todos los proyectos; si presentas varias, solo se admite la última.
- La solicitud es obligatoriamente telemática con firma electrónica (anexo I más anexo II firmado electrónicamente); no vale presentarla en papel.
- Cada contratación subvencionable debe durar al menos 180 días naturales y hay un límite de seis contrataciones por entidad (salvo que haya crédito suficiente para todas las solicitudes).
- Las personas que contrates deben pertenecer a los colectivos del artículo 5 de la Orden 240/2022 y estar inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el momento de la contratación.
- Necesitas disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada por infracciones muy graves en riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
- Si no subsanas la solicitud en el plazo de diez días cuando te lo requieran, se te tiene por desistido.
- No puede pagarse la subvención si no estás al corriente de obligaciones tributarias con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o eres deudora por reintegro.
Requisitos
- Ser asociación, fundación u otra entidad sin ánimo de lucro con ámbito territorial de actuación en Castilla-La Mancha.
- Estar al corriente de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y en el pago de reintegros de subvenciones públicas.
- No estar incursa la entidad ni sus representantes en los supuestos de incompatibilidad de la Ley 11/2003.
- No encontrarse en ninguna de las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones.
- Disponer de plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada por infracciones muy graves en esa materia en el año anterior a la solicitud.
- Disponer de plan de igualdad cuando la normativa te obligue a tenerlo.
- No haber sido sancionada ni condenada por prácticas laborales discriminatorias (salvo que acredites haber cumplido la sanción y elaborado un plan de igualdad o medidas antidiscriminación).
- No haber sido sancionada en firme por incumplir condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo relativas a la no discriminación por razón de sexo.
- Contratar a personas de los colectivos previstos en la Orden 240/2022 que estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el momento de la contratación.
- Presentar la solicitud de forma telemática con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta.
- La persona representante debe estar dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta en el momento de la solicitud.
- Formalizar contrataciones de al menos 180 días naturales, con el límite de seis por entidad.
Documentación que piden
- Solicitud telemática según el formulario del anexo I de la resolución, firmada electrónicamente
- Anexo II firmado electrónicamente, presentado junto con la solicitud
- Declaración responsable incluida en la solicitud para acreditar los requisitos de la entidad beneficiaria
- Certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si la subvención supera 60.000 euros y te opones a la comprobación de oficio (o no autorizas la de datos tributarios)