Resolución de 31 de Julio de 2026,de la D.G. de Comunicación Social de la Consej.de Presidencia, Sanidad y Emergencias, por la que se convoca para 2026 la XIII edición de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local
Convoca ANDALUCÍA
Para qué es
Convocar la XIII Edición de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local (edición 2026) para distinguir trabajos de medios audiovisuales andaluces de carácter local que difundan los principios y valores constitucionales, la pluralidad, la diversidad cultural y lingüística y la cultura audiovisual desde una perspectiva de proximidad.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Artículo 11 de la Orden de 14 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Andalucía de Comunicación Audiovisual Local.
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo tienes 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA para presentar el trabajo o la candidatura.
- En las modalidades a), b), c), d) y e) el trabajo tiene que ser original y haber sido publicado en Internet o emitido en radio o televisión local de Andalucía dentro del año anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOJA: un trabajo más antiguo o emitido fuera de Andalucía queda fuera.
- Para las modalidades a) a e) tienes que ser persona física o jurídica prestadora del servicio de comunicación audiovisual (público o privado) o titular de la página web, y acreditar personalidad y representación.
- Tienes que cumplir además los requisitos de los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020, que no se reproducen en esta convocatoria: consúltalos antes de presentarte.
- La solicitud se presenta obligatoriamente por vía electrónica, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, con el formulario Anexo I.
- En las modalidades de radio y televisión tienes que aportar certificación de la persona titular de la Dirección del centro con fecha, lugar y programa de emisión; sin ella no acreditas la emisión.
- La Consejería puede dejar sin efecto la convocatoria si no se ha dictado resolución de concesión al final del ejercicio.
Requisitos
- En las modalidades a), b), c), d) y e) puedes concurrir si eres persona física o jurídica prestadora del servicio de comunicación audiovisual público o privado, o titular de páginas web, acreditando personalidad y representación.
- En la modalidad f) (trayectoria) la candidatura puede presentarla cualquier persona o entidad interesada, por iniciativa propia o de terceros.
- También pueden concurrir equipos de trabajo que agrupen a personas físicas constituidos para realizar el trabajo.
- Los trabajos presentados en las modalidades a) a e) deben ser originales y haber sido publicados en Internet o emitidos en radio o televisión local de Andalucía en el año anterior a la publicación de la convocatoria.
- Debes cumplir los requisitos de participantes y de trabajos previstos en los artículos 5 y 6 de la Orden de 14 de mayo de 2020.
Documentación que piden
- Formulario de solicitud (Anexo I) dirigido a la Dirección General de Comunicación Social
- Documentos relacionados en el apartado 7 del formulario Anexo I, para acreditar personalidad y representación
- Dirección URL donde ver, oír o descargar el programa o serie de programas emitidos (modalidades a, b, c y d)
- Certificación de la persona titular de la Dirección del centro, con expresión de fecha, lugar y programa de emisión (modalidades a, b, c y d)
- Dirección URL y breve descripción del sitio (modalidad e); en su caso, certificado de alojamiento en la red si se solicita
- Memoria de la trayectoria de la persona o entidad candidata (modalidad f)
- Formulario Anexo III de declaración de los grupos de trabajo, con la composición del equipo y la firma de todas las personas coautoras, si concurre un equipo
- Copia del DNI o documento acreditativo de identidad, solo en caso de oposición expresa a la verificación de datos de identidad