Resolución de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a la producción de nuevos espectáculos de danza de sala y de calle de carácter profesional para el periodo 2026-2029
Convoca CATALUÑA
Para qué es
Financiar la producción de nuevos espectáculos de danza de sala y de calle de carácter profesional en Cataluña durante el periodo 2026-2029, mediante subvenciones del Instituto Catalán de las Empresas Culturales en régimen de concurrencia no competitiva.
Criterios de valoración
Los criterios de valoración están en otro documento: Bases específicas del Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 17 de diciembre de 2025, publicadas mediante la Resolución CLT/4838/2025, de 23 de diciembre, y bases generales de la Resolución CLT/3142/2020, de 1 de diciembre (convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva).
Lo que deja fuera
Si no cumples alguno, la solicitud se inadmite sin llegar a puntuarse.
- Solo puedes presentar la solicitud entre el 1 y el 17 de septiembre de 2026, ambos inclusive: fuera de ese plazo queda excluida.
- Tienes que tramitar la solicitud y todos los trámites asociados obligatoriamente por medios telemáticos, a través del portal Gencat.cat; no se admite la presentación en papel.
- Las condiciones concretas para poder pedirla (tipo de entidad, requisitos del espectáculo, importes) no están en esta convocatoria: están en las bases generales (Resolución CLT/3142/2020 y sus modificaciones) y en las bases específicas (Resolución CLT/4838/2025). Léelas antes de preparar nada.
Requisitos
- Tienes que presentar la solicitud y los trámites de justificación, modificación y revocación por medios telemáticos, a través del portal Gencat.cat.
- Tienes que cumplir las bases generales reguladoras de los procedimientos de concesión de ayudas en régimen de concurrencia y las bases específicas de esta línea, además de la normativa general de subvenciones.